ORDEN PRE/285/2018, de 2 de marzo, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de ayudas dirigidas a extranjeros residentes en Castilla y León para promover su integración laboral y en el sistema formativo en la Comunidad, facilitando los procesos de homologación, reconocimiento, declaración de equivalencia y convalidación de títulos y estudios extranjeros.
Sección | IV - Otras Disposiciones y Acuerdos |
Rango de Ley | Orden |
El Estatuto de Autonomía de Castilla y León, en su artículo 10, extiende los derechos que reconoce a los ciudadanos de Castilla y León a los extranjeros con vecindad administrativa en la Comunidad en los términos que establezca la ley, y vincula a los poderes públicos a promover la integración social, económica, laboral y cultural de los inmigrantes en la sociedad de Castilla y León.
En el marco del Estatuto de Autonomía, se aprobó en el año 2013 la Ley 3/2013, de 28 de mayo, de Integración de los Inmigrantes en la Sociedad de Castilla y León que tiene por objeto la regulación de los principios, actuaciones e instrumentos a través de los cuales los poderes públicos de la Comunidad de Castilla y León promoverán la plena integración de los inmigrantes en la sociedad castellana y leonesa, así como la coordinación entre las Administraciones, agentes y entidades implicados en la materia de inmigración en la Comunidad.
En 2018 se ha aprobado el IV Plan Estratégico de cohesión social con las personas inmigrantes y la convivencia intercultural en Castilla y León cuyo objetivo general es el de integrar a la población de origen extranjero y a la población autóctona en una sociedad donde se gestionen de forma positiva las diferencias y exista una igualdad de trato.
A su vez en el citado Plan se recogen como objetivos concretos el asegurar el acceso en condiciones de igualdad de la población extranjera a los servicios básicos comunes del conjunto de la población, entre ellos la educación, y facilitar la integración laboral del colectivo inmigrante.
Para la consecución de estos objetivos, el IV Plan establece una pluralidad de medidas, entre las cuales se encuentra, como medida 5.12, el apoyar en el proceso de convalidación y homologación de títulos a personas inmigrantes en aras de facilitar su incorporación al sistema formativo y al mercado laboral en la Comunidad.
El Decreto 2/2015, de 7 de julio, del Presidente de la Junta de Castilla y León de reestructuración de Consejerías, encomienda a la Consejería de la Presidencia las competencias en Inmigración, y el Decreto 40/2015, de 23 de julio, que establece la estructura orgánica de la Consejería de la Presidencia, determina que será la Secretaría
General la competente en el impulso, gestión y coordinación de proyectos y medidas en materia de integración de inmigrantes así como planificar y coordinar las acciones en materia de asuntos migratorios de los distintos sectores de la Administración de la Comunidad así como su seguimiento, control, y en su caso, ejecución.
Mediante Orden de la Consejería de la Presidencia, se ha aprobado el Plan Estratégico de Subvenciones de la Consejería de la Presidencia 2016-2019, el cual recoge tras modificación del mismo de 13 de febrero de 2018, la línea de ayudas cuyo régimen se contiene en la presente orden.
Por todo ello, de conformidad con lo establecido en el Decreto Legislativo 1/2009, de 18 de junio, por el que se aprueba el Texto Refundido de las normas vigentes sobre aportaciones económicas distintas a las subvenciones y demás normativa de aplicación
DISPONGO
Se aprueban las bases reguladoras para la concesión de ayudas dirigidas a extranjeros residentes en Castilla y León para promover su integración laboral y en el sistema formativo en la Comunidad, facilitando los procesos de homologación, reconocimiento, declaración de equivalencia y convalidación de títulos y estudios extranjeros.
Para todos aquellos extremos no previstos en la presente orden, será aplicable el Decreto Legislativo 1/2009, de 18 de junio, por el que se aprueba el texto refundido de las normas vigentes sobre aportaciones económicas distintas a las subvenciones, la Ley 2/2006 de 3 de mayo de la Hacienda y del Sector Público de la Comunidad de Castilla y León y las demás normas de derecho administrativo.
La presente orden entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de Castilla y León.
Valladolid, 2 de marzo de 2018.
El Consejero de la Presidencia,
Fdo.: J osé A ntonio de s AntiAgo -J uárez L ópez
ANEXO
BASES REGULADORAS PARA LA CONCESIÓN DE AYUDAS DIRIGIDAS
A EXTRANJEROS RESIDENTES EN CASTILLA Y LEÓN PARA PROMOVER SU INTEGRACIÓN LABORAL Y EN EL SISTEMA FORMATIVO
EN LA COMUNIDAD, FACILITANDO LOS PROCESOS DE HOMOLOGACIÓN, RECONOCIMIENTO, DECLARACIÓN DE EQUIVALENCIA Y CONVALIDACIÓN
DE TÍTULOS Y ESTUDIOS EXTRANJEROS
Base primera.- Objeto.
Las ayudas tendrán por objeto promover la integración laboral y en el sistema formativo en Castilla y León de los extranjeros residentes; integración que muchas veces se encuentra condicionada a la necesaria homologación, reconocimiento, declaración de equivalencia y convalidación de títulos y estudios expedidos o realizados en sus países de...
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