ORDEN EDU/1613/2011, de 29 de diciembre, por la que se modifican conciertos educativos.
Sección | IV - Otras Disposiciones y Acuerdos |
Emisor | Consejeria de Agricultura y Ganaderia |
Rango de Ley | Orden |
La Orden EDU/21/2009, de 8 de enero, por la que se establecen las normas para la aplicación del régimen de conciertos educativos y el procedimiento por el que se regirá la suscripción por primera vez o la renovación de los conciertos educativos, así como sus prórrogas o modificaciones durante los cursos escolares 2009/2010 a 2012/2013, en su artículo 13.2, establece que procederá reducir el número de unidades concertadas de un centro cuando el número de alumnos por unidad escolar sea inferior a la relación media alumnos por unidad escolar que se determine, o en el caso de que la proporción de alumnos por unidad escolar permita concentrar grupos, tomando como base las ratios máximas establecidas en el Real Decreto 132/2010, de 12 de febrero, por el que se establecen los requisitos mínimos de los centros que impartan las enseñanzas del segundo ciclo de la educación infantil, la educación primaria y la educación secundaria.
Según datos validados por las Direcciones Provinciales de Educación, en varios centros escolares el número de alumnos matriculados en algunos cursos es inferior a las ratios establecidas en la Resolución de 19 de enero de 2011, de la Dirección General de Planificación, Ordenación e Inspección Educativa, por la que se determina la relación media alumnos/profesor por unidad escolar para los centros privados concertados de Castilla y León en el curso académico 2011/2012, por lo que procede la disminución de unidades concertadas.
Asimismo, procede la disminución de unidades concertadas de apoyo, para la atención de alumnos con necesidades educativas especiales y de compensación educativa, en los centros que han escolarizado un número de estos alumnos inferior a lo establecido en la Orden EDU/1152/2010, de 3 de agosto, por la que se regula la respuesta educativa al alumnado con necesidad específica de apoyo educativo escolarizado en el segundo ciclo de Educación Infantil, Educación Primaria, Educación Secundaria Obligatoria, Bachillerato y Enseñanzas de Educación Especial, en los centros docentes de la Comunidad de Castilla y León.
En consecuencia, comunicada a la titularidad de los centros la procedencia de la modificación del concierto educativo suscrito, y vistas las alegaciones formuladas en el plazo legalmente establecido, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 46 del Real Decreto 2377/1985, de 18 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de Normas Básicas sobre Conciertos...
Para continuar leyendo
Solicita tu prueba