ORDEN FYM/547/2019 de 29 de mayo, por la que se aprueba definitivamente la séptima modificación del Plan General de Ordenación Urbana de Ávila.

SecciónVI - Anuncios
EmisorConsejeria de Cultura y Turismo
Rango de LeyOrden

VISTO el expediente sobre la aprobación de la Modificación número 7 de Plan General de Ordenación Urbana (en adelante PGOU) de Ávila los siguientes son sus:

ANTECEDENTES DE HECHO

Primero.- El Término Municipal de Ávila se encuentra ordenado por un Plan General de Ordenación Urbana, cuya Revisión para su adaptación a la Ley 5/1999, de Urbanismo de Castilla y León y al Reglamento de Urbanismo, fue aprobada definitivamente de forma parcial a través de la Orden FOM/1919/2006, de 13 de noviembre de (B.O.C. y L. de 4 de diciembre de 2006).

En el marco definido por el actual R.D. Legislativo 2/2008, de 20 de junio, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Suelo, la Ley 5/1999, de 8 de abril, de Urbanismo de Castilla y León y por el Reglamento de Urbanismo de Castilla y León, aprobado por Decreto 22/2004, de 29 de febrero, configura el régimen urbanístico de aplicación en dicho municipio.

Segundo .- Los antecedentes temporales de los que trae causa este procedimiento de modificación del PGOU de Ávila se relacionan en este apartado.

La modificación fue aprobada inicialmente por el Ayuntamiento de Ávila el 28 de octubre de 2011. En dicho expediente se diferenciaba el título y el contenido de la séptima modificación del PGOU por un lado, y del Plan Especial de Protección del Conjunto Histórico de Ávila (en adelante PEPCHA). Sin embargo, en el documento aprobado provisionalmente por el Ayuntamiento y remitido para aprobación definitiva se refunde tanto el título, denominándose 7.ª Modificación del PGOU de Protección del Conjunto Histórico de Ávila, como el contenido, ya que quedaba incorporado al PGOU vigente en el momento, el contenido del «Plan Especial del Conjunto Histórico de Ávila» de forma que la ordenación general y detallada, el catálogo de bienes protegidos del Plan General de Ávila en el ámbito del Conjunto Histórico de Ávila y sus áreas de amortiguamiento se sustituía en su totalidad por la nueva regulación contenida en el proyecto de esta 7.ª modificación.

Con fecha 29 de febrero de 2012, la Consejería de Fomento y Medio Ambiente emitió informe (la Ponencia Técnica del Consejo de Urbanismo y Ordenación del Territorio) sobre la 7.ª modificación del PGOU Ávila en el ámbito del Conjunto Histórico de Ávila en sentido no favorable, pues la incorporación del PECH como parte del Plan General y su tramitación no conjunta sino como único documento, aunque no planteaba problemas de tramitación, sí que los planteaba en cuanto a su contenido y documentación en este documento porque

se perdía la coherencia entre el planeamiento general y desarrollo; se acordó «No informar favorablemente la Séptima Modificación Puntual del Plan General de Ordenación Urbana de Ávila en el ámbito del Conjunto Histórico de Ávila (PEPCHA), en tanto no se cumplan las observaciones materiales y documentales indicadas en el fundamento de derecho IV, asimismo se advierte que deberá incluirse una referencia sobre la no afección a las áreas sometidas a riesgos».

Las observaciones del citado fundamento, fueron las siguientes:

En principio este expediente se tramitó conjuntamente pero diferenciando el título, y el contenido de la séptima modificación del PGOU por un lado, y del Plan Especial de Protección del Conjunto Histórico de Ávila por otro lado. Sin embargo en el documento aprobado provisionalmente por el Ayuntamiento y remitido para aprobación definitiva se refunde tanto el título, denominándose "7.ª Modificación del PGOU de Protección del Conjunto Histórico de Ávila" como el contenido, ya que queda incorporado al vigente PGOU el contenido del "Plan Especial del Conjunto Histórico de Ávila

de forma que la ordenación general y detallada y el catálogo de bienes protegidos del vigente Plan General de Ávila en el ámbito del Conjunto Histórico de Ávila y sus áreas de amortiguamiento se sustituye en su totalidad por la nueva regulación contenida en el proyecto de esta 7.ª modificación, constituida al efecto en el instrumento urbanístico de protección exigible tal y como se recoge en el citado Plan Especial.

