ORDEN FYM/993/2016, de 18 de noviembre, por la que se dicta la Declaración de Impacto Ambiental sobre el proyecto de aprovechamiento de recursos de la Sección A), denominada 'Belorado' n.º 1.232, en el término municipal de Belorado (Burgos), promovido por 'Construcciones y Excavaciones Sierra Hermanos, S.L.'.

SecciónIV - Otras Disposiciones y Acuerdos
EmisorConsejerÍA de Fomento y Medio Ambiente
Rango de LeyOrden

La Consejería de Fomento y Medio Ambiente, en virtud de las atribuciones conferidas por el artículo 46 de la Ley 11/2003, de 8 de abril, de Prevención Ambiental de Castilla y León, es el órgano administrativo de medio ambiente competente para ejercer, en el ámbito territorial de la Comunidad de Castilla y León, las funciones fijadas para dicho órgano por el artículo 4.2 del texto refundido de la Ley de Evaluación de Impacto Ambiental de Proyectos, aprobado por Real Decreto Legislativo 1/2008, de 11 de enero, vigente en el momento del inicio del expediente.

Este proyecto se somete a evaluación de impacto ambiental en aplicación de lo dispuesto en el artículo 45.1 de la citada Ley 11/2003, de 8 de abril, y en el artículo 3.1 del citado texto refundido de la Ley de Evaluación de Impacto Ambiental de Proyectos, al estar incluido en su Anexo I, Grupo 2, Industria extractiva, letra a) Explotaciones y frentes de una misma autorización o concesión a cielo abierto de yacimientos minerales y demás recursos geológicos de las secciones A, B, C y D, cuyo aprovechamiento está regulado por la Ley 22/1973, de 21 de julio, de Minas, estando dentro de la circunstancia 1.ª «Explotaciones en las que la superficie de terreno afectado supere las 25 hectáreas», circunstancia 5.ª «Explotaciones visibles desde autopistas, autovías, carreteras nacionales y comarcales o núcleos urbanos superiores a 1.000 habitantes o situadas a distancias inferiores a 2 kilómetros de tales núcleos» y circunstancia 9.ª «Extracciones que, aun no cumpliendo ninguna de las condiciones anteriores, se sitúen a menos de 5 kilómetros de los límites del área que se prevea afectar por el laboreo y las instalaciones anexas de cualquier explotación o concesión minera a cielo abierto existente». «En todos los casos se incluyen todas las instalaciones y estructuras necesarias para el tratamiento del mineral, acopios temporales o residuales de estériles de mina o del aprovechamiento mineralúrgico (escombreras, presas y balsas de agua o de estériles, plantas de machaqueo o mineralúrgicas, etc.)».

Considerando adecuadamente tramitado el expediente, de acuerdo con el procedimiento establecido en la normativa de aplicación anteriormente citada, vista la propuesta de declaración de impacto ambiental elaborada por la Comisión Territorial de Medio Ambiente y Urbanismo de Burgos y a iniciativa de la Dirección General de Calidad y Sostenibilidad Ambiental,

RESUELVO

Dictar la declaración de impacto ambiental sobre el proyecto de aprovechamiento de recursos de la sección A), denominada «Belorado» n.º 1.232, en el término municipal de

Belorado (Burgos), promovido por Construcciones y Excavaciones Sierra Hermanos, S.L., que figura como Anexo.

En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 54 de la Ley 11/2003, de 8 de abril, de Prevención Ambiental de Castilla y León, esta declaración de impacto ambiental se comunicará al órgano sustantivo para que sea incluida entre las condiciones de la autorización, se notificará a los interesados y se hará pública en el «Boletín Oficial de Castilla y León», para general conocimiento.

Valladolid, 18 de noviembre de 2016.

El Consejero de Fomento y Medio Ambiente,

Fdo.: J uan C arlos s uárez -Q uiñones F ernández

ANEXO

DECLARACIÓN DE IMPACTO AMBIENTAL SOBRE EL PROYECTO

DE APROVECHAMIENTO DE RECURSOS DE LA SECCIÓN A), DENOMINADA «BELORADO» N.º 1.232, EN EL TÉRMINO MUNICIPAL DE BELORADO (BURGOS), PROMOVIDO POR CONSTRUCCIONES Y EXCAVACIONES SIERRA HERMANOS, S.L.

