ORDEN FYM/865/2016, de 30 de septiembre, por la que se formula el informe ambiental estratégico de la Modificación Puntual n.º 15 de las Normas Subsidiarias Municipales de Palazuelos de Eresma (Segovia) Sector Urbanizable Gamones, promovida por 'Ecologistas en Acción Segovia'.

SecciónIV - Otras Disposiciones y Acuerdos
EmisorConsejeria de Cultura y Turismo
Rango de LeyOrden

La Ley 21/2013, de 9 de diciembre, de Evaluación Ambiental, en su artículo 6.2, prevé los planes y programas que deben ser sometidos a evaluación ambiental estratégica simplificada por el órgano ambiental a los efectos de determinar que el plan o programa no tiene efectos significativos sobre el medio ambiente, en los términos establecidos en el informe ambiental estratégico, o bien que el plan o programa debe someterse a una evaluación ambiental estratégica ordinaria porque puede tener efectos significativos sobre el medio ambiente.

La modificación puntual n.º 15 de las Normas Subsidiarias Municipales de Palazuelos de Eresma (Segovia) Sector Urbanizable Gamones, se encuentra encuadrada en el artículo 6.2 de la Ley de evaluación ambiental.

El citado artículo 6.2 especifica que, entre otros supuestos, las modificaciones menores de los planes y programas mencionados en el artículo 6.1 serán objeto de una evaluación estratégica simplificada, cuyo procedimiento se regula en los artículos 29 a 32, y de conformidad con los criterios establecidos en el Anexo V.

A su vez, el artículo 5.2.f) de la Ley de Evaluación Ambiental define como modificaciones menores los cambios en las características de los planes o programas ya adoptados o aprobados que no constituyen variaciones fundamentales de las estrategias, directrices y propuestas o de su cronología pero que producen diferencias en los efectos previstos o en la zona de influencia.

La Consejería de Fomento y Medio Ambiente es competente para dictar la presente Orden de conformidad con lo dispuesto en el apartado 2 de la disposición adicional segunda del Decreto Legislativo 1/2015, de 12 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Prevención Ambiental de Castilla y León.

  1. - Objeto y descripción de la modificación puntual.

    Las Normas Subsidiarias Municipales de Palazuelos de Eresma fueron aprobadas de forma definitiva por acuerdo de fecha 8 de mayo de 1981 de la Comisión Territorial de Urbanismo de Segovia. En esta norma se prevé una amplia superficie de Suelo Urbanizable sin sectorizar que en su mayor parte no se ha desarrollado hasta la fecha, habiendo sido objeto de diversas protecciones sectoriales posteriores por el valor ecológico y paisajístico del término municipal ubicado en el piedemonte de la Sierra del Guadarrama.

    La presente modificación puntual n.º 15, tiene por objetivo el cambio de la clasificación del Sector Suelo Urbanizable Gamones como Suelo Rústico con Protección Natural, dentro de la zona de Parque Natural de Protección, delimitada dentro del Suelo No Urbanizable de las Normas Subsidiarias Municipales de Palazuelos de Eresma.

    El Sector Gamones se encuentra localizado al este de la carretera de San Ildefonso a Peñafiel, completamente desconectado de los núcleos de población existentes. El Sector posee una superficie de 16,5 hectáreas, y está segmentado en dos piezas separadas por la Cañada Real Soriana Occidental; su capacidad residencial es de 63 viviendas unifamiliares, con una densidad de 3,8 viviendas por hectárea. Dicho sector que fue...

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