ORDEN FYM/781/2016, de 31 de agosto, por la que se formula el informe ambiental estratégico del Plan Parcial del Sector 'El Quemado', en Palazuelos de Eresma (Segovia), promovido por 'Musaat, Mutua de Seguros a Prima Fija'.

SecciónOtras Disposiciones
EmisorConsejerÍA de Fomento y Medio Ambiente
Rango de LeyOrden

La Ley 21/2013, de 9 de diciembre, de Evaluación Ambiental, en su artículo 6.2, establece los planes y programas que deben ser sometidos a evaluación ambiental estratégica simplificada por el órgano ambiental a los efectos de determinar que el plan o programa no tiene efectos significativos sobre el medio ambiente, en los términos establecidos en el informe ambiental estratégico, o bien que el plan o programa debe someterse a una evaluación ambiental estratégica ordinaria porque pueda tener efectos significativos sobre el medio ambiente.

El Plan Parcial propuesto se encuentra encuadrado en el artículo 6.2 de la citada Ley 21/2013, de 9 de diciembre.

El citado artículo 6.2 especifica que, entre otros supuestos, los planes y programas mencionados en el apartado anterior que establezcan el uso, a nivel municipal, de zonas de reducida extensión serán objeto de una evaluación ambiental estratégica simplificada, cuyo procedimiento se regula en los artículos 29 a 32, y de conformidad con los criterios establecidos en el Anexo V.

La Consejería de Fomento y Medio Ambiente es competente para dictar la presente orden de conformidad con lo dispuesto en el apartado 2 de la disposición adicional segunda del Decreto Legislativo 1/2015, de 12 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Prevención Ambiental de Castilla y León.

  1. - Objeto y descripción del Plan Parcial.

    El presente Plan Parcial tiene como finalidad establecer la ordenación detallada de la totalidad del Sector «El Quemado», que clasificado en las actuales Normas Subsidiarias Municipales (NN.SS.) de Palazuelos de Eresma como suelo urbanizable apto para urbanizar, pasaría a suelo urbano para su posterior gestión y urbanización de acuerdo con las determinaciones del planeamiento y la legislación vigente.

    El área objeto de planeamiento, situada al sur del núcleo urbano de Palazuelos de Eresma, junto a la carretera CL-601, en el tramo que une los municipios de Segovia y La Granja de San Ildefonso, tiene una superficie de 90.407 m 2 y está formada por dos fincas de propiedad privada más un resto de 2.452 m 2 destinado a viario público del municipio.

  2. - Consultas realizadas.

    La Ley de Evaluación Ambiental establece, en sus artículos 30 y 31, que previamente a la formulación del informe ambiental estratégico, el órgano ambiental realice consultas a las Administraciones públicas afectadas y a las personas interesadas, orientadas a conocer si el plan o programa evaluado puede tener efectos significativos sobre el medio ambiente.

    Se han realizado consultas a:

    - Agencia de Protección Civil, que emite informe.

    - Diputación Provincial de Segovia, que emite informe.

    - Subdelegación del Gobierno en Segovia, que emite informe.

    - Confederación Hidrográfica del Duero, que emite informe.

    - Ecologistas en Acción de Segovia, que emite informe.

    - Organismo Autónomo de Parques Nacionales, que emite informe.

    - Dirección General del Medio Natural, que emite informe.

    - Dirección General de Carreteras e Infraestructuras, que emite informe.

    - Dirección General de Patrimonio Cultural.

    - Dirección General de Vivienda, Arquitectura y Urbanismo.

    - SEO BirdLife.

    La Agencia de Protección Civil informa que el municipio de Palazuelos de Eresma, respecto a posibles incendios forestales, tiene riesgo local bajo y un índice de peligrosidad moderado. El riesgo derivado del transporte por carretera y ferrocarril de sustancias peligrosas no ha sido delimitado. Finalmente, en cuanto al riesgo por proximidad a establecimientos que almacenan sustancias peligrosas, no se encuentra afectado por la zona de alerta e intervención de los establecimientos afectados por la Directiva Seveso.

    Sobre riesgo por inundaciones, el municipio no está categorizado por encontrarse fuera de llanuras de inundación y áreas inundables, además de no tener registrado ningún evento de inundación.

    La Agencia de Protección Civil informa que ninguna de las actuaciones que se planifiquen, ni los diferentes usos que se asignen al suelo, deben incrementar el riesgo hacia las personas, sus bienes y el medio ambiente, y si alguna de las actuaciones derivadas de la modificación pudiera potencialmente aumentar dicho riesgo, deberá hacerse un análisis previo, indicando el grado de afección, así como las medidas necesarias para evitar incrementar dichos riesgos.

    La Diputación Provincial de Segovia informa que no dispone de personal técnico habilitado en materia medioambiental para poder emitir el informe solicitado.

    La Subdelegación del Gobierno en Segovia informa que no dispone de medios técnicos ni humanos apropiados para poder emitir con las debidas garantías el informe solicitado.

    La Confederación...

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