DESCRIPCIÓN DEL PROYECTO

El proyecto tiene por objeto la extracción de áridos, cuyo aprovechamiento mineral viene regulado por la Ley 22/1973, de 21 de julio, de Minas.

La documentación aportada por el promotor para su estudio y evaluación es la siguiente:

- Documento inicial del proyecto de aprovechamiento de recursos de la sección A), áridos, «Belorado», de agosto de 2014.

- Proyecto de aprovechamiento de recursos de la sección A), áridos, «Belorado» n.º 1.232 (proyecto de explotación, plan de restauración, estudio de impacto ambiental y planos), de mayo de 2015.

- Anexo al proyecto de aprovechamiento de recursos de la sección A), áridos, «Belorado» n.º 1.232, de febrero de 2016.

La actividad extractiva de arenas y gravas se desarrolla, según proyecto, en una serie de parcelas pertenecientes al polígono 510 del término municipal de Belorado, en los parajes «Rozuelo», «Cuarros», «Viñas» y «Arroyal» ocupando una superficie catastral de 24,9488 ha, de las cuáles el proyecto considera como superficie útil de explotación 23,6201 ha al descontar unas franjas de protección.

La delimitación de la explotación está reflejada en el plano n.º 4 denominado « Plano parcelario » del Anexo al proyecto de aprovechamiento de recursos de la sección A), áridos, «Belorado» n.º 1.232, de febrero de 2016.

El proyecto prevé la posibilidad de disponer de una superficie de 11,825 ha para el acopio temporal de la tierra vegetal que se retire en el proceso extractivo de la explotación, ocupando un total de 11 parcelas pertenecientes a los polígonos 507, 510 y 511 del término municipal de Belorado.

El método de explotación será el de minería a cielo abierto sin afectar el nivel freático, y la ejecución de avance en un frente en banco descendente mediante talud forzado (de 2 m a 4 m) y altura media 3 m, arranque directo mediante retroexcavadora, pala cargadora y posterior carga sobre camiones con destino a la construcción en general y para la fabricación de hormigón y aglomerado asfáltico. No se prevé la instalación de planta de tratamiento en la explotación.

La cantidad de material previsto aprovechable es de unos 654.500 m 3 , equivalentes a 1.112.634 t, calculándose una extracción anual de aproximadamente 278.000 t. La duración de la explotación se estima en seis años incluyendo las labores finales de restauración.

La secuencia de explotación se divide en cinco fases, comenzando por la parte sur del proyecto y avanzando en dirección este, para continuar en dirección norte y finalmente

extrayendo hacia el oeste, conforme se refleja en el plano n.º 5 denominado «Planta general» de febrero de 2016, del citado Anexo al proyecto de aprovechamiento.

Las labores de preparación consistirán en el desmonte de la capa superior de tierra, cuya potencia se estima en 0,3 m. Este material será acopiado formando un cordón perimetral en la explotación y ocupando parcelas sin continuidad geográfica entre ellas, ni con la explotación.

El avance anual de superficie previsto se calcula en 5,9 ha, correspondiendo 2 ha a la superficie de ocupación de la maquinaria, acopios y pistas. Las labores de restauración se realizarán de manera paralela a la extracción, procediéndose a restaurar la fase 1 en el momento de explotar la fase 2 y finalizando la restauración de la primera fase antes de comenzar la explotación de la fase 3, y así sucesivamente.

Respecto a la gestión de aguas pluviales y de escorrentía, éstas serán recogidas mediante cunetas de guarda perimetrales y conducidas hasta una balsa de decantación de finos que se situará en una zona ya explotada en cada una de las fases.

El proyecto se ubica a 3 km al norte de la localidad de Belorado, accediéndose a la misma desde la carretera BU-P-7101.

La explotación está delimitada en su zona oeste por la carretera BU-P-7101, encontrándose el arroyo del Arroyal aproximadamente a 70 m en dirección este.

ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL

El proyecto no presenta coincidencia territorial con ningún Espacio Natural Protegido, ni con la Red Natura 2000.

La actividad extractiva se encuentra aproximadamente a 200 m del LIC ES4120075 «Riberas del río Tirón y afluentes».

Respecto a la red hidrográfica de la zona de actuación está conformada por el río Tirón, que discurre unos 180 m al...

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