ORDEN FYM/99/2015, de 3 de febrero, por la que se dicta la Declaración de Impacto Ambiental sobre el proyecto de explotación por reclasificación de las secciones a) 'Las Cabezuelas II' n.º 132 y 'Las Cabezuelas III' n.º 202 en la concesión de explotación de recursos de la Sección C), denominada 'Las Cabezuelas' n.º 6.608, en los términos municipales de Sorihuela, Nava de Béjar, La Cabeza de Béjar y Santibáñez de Béjar (Salamanca). Expte.: EIA-1827.

SecciónIV - Otras Disposiciones y Acuerdos
EmisorConsejeria de Cultura y Turismo
Rango de LeyOrden

La Consejería de Fomento y Medio Ambiente, en virtud de las atribuciones conferidas por el artículo 46 de la Ley 11/2003, de 8 de abril, de Prevención Ambiental de Castilla y León, es el órgano administrativo de medio ambiente competente para ejercer, en el ámbito territorial de la Comunidad de Castilla y León, las funciones fijadas para dicho órgano por el artículo 4.2 del texto refundido de la Ley de Evaluación de Impacto Ambiental de Proyectos, aprobado por Real Decreto Legislativo 1/2008, de 11 de enero, en relación con los proyectos que deban ser autorizados o aprobados por la Administración de la Comunidad de Castilla y León.

Este proyecto se somete a evaluación de impacto ambiental en aplicación de lo dispuesto en el artículo 45.1 de la citada Ley 11/2003, de 8 de abril, y en el artículo 3.1 del citado texto refundido, al estar incluido en su Anexo I, Grupo 2, Industria extractiva, letra a) Explotaciones y frentes de una misma autorización o concesión a cielo abierto de yacimientos minerales y demás recursos geológicos de las secciones A, B, C y D, cuyo aprovechamiento está regulado por la Ley 22/1973, de 21 de julio, de Minas, estando dentro de la circunstancia 1.ª «Explotaciones en las que la superficie de terreno afectado supere las 25 hectáreas», circunstancia 5.ª «Explotaciones visibles desde autopistas, autovías, carreteras nacionales y comarcales o núcleos urbanos superiores a 1.000 habitantes o situadas a distancias inferiores a 2 kilómetros de tales núcleos» y circunstancia 9.ª «Extracciones que, aun no cumpliendo ninguna de las condiciones anteriores, se sitúen a menos de 5 kilómetros de los límites del área que se prevea afectar por el laboreo y las instalaciones anexas de cualquier explotación o concesión minera a cielo abierto existente».

Considerando adecuadamente tramitado el expediente, de acuerdo con el procedimiento establecido en la normativa de aplicación anteriormente citada, vista la propuesta de Declaración de Impacto Ambiental elaborada por la Comisión Territorial de Medio Ambiente y Urbanismo de Salamanca y a iniciativa de la Dirección General de Calidad y Sostenibilidad Ambiental,

RESUELVO

Dictar la Declaración de Impacto Ambiental sobre el Proyecto de Explotación por reclasificación de las secciones A) «Las Cabezuelas II» n.º 132 y «Las Cabezuelas III»

n.º 202 en la Concesión de Explotación de recursos de la sección C), denominada «Las Cabezuelas» n.º 6.608, en los términos municipales de Sorihuela, Nava de Béjar, La Cabeza de Béjar y Santibáñez de Béjar (Salamanca), promovido por D. Dámaso González González, que figura como Anexo.

En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 54 de la Ley 11/2003, de 8 de abril, de Prevención Ambiental de Castilla y León, esta Declaración de Impacto Ambiental se comunicará al órgano sustantivo para que sea incluida entre las condiciones de la autorización, se notificará a los interesados y se hará pública en el «Boletín Oficial de Castilla y León», para general conocimiento.

Valladolid, 3 de febrero de 2015.

El Consejero,

Fdo.: A ntonio S ilván R odRíguez

ANEXO

DECLARACIÓN DE IMPACTO AMBIENTAL SOBRE EL PROYECTO DE EXPLOTACIÓN POR RECLASIFICACIÓN DE LAS SECCIONES A) «LAS CABEZUELAS II» N.º 132 Y «LAS CABEZUELAS III» N.º 202 EN LA CONCESIÓN DE EXPLOTACIÓN DE RECURSOS DE LA SECCIÓN C), DENOMINADA «LAS CABEZUELAS» N.º 6.608, EN LOS TÉRMINOS MUNICIPALES DE SORIHUELA, NAVA DE BÉJAR, LA CABEZA DE BÉJAR Y SANTIBÁÑEZ DE BÉJAR (SALAMANCA). EXPTE. EIA-1827

Antecedentes

El promotor pretende la reclasificación a recursos de la sección C) de las Autorizaciones de Explotación «Las Cabezuelas II» n.º 132 y «Las Cabezuelas III» n.º 202, clasificadas dentro del aprovechamiento de recursos minerales correspondiente a la sección A).

La Autorización de Explotación «Las Cabezuelas II» n.º 132 comprende las parcelas 373, 374, 377, 378, 379, 380, 381, 382, 383, 384, 385, 396, 397 y 398 del polígono n.º 6, pertenecientes al término municipal de Sorihuela (Salamanca).

La Autorización de Explotación «Las Cabezuelas III» n.º 202 se sitúa en los términos municipales de Nava de Béjar, La Cabeza de Béjar, Sorihuela y Santibáñez de Béjar (Salamanca).

Estas explotaciones disponen de planta de tratamiento de áridos, planta de hormigón y balsas de lodos de decantación ubicados en las parcelas 373 y 398 del polígono n.º 6, de Sorihuela.

