ORDEN PRE/188/2018, de 19 de febrero, por la que se convoca el proceso selectivo para la cobertura de Vocalías del Consejo de Políticas Demográficas Representativas de las Asociaciones de Inmigrantes y las Organizaciones No Gubernamentales.

SecciónVI - Anuncios
EmisorUniversidad Internacional Isabel I de Castilla (Burgos)
Rango de LeyOrden

El Decreto 4/2015, de 15 de enero, por el que se crea y regula el Consejo de Políticas Demográficas, establece en su artículo 2, como finalidad del citado Consejo, la de «actuar como instrumento de coordinación de carácter consultivo y deliberante y como cauce de participación de las distintas instituciones y agentes sociales en relación con las políticas de población, de integración de los inmigrantes y de emigración».

En base a dicha finalidad, el artículo 4 establece la composición del Consejo. Entre los vocales del mismo, el artículo 4 en su apartado 5 prevé:

p) Dos personas en representación de las asociaciones de inmigrantes que actúen y desarrollen programas en el ámbito de inmigración en Castilla y León, designadas por las entidades que sean seleccionadas mediante convocatoria pública y criterios objetivos, a estos efectos.

q) Dos personas en representación de las organizaciones no gubernamentales que actúen y desarrollen programas en el ámbito de inmigración en Castilla y León, designadas por las entidades que sean seleccionadas mediante convocatoria pública y criterios objetivos, a estos efectos

.

Por otro lado, 2017 fue el último año de vigencia del III Plan Estratégico de inmigración y Convivencia Intercultural de Castilla y León, lo que supone el inicio de un nuevo período en el que se han de establecer nuevas prioridades y líneas de actuación en materia de inmigración, las cuales han de ser oportunamente consensuadas con aquellas entidades que trabajan de forma significativa y directa con los inmigrantes en la Comunidad, lo que justifica la conveniencia de convocar en este momento el proceso selectivo para la cobertura de las vocalías del Consejo de Políticas Demográficas, representativas de las asociaciones de inmigrantes y de las organizaciones no gubernamentales al tener el citado Consejo entre sus funciones, conforme el artículo 3.1 d) del Decreto 4/2015, de 15 de enero, la de « facilitar la coordinación, intercambio de información entre entidades públicas y privadas relacionadas con los inmigrantes fomentando el diálogo y la colaboración».

La disposición final primera del Decreto 4/2015, de 15 de enero, faculta al Consejero de la Presidencia para dictar cuantas normas y resoluciones sean precisas para el desarrollo y ejecución de este Decreto.

En su virtud,

DISPONGO

Primero.- Convocatoria del proceso selectivo.

Se convoca el proceso selectivo para la cobertura de las vocalías del Consejo de Políticas Demográficas, representativas de las asociaciones de inmigrantes y de las organizaciones no gubernamentales, establecidas en el artículo 5, apartado 4, letras p) y q) del Decreto 4/2015, de 15 de enero, con arreglo a las bases que se incorporan como Anexo a esta orden.

Segundo.- Habilitación.

Se faculta al titular de la Secretaría General de la Consejería de la Presidencia para dictar cuantas instrucciones y resoluciones resulten precisas para la ejecución y cumplimiento de lo previsto en la presente orden.

Tercero.- Producción de efectos.

La presente orden producirá efectos a partir del día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de Castilla y León.

Contra la presente orden, que pone fin a la vía administrativa, cabe interponer con carácter previo y potestativo recurso de reposición ante el Consejero de la Presidencia en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente a su publicación, conforme a lo dispuesto en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas o, directamente, recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente a su publicación en el Boletín Oficial de Castilla y León, en virtud de lo dispuesto en los artículos 10 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la Jurisdicción Contencioso Administrativa.

Valladolid, 19 de febrero de 2018.

El Consejero de la Presidencia,

Fdo.: José Antonio de Santiago-Juárez López

ANEXO

BASES DEL PROCESO SELECTIVO PARA LA COBERTURA DE LAS VOCALÍAS DEL

CONSEJO DE POLÍTICAS DEMOGRÁFICAS EN REPRESENTACIÓN

DE LAS ASOCIACIONES DE INMIGRANTES Y DE LAS ORGANIZACIONES NO GUBERNAMENTALES

Primera.- Requisitos de participación.

Tanto las asociaciones de inmigrantes como las organizaciones no gubernamentales deberán cumplir los siguientes requisitos:

a) Estar legalmente constituidas y debidamente inscritas en los registros administrativos que correspondan, con una...

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