ORDEN FYM/703/2017, de 14 de agosto, por la que se dicta la Declaración de Impacto Ambiental sobre el proyecto de explotación porcina de cebo de 6.000 plazas, en el término municipal de Cebrones del Río (León), promovido por Agropecuaria Micamino, S.L.

SecciónIV - Otras Disposiciones y Acuerdos
Rango de LeyOrden

El titular de la Consejería de Fomento y Medio Ambiente, en virtud de las atribuciones conferidas por el artículo 52 del texto refundido de la Ley de Prevención Ambiental de Castilla y León, aprobado por Decreto Legislativo 1/2015, de 12 de noviembre, es el órgano administrativo de medio ambiente competente para ejercer, en el ámbito territorial de la Comunidad de Castilla y León, las funciones fijadas para dicho órgano por el artículo 11.2 de la Ley 21/2013, de 9 de diciembre, de Evaluación Ambiental, en relación con los proyectos que deban ser autorizados o aprobados por la Administración de la Comunidad de Castilla y León.

El proyecto de referencia se somete al procedimiento de evaluación de impacto ambiental ordinaria en aplicación de lo dispuesto en el artículo 7.1 de la Ley 21/2013, de 9 de diciembre, de Evaluación Ambiental, al estar incluido en el Grupo 1. Ganadería, del Anexo I de la citada ley, en concreto en el apartado a) Instalaciones destinadas a la cría de animales en explotaciones ganaderas reguladas por el Real Decreto 348/2000, de 10 de marzo, por el que se incorpora al ordenamiento jurídico la Directiva 98/58/CE, relativa a la protección de los animales en las explotaciones ganaderas y que superen las siguientes capacidades: 3.º 2.000 plazas para cerdos de engorde.

Considerando adecuadamente tramitado el expediente, de acuerdo con el procedimiento establecido en la normativa de aplicación anteriormente citada, vista la propuesta de la Comisión Territorial de Medio Ambiente y Urbanismo de León, y a iniciativa de la Dirección General de Calidad y Sostenibilidad Ambiental,

RESUELVO

Dictar la declaración de impacto ambiental sobre el proyecto de explotación porcina de cebo de 6.000 plazas, en el término municipal de Cebrones del Río (León), promovido por Agropecuaria Micamino, S.L., que figura como Anexo.

En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 59 del texto refundido de la Ley de Prevención Ambiental de Castilla y León, aprobado por Decreto Legislativo 1/2015, de 12 de noviembre, esta declaración de impacto ambiental se comunicará al órgano sustantivo para que sea incluida entre las condiciones de la autorización, al promotor, a los interesados, al Ayuntamiento afectado por el proyecto, y se hará pública en el «Boletín Oficial de Castilla y León», para general conocimiento.

Valladolid, 14 de agosto de 2017.

El Consejero de Fomento y Medio Ambiente,

Fdo.: J uan C arlos s uárez -Q uiñones F ernández

ANEXO

DECLARACIÓN DE IMPACTO AMBIENTAL SOBRE EL PROYECTO DE EXPLOTACIÓN PORCINA DE CEBO DE 6.000 PLAZAS, EN EL TÉRMINO MUNICIPAL DE CEBRONES

DEL RÍO (LEÓN), PROMOVIDO POR AGROPECUARIA MICAMINO S.L.

DESCRIPCIÓN DEL PROYECTO

El objeto del proyecto a evaluar es la puesta en marcha de una explotación porcina de cebo con capacidad para 6.000 plazas, que promueve Agropecuaria Micamino, S.L. La granja se ubicará en las parcelas n.º 9, 10 y 11 del polígono 102 del término municipal de Cebrones del Río (León), con una superficie de 44.291 m 2 , clasificada como suelo rústico común de categoría 2.ª, según las Normas Subsidiarias de Planeamiento Municipal con Ámbito Provincial en León y siendo la actividad ganadera un uso permitido. Las coordenadas UTM de la parcela son: X: 263.623 Y: 4.682.819 Huso 30.

La explotación está situada a 1.137 m del casco urbano de San Martín de Torres, 1.521 m de Santa Elena de Jamuz y 3.157 m de Cebrones del Río, por lo que cumple con la distancia mínima de 1.000 m a núcleos urbanos, establecida en el Real Decreto 324/2000, por el que se establecen normas básicas de ordenación de las explotaciones porcinas. En cuanto a otras distancias exigidas por la normativa sectorial, estaría ubicada a:

* Más de 2.000 m de mataderos y de explotaciones porcinas del grupo especial.