Descripción del Proyecto

La actividad consiste en el aprovechamiento minero de rocas para la elaboración de áridos por machaqueo, principalmente compuesto por granitos y cuarcitas. El aprovechamiento del material extraído es óptimo sin apenas generar material estéril, evitándose la realización de escombreras.

El área solicitada como concesión abarca cuatro cuadrículas mineras que conforman la Concesión de Explotación «Las Cabezuelas» N.º 6.608, descritas por coordenadas geográficas en la siguiente tabla:

Vértices

Longitud

Latitud

Vértices

Longitud

Latitud

Pp

5º 38´ 40´´

40º 29´ 00´´

4

5º 37´ 40´´

40º 28´ 20´´

1

5º 38´ 00´´

40º 29´ 00´´

5

5º 38´ 20´´

40º 28´ 20´´

2

5º 38´ 00´´

40º 28´ 40´´

6

5º 38´ 20´´

40º 28´ 40´´

3

5º 37´ 40´´

40º 28´ 40´´

7

5º 38´ 40´´

40º 28´ 40´´

La documentación aportada por el promotor para su estudio y evaluación es el Proyecto de reclasificación a sección C) de la explotación «Las Cabezuelas» que se compone de:

- Documento I: Proyecto de Explotación, de diciembre de 2010.

- Documento II: Estudio de Impacto Ambiental, de diciembre de 2010.

- Documento III: Plan de Restauración, de diciembre de 2010.

- Documento IV: Planos, de diciembre de 2010.

- Plan de Restauración (2.ª Edición) «Las Cabezuelas», de febrero de 2012.

- Estudio Hidrogeológico Local Concesión de Explotación «Las Cabezuelas» n.º 6.608, de julio de 2013.

La explotación se encuentra a unos 4,5 km del casco urbano de Sorihuela, a 2,6 km de Cabeza de Béjar, y a unos 2 km de Santibáñez de Béjar.

El sistema de explotación consistirá en la extracción a cielo abierto con utilización de explosivos, arranque con perforación y voladuras y empleo de maquinaria minera para su carga y transporte hacia las plantas de machaqueo, molienda y clasificación de áridos ya existentes.

La finalidad de la explotación es la obtención de áridos de machaqueo, esto hace que el material sobrante sea muy escaso, por debajo del 10%, siendo usado éste para el relleno de la explotación.

El proyecto plantea la realización de tres frentes de trabajo. Los frentes 1 y 2 tendrán un talud máximo de 10 m de altura y una inclinación máxima de 70º. El frente 3 tendrá un talud máximo de 6 m de altura y 70º de inclinación.

El material extraído es trasladado directamente para ser tratado en las plantas, sin realizar acopio; una vez procesado se acopia por tamaños en las zonas específicas, antes de ser distribuido.

En la actualidad hay dos frentes activos (frentes 1 y 2 de 100 y 95 m, respectivamente), se prevé la clausura en un plazo de tres años del frente 2, momento que se inicie la explotación de un nuevo frente para la extracción de cuarcitas.

La planta 1 está compuesta de una tolva de recepción, cinta transportadora, machacadora, molino de impactos, cinta transportadora, criba vibrante y ciclón.

La planta 2 está formada por tolva de recepción, machacadora, cinta transportadora, criba, molino de impactos, cinta transportadora, criba vibrante, noria de lavado, cinta transportadora, molino de impactos, cinta transportadora y criba vibrante.

Las dos plantas funcionan de manera independiente. En un futuro se colocarán en línea, transportando el material de rechazo de la planta 1 a la 2 mediante cinta transportadora.

También existe en el centro de la explotación una planta móvil para la fabricación de hormigón, situada sobre solera de hormigón, con una capacidad de 120 m 3 /hora. Igualmente tiene instalados silos auxiliares para almacenamiento.

Para el abastecimiento de agua tanto para las plantas de tratamiento de áridos como para la de hormigón, se utiliza un sistema en circuito cerrado.

El circuito cerrado consiste principalmente en dos balsas, la primera se denomina balsa de decantación donde se deriva todo el agua sobrante de los procesos industriales

existentes; en este lugar se produce la decantación de los lodos, pasando el agua por rebose, a la segunda balsa, denominada balsa limpia. La balsa de agua limpia se encuentra dividida en dos, la separación está realizada con material procedente de la explotación que actúa de filtro natural, al realizar esta operación se genera una balsa denominada, balsa de alimentación, que es donde se abastece el sistema de bombeo de agua para suministrar la misma a los distintos puntos industriales.

Las balsas fueron construidas aprovechando el antiguo hueco minero de la explotación; el volumen total de las balsas es de 4.273,79 m 3 .

Los lodos acumulados en la balsa de decantación se retiran periódicamente, siendo reutilizados en las labores de restauración.

Se estima una recuperación del 85% del agua utilizada, siendo el resto del 15% pérdida productiva por evaporación, escurrido y fabricación del hormigón. El aporte del agua de reposición se efectuará por las aguas de lluvia, teniendo capacidad suficiente las balsas diseñadas para épocas de lluvia. No se prevén, por tanto, vertidos de agua.

En la misma explotación se encuentra una planta de reciclaje de residuos de la construcción y demolición, gran parte de los áridos reciclados serán introducidos de nuevo en la cadena productiva, pudiendo ser utilizados en labores de restauración.

Las pistas actuales tienen una anchura aproximada de 8 m, las futuras pistas se diseñan de forma que faciliten el drenaje, con una pendiente media del 10% y con una anchura que dependerá de la retroexcavadora más ancha de la explotación.

El proyectista diseña zanjas de drenaje en las plataformas de trabajo para evitar encharcamientos no deseados y conducir el agua a huecos diseñados y a las balsas de decantación, para su posterior aprovechamiento.

El suministro de energía eléctrica se realiza mediante dos...

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