ORDEN EYE/1025/2012, de 28 de noviembre, por la que se modifica la Orden EYE/198/2012, de 27 de marzo, por la que se convocan subvenciones destinadas a la integración laboral de personas con discapacidad en Centros Especiales de Empleo para el año 2012.

SecciónIV - Otras Disposiciones y Acuerdos
EmisorConsejeria de Educacion
Rango de LeyOrden

Por Orden EYE/198/2012, de 27 de marzo, se convocaron subvenciones destinadas a la integración laboral de personas con discapacidad en centros especiales de empleo para el año 2012 («B.O.C. y L.» n.º 66, de 4 de abril de 2012). Dicha Orden ha sido modificada recientemente por la Orden EYE/1004/2012, de 21 de noviembre («B.O.C. y L.» n.º 226, de 23 de noviembre de 2012) para ampliar el período de la actividad subvencionable y abrir el plazo de presentación de solicitudes.

Teniendo en cuenta el interés de la Junta de Castilla y León en apoyar a los Centros Especiales de Empleo, el número de solicitudes presentadas y la conveniencia de atender las actividades para las que se solicitan las subvenciones se considera oportuno incrementar los importes de las aplicaciones presupuestarias.

En virtud, y de conformidad con las atribuciones conferidas por la Ley 3/2001, de 3 de julio, del Gobierno y de la Administración de la Comunidad de Castilla y León

DISPONGO

Primero.- Se modifica el Apartado 1 del Dispongo Segundo de Orden EYE/198/2012, de 27 de marzo, por la que se convocan subvenciones destinadas a la integración laboral de personas con discapacidad en Centros Especiales de Empleo para el año 2012 («B.O.C. y L.» n.º 250» n.º 66, de 4 de abril de 2012) que queda redactado de la siguiente manera:

Las aplicaciones presupuestarias y los créditos de los Presupuestos Generales de la Comunidad de Castilla y León para el 2012, destinados a financiar las subvenciones convocadas por la presente orden, son los siguientes:

Aplicación Presupuestaria

Importe

08.05G.241C01.770.18.00

12.919.485,83 €

08.05G.241C01.780.90.00

4.315.201,00 €

La presente orden producirá efectos desde el día de su publicación en el «Boletín Oficial de Castilla y León».

Contra la presente orden, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse, potestativamente, recurso de reposición ante el Consejero de Economía y Empleo, en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial de Castilla y León», conforme a lo dispuesto en los artículos 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, del Régimen...

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