* Más de 1.000 m de otra explotación porcina de los grupos 1.º, 2.º o 3.º.

* Más de 200 m de zonas de baño.

* Más de 100 m de cauces de agua y puntos de captación de agua para abastecimiento público.

* Más de 100 m de vías públicas importantes (carreteras, autovías, etc.).

La actividad a desarrollar consistirá en el cebo de lechones procedentes de otras explotaciones porcinas, por el sistema de integración, desde un peso inicial de unos 18-20 Kg hasta un peso final de 100 Kg. El cebo tiene una duración de 100-120 días de permanencia en la explotación, hasta su salida con destino a matadero. Se conseguirán al menos 2,5 cebas al año, lo que supone una capacidad de ceba de 15.000 animales al año. La mortalidad de los cerdos durante el cebo se estima en el 5-10%.

El sistema de manejo será el denominado «todo dentro, todo fuera», realizándose un vacío sanitario de 27 días, para llenado, vaciado, limpieza y desinfección de las instalaciones, de manera que la duración total del ciclo es de unos 147 días.

La clasificación zootécnica de la explotación porcina es de cebo, según el Real Decreto 324/2000, de 3 de marzo, y por su capacidad productiva se encuadra en el grupo tercero, ya que alcanzará 720 UGM.

La explotación contará con las siguientes instalaciones: Cuatro naves de cebo, de 5.516,56 m 2 cada una (1.548 cerdos/nave), cuatro lazaretos de 257,12 m 2 cada uno, oficina y dependencias para personal (64 m 2 ), depósito de agua, fosa de purines (6.400 m 3 ), cercado perimetral, rotiluvio y muelle de carga. La superficie construida será de 8.255,69 m 2 .

La explotación porcina generará aproximadamente 12.900 m 3 /año de purines, disponiendo de una fosa con un volumen total de 6.400 m 3 , con capacidad para almacenar los purines durante 6 meses de actividad. Estos residuos ganaderos serán gestionados mediante valorización agrícola, en las parcelas disponibles para ello, habiendo justificado 274,63 ha útiles para este fin.

Las aguas residuales derivadas del proceso productivo estarán canalizadas hacia las fosas de purín. Todas las canalizaciones, fosos, etc. que estén en contacto con el purín estarán perfectamente impermeabilizados para evitar la contaminación de las aguas subterráneas.

En cuanto a la producción de residuos y subproductos, la explotación contratará gestores autorizados para la retirada de cadáveres y para la recogida de los residuos de tratamientos veterinarios.

El proyecto no se encuentra en zona designada como vulnerable a la contaminación de las aguas por nitratos procedentes de fuentes de origen agrícola y ganadero, si bien debe contar con autorización ambiental.

ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL.

El estudio de impacto ambiental realiza una descripción del medio, valora los impactos tanto en la fase de construcción como de explotación y propone una serie de medidas protectoras y correctoras para evitar o mitigar las afecciones producidas en el medio ambiente. Así mismo, se establecen medidas a contemplar en el caso de cierre o clausura de la instalación.

El estudio concluye que el impacto en todos los casos es moderado y su incidencia puede disminuir con las medidas correctoras propuestas.

La eficacia de estas medidas se evaluará mediante el Sistema de Gestión Ambiental que implantará la empresa y el Programa de Vigilancia Ambiental.

TRAMITACIÓN Y ANÁLISIS TÉCNICO DEL EXPEDIENTE

Solicitud de inicio del procedimiento: Con fecha 26 de julio de 2016, tiene entrada en el registro de la Delegación Territorial de la Junta de Castilla y León en León, para su tramitación por el Servicio Territorial de Medio Ambiente, la solicitud de autorización ambiental para una explotación porcina de cebo de 6.000 plazas, la cual conlleva la tramitación de una evaluación de impacto ambiental ordinaria, por superar los límites establecidos en el Anexo I de la Ley 21/2013, de 9 de diciembre, de Evaluación Ambiental, para esta actividad ganadera.

Se realizaron requerimientos al promotor para subsanar la documentación presentada en las siguientes fechas: El 11 de agosto de 2016, contestado el 14 de noviembre, y el 1 de diciembre de 2016, contestado el 31 de diciembre.

Información pública: La Delegación Territorial de la Junta de Castilla y León en León, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 16 del texto refundido de la Ley de Prevención y Control Integrados de...

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