La incorporación del PECH como parte del Plan General y su tramitación no conjunta sino como único documento, aunque no plantea problemas de tramitación, sin embargo sí que los plantea en cuanto a su contenido y documentación, ya que se pierde la coherencia entre el planeamiento general y desarrollo, no respetándose el artículo 144 del Reglamento de Urbanismo, que establece que los Planes Especiales no pueden sustituir a los instrumentos de planeamiento general en su función de establecer la ordenación general, ni suprimir, modificar, ni alterar de ninguna forma las determinaciones de ordenación general establecidas por el Plan General de Ordenación Urbana. Por ello resultaba mucho más clara la denominación y distinción del contenido propuesta en la aprobación inicial, en la que se distinguía la séptima Modificación puntual del Plan General de Ordenación Urbana de Ávila en el ámbito del Conjunto Histórico de Ávila (PEPCHA) y el Plan Especial de Protección del Conjunto Histórico de Ávila.

Por otra parte ha de destacarse que el Plan de Gestión de la Ciudad de Ávila y sus Iglesias Extramuros, documento que responde a las exigencias de UNESCO en relación a la protección de los Bienes integrantes de la Lista de Patrimonio Mundial, no tiene naturaleza urbanística, por lo que puede incorporarse como documentación informativa a esta séptima Modificación puntual del Plan General de Ordenación Urbana de Ávila en el ámbito del Conjunto Histórico de Ávila (PEPCHA), pero la competencia para su aprobación definitiva no corresponde al órgano urbanístico».

Tercero .- Con fecha 15 de mayo de 2017 el Ayuntamiento de Ávila pone en conocimiento de la Comisión de Servicios de la Ciudad, Turismo y Patrimonio Histórico el proyecto técnico de la séptima modificación del PGOU de Ávila para que se realicen las aportaciones pertinentes, realizadas las cuales la citada comisión acuerda, en sesión celebrada el 26 de octubre de 2017, proponer al Pleno la aprobación inicial de la modificación. Así, en sesión del Pleno celebrada el 28 de julio de 2017 se acuerda la aprobación inicial de la séptima Modificación del PGOU de Ávila, así como la apertura de un periodo de información pública de dos meses, que fue anunciada en la edición de El

Diario de Ávila de 24 de agosto de 2017, en el B.O.P. de Ávila de 10 de agosto de 2017, en el B.O.C. y L. n.º 156/2017 de 16 de agosto, en el Tablón de Edictos del Ayuntamiento de Ávila desde el 2 de agosto de 2017, así como en la web www.jcyl.es/plau.

En dicho periodo se presentan 14 alegaciones, tal y como describe el informe de la arquitecta municipal de 9 de noviembre de 2018, aunque no todas figuran en el expediente remitido por el Ayuntamiento de Ávila.

Cuarto .- El contenido documental de la modificación es el siguiente:

TÍTULO I MEMORIA INFORMATIVA (DI-MI)

Capítulo I. Marco normativo.

Capítulo II. Análisis de la influencia de la 7.ª Modificación del PGOU sobre la ordenación general actual.

TÍTULO II INFORME AMBIENTAL (DI-IA)
TÍTULO III MEMORIA VINCULANTE (DN-MV)

Capítulo I. Contestación al informe de la Ponencia Técnica del Consejo de Urbanismo y Ordenación del Territorio de fecha 29 de febrero de 2012.

Capítulo II. Conveniencia y oportunidad de la modificación y acreditación de su interés público.

Capítulo III. Objetivos y criterios.

Capítulo IV. Descripción y justificación de las modificaciones.

Capítulo V. Identificación y justificación pormenorizada de las determinaciones del instrumento modificado que se alteran.

Capítulo VI. Justificación de las modificaciones.

Capítulo VII. Justificación del cumplimiento de los Arts. 172 y 173 del RUCYL.

Capítulo VIII. Justificación del cumplimiento del Reglamento de Accesibilidad y Supresión de Barreras Arquitectónicas.

Capítulo IX. Justificación del cumplimiento del Art. 7 de la Ley 5/2009 del Ruido.

Capítulo X. Resumen Ejecutivo.

TÍTULO IV NORMATIVA URBANÍSTICA (DN-NU)
TÍTULO V CATÁLOGO (DN-CT)
TÍTULO VI ESTUDIO ECONÓMICO (DN-EE)
TÍTULO VII MEMORIA DE TRAMITACIÓN
TÍTULO VIII ANEXOS.

Capítulo I. Anexo 1. Fichas de Catálogo correspondientes a las modificaciones realizadas en el Catálogo del PGOU.

Capítulo II. Anexo 2. Planos del PGOU afectados por la modificación.

De acuerdo con la Memoria, el objeto de la modificación sería el siguiente:

La...

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