ORDEN PRE/426/2019, de 2 de mayo, por la que se determina la cuantía que corresponde a cada entidad local en la financiación local vinculada a ingresos impositivos de la Comunidad de Castilla y León para el año 2019, en la parte destinada a medidas, planes o programas de empleo para hacer frente a los desafíos demográficos.

SecciónVI - Anuncios
EmisorUniversidad de Valladolid
Rango de LeyOrden

De acuerdo con lo previsto en los artículos 43 y 55.3 del Estatuto de Autonomía de Castilla y León, y en la disposición final novena de la Ley 7/2013, de 27 de septiembre, de Ordenación, Servicios y Gobierno del Territorio de la Comunidad de Castilla y León, la Ley 10/2014, de 22 de diciembre, de Medidas Tributarias y de Financiación de las Entidades Locales regula en su Título II la financiación de las entidades locales vinculada a ingresos impositivos de la Comunidad de Castilla y León.

Mediante esta Ley 10/2014, de 22 de diciembre, se crean dos fondos, el Fondo de participación en los impuestos propios de la Comunidad de Castilla y León y el Fondo de cooperación económica local general vinculado a ingresos derivados de los impuestos cedidos por el Estado de gestión directa por la Comunidad Autónoma, que están dirigidos a los municipios y provincias de Castilla y León, y regulados respectivamente en los Capítulos II y III del Título II dicho texto legal.

Ambos Capítulos establecen determinaciones sobre la dotación, la distribución y la participación en dichos Fondos de los municipios y provincias de Castilla y León, y han sido desarrollados por la Orden PRE/88/2015, de 13 de febrero, de la Consejería de la Presidencia, por la que se fijan los criterios de distribución de la financiación de las entidades locales vinculada a ingresos impositivos de la Comunidad de Castilla y León.

Para el año 2019, la Disposición Transitoria del Decreto 51/2018, de 27 de diciembre, por el que se regulan las condiciones de la prórroga de los Presupuestos Generales de la Comunidad de Castilla y León para 2018, establece que durante el período de prórroga continuará en vigor, con las salvedades derivadas de su adaptación a lo establecido en dicho Decreto, el texto articulado de la Ley de Presupuestos Generales de la Comunidad para 2018, aprobado por Ley 8/2017, de 28 de diciembre.

La disposición adicional decimocuarta de la Ley 8/2017, de 28 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Comunidad de Castilla y León para 2018, establece que el incremento experimentado en las transferencias de los fondos de financiación vinculada a ingresos impositivos de la Comunidad de Castilla y León desde el año 2015 hasta este ejercicio presupuestario, tendrán en el año 2018 naturaleza de ayudas de cooperación económica local general para el fomento de la constitución de mancomunidades de interés general, tanto urbanas como rurales; disposición que resulta aplicable en virtud de la mencionada Disposición Transitoria del Decreto 51/2018, en el ejercicio 2019.

En consecuencia con lo anterior, para el año 2019 el segundo de los fondos, es decir el Fondo de cooperación económica local general vinculado a ingresos derivados de los impuestos cedidos está dotado con una cantidad igual a la del año 2015.

El importe de este Fondo se distribuye, de acuerdo con el artículo 9 de la Ley 10/2014, de 22 de diciembre, entre las entidades locales citadas en el artículo 6.1 de la dicha Ley y conforme a los porcentajes establecidos en el mismo.

Además, de acuerdo con la exposición de motivos de la Ley 10/2014, de 22 de diciembre, las corporaciones locales no percibirán en el conjunto de instrumentos de financiación una cuantía inferior a la del año 2014, circunstancia que obliga a incrementar la cuantía del Fondo de cooperación económica local general vinculado a ingresos derivados de los impuestos cedidos para algunas Diputaciones Provinciales.

El artículo 10 de la Ley 10/2014, de 22 de diciembre, regula la participación en este Fondo, y establece que la cuantía que anualmente corresponda a cada entidad local se determinará, previa comunicación a la Junta de Castilla y León, por orden de la consejería competente en materia de administración local que se publicará en el Boletín Oficial de Castilla y León, siendo competente la...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR