ORDEN FYM/588/2015, de 23 de junio, por la que se declara la caducidad y el inicio de nuevo expediente de deslinde total administrativo, del Monte de Utilidad Pública número 88 'El Ramo y otros', perteneciente al Ayuntamiento de Rubí de Bracamonte (Valladolid) y situada en su término municipal.

SecciónIV - Otras Disposiciones y Acuerdos
EmisorConsejeria de Educacion
Rango de LeyOrden

Examinada la petición formulada por el Servicio Territorial de Medio Ambiente de Valladolid, por la que se solicita la ampliación del plazo de resolución para el expediente de deslinde del Monte de Utilidad Pública n.º 88 «El Ramo y otros», en el Término Municipal de Rubí de Bracamonte, del cual son los siguientes sus

ANTECEDENTES DE HECHO

  1. Con fecha 28 de agosto de 2009 el Director General del Medio Natural firma contrato de adjudicación del servicio para apoyo de las labores de deslinde del expediente deslinde del MUP N.º 88 y otros (VA-M-9536/09-D) con el que se autoriza el inicio del deslinde.

  2. En el «Boletín Oficial de Castilla y León» n.º 101, con fecha de 29 de mayo de 2013 y en el «Boletín Oficial de la Provincia de Valladolid» n.º 123, con fecha de 1 de junio de 2013, se publican sendos anuncios de fecha 20 de mayo en el que se fija la fecha de comienzo de las operaciones de apeo el día 20 de junio de 2013, a las 9:30 horas. Se ofició a la Entidad propietaria, a Entidades y particulares colindantes, notificación del anuncio para la ejecución del deslinde y dado que hubo titulares a los que no fue posible, se publica la notificación prevista a estos titulares en la Ley 30/1992 de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

  3. Las operaciones de deslinde tuvieron lugar el día 1 de junio de 2013, procediendo a recorrer todo el perímetro del monte y de los enclavados aparecidos en él, dejándose una estaca de madera en todos los puntos del perímetro y levantándose con GPS de precisión subcentimétrica.

  4. Con fecha 6 de mayo de 2015, el Servicio Territorial de Medio Ambiente de Valladolid, tras detallar todo el procedimiento llevado a cabo, indica que en base a la concurrencia de circunstancias que durante la tramitación del expediente han supuesto un inevitable retraso en el mismo, en concreto la imposibilidad de habilitación de medios adicionales teniendo en cuenta las especializaciones necesarias en la tramitación de un expediente de este tipo; propone finalmente la caducidad del expediente y el reinicio de uno nuevo conservando todos los actos y documentos anteriores y procediendo a dar vista y audiencia a los interesados de la propuesta de deslinde.

  5. La Dirección General del Medio Natural, de conformidad con el Servicio de Defensa del Medio Natural, formula, con fecha 18 de junio de 2015, la correspondiente Propuesta de Orden.

    FUNDAMENTOS DE DERECHO

  6. La resolución...

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