ORDEN FYM/544/2017, de 23 de junio, por la que se dicta la Declaración de Impacto Ambiental sobre el estudio técnico previo de Concentración Parcelaria de la zona de los Oteros (León), promovido por la Dirección General de Producción Agropecuaria y Diversificación Rural, de la Consejería de Agricultura y Ganadería.

SecciónIV - Otras Disposiciones y Acuerdos
EmisorConsejerÍA de Fomento y Medio Ambiente
Rango de LeyOrden

La Consejería de Fomento y Medio Ambiente, en virtud de las atribuciones conferidas por el artículo 46 de la Ley 11/2003, de 8 de abril, de Prevención Ambiental de Castilla y León, es el órgano administrativo de medio ambiente competente para ejercer, en el ámbito territorial de la Comunidad de Castilla y León, las funciones fijadas para dicho órgano por el artículo 4.2 del texto refundido de la Ley de Evaluación de Impacto Ambiental de Proyectos, aprobado mediante Real Decreto Legislativo 1/2008, de 11 de enero, vigente en el inicio del expediente, en relación con los proyectos que deban ser autorizados o aprobados por la Administración de la Comunidad de Castilla y León.

Este proyecto se somete a evaluación de impacto ambiental en aplicación de lo dispuesto en el artículo 45.1 de la citada Ley 11/2003, de 8 de abril, y en el artículo 3.1 del citado texto refundido de la Ley de Evaluación de Impacto Ambiental de Proyectos, al estar incluidas las concentraciones parcelarias en su Anexo I, Grupo 9, «Otros proyectos» , apartado c) «Los proyectos que se citan a continuación, cuando se desarrollen en zonas especialmente sensibles, designadas en aplicación de la Directiva 79/409/CEE del Consejo, de 2 de abril de 1979, y 92/43/CEE del Consejo, de 21 de mayo de 1992, o en humedales incluidos en la lista del Convenio de Ramsar» .

El órgano competente para dictar la presente Declaración de Impacto Ambiental es el Consejero de Fomento y Medio Ambiente de la Junta de Castilla y León, según lo estipulado en el Art. 46.1.a) de la Ley 11/2003, de 8 de abril, de Prevención Ambiental de Castilla y León.

Considerando adecuadamente tramitado el expediente, de acuerdo con el procedimiento establecido en la normativa de aplicación anteriormente citada, vista la propuesta de declaración de impacto ambiental elaborada por la Comisión Territorial de Medio Ambiente y Urbanismo de León y a iniciativa de la Dirección General de Calidad y Sostenibilidad Ambiental,

RESUELVO

Dictar la declaración de impacto ambiental sobre el estudio técnico previo de concentración parcelaria de la zona de Los Oteros (León), promovido por la Dirección General de Producción Agropecuaria y Diversificación Rural, de la Consejería de Agricultura y Ganadería.

En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 54 de la Ley 11/2003, de 8 de abril, de Prevención Ambiental de Castilla y León, esta declaración de impacto ambiental se comunicará al órgano sustantivo para que sea incluida entre las condiciones de la autorización, se notificará a los interesados y se hará pública en el «Boletín Oficial de Castilla y León», para general conocimiento.

Valladolid, 23 de junio de 2017.

El Consejero de Fomento y Medio Ambiente,

Fdo.: J uan C arlos s uárez -Q uiñones F ernández

ANEXO

DECLARACIÓN DE IMPACTO AMBIENTAL SOBRE EL ESTUDIO TÉCNICO PREVIO DE CONCENTRACIÓN PARCELARIA DE LA ZONA DE LOS OTEROS (LEÓN), PROMOVIDO POR LA DIRECCIÓN GENERAL DE PRODUCCIÓN AGROPECUARIA Y DIVERSIFICACIÓN RURAL, DE LA CONSEJERÍA DE AGRICULTURA Y GANADERÍA

DESCRIPCIÓN DEL PROYECTO

La zona contemplada en el proyecto se encuentra situada al sureste de la provincia de León, colindante con la provincia de Valladolid, incluyendo los términos municipales de Castilfalé, Fuentes de Carbajal, Matadeón de los Oteros, Matanza de los Oteros, Santa Cristina de Valmadrigal y Villabraz, todos ellos en la comarca natural de Esla-Campos.

La superficie total sujeta a concentración parcelaria, de acuerdo a la suma de las superficies de los polígonos catastrales que comprende la zona es de 18.494 ha, de las que 13.589 ha (4.184 parcelas) corresponden a superficie ya concentrada con anterioridad y 4.993 ha (8.397 parcelas) corresponden a superficie sin concentrar previamente.

La zona a concentrar comprende los términos completos de los municipios anteriormente citados, a excepción del término municipal de Santa Cristina de Valmadrigal donde se incluye únicamente la superficie situada en la margen izquierda (circulando en dirección León) de la carretera N-601.

La superficie que se propone excluir, por no poderse beneficiar de la concentración, es de 2.048 ha, de las cuales 1.443 pertenecen a la «Dehesa de Coomontes» (842 ha en el término de Matanza de los Oteros y 601 ha en el de Villabraz), 345 ha de la «Dehesa», en el término municipal de Castilfalé, de las que 190 ha se cultivan en lotes o suertes por los vecinos y el resto es un monte de encinas, y 260 ha correspondientes a los cascos urbanos.

También existen una serie de parcelas propiedad de los Ayuntamientos y Juntas Vecinales, así como parcelas resultantes de Masas Comunes de anteriores procesos de concentración, que constituyen los valles por los que transcurren los arroyos, que son aprovechadas mediante siega y/o pastoreo, en las cuales se establecerán los mecanismos necesarios para garantizar el mantenimiento de los hábitats de las aves esteparias.

Las actuaciones del proyecto tienen coincidencia territorial con los siguientes lugares incluidos en la Red Natura 2000: ZEPA (ES0000194) «Oteros-Campos» y ZEC (ES4130145) «Lagunas de los Oteros».

La práctica totalidad de la superficie incluida en el perímetro de concentración se encuentra dentro de la ZEPA «Oteros-Campos» (ES0000194), lo que representa el 58,44% del total de la superficie de esta área natural protegida. Además, una parte de la zona a concentrar perteneciente al término municipal de Matanza de los Oteros, se incluye dentro de la ZEC «Lagunas de los Oteros» (ES4130145), aproximadamente un 18% de su superficie.

Según la documentación presentada, el objeto principal del proyecto es la ordenación de la propiedad rústica, con el fin de dotar a las explotaciones agrarias de una estructura adecuada, atribuyendo a cada propietario el menor número de fincas de reemplazo.

La zona a concentrar se proyecta con una nueva red de caminos que responderá a la nueva configuración de las fincas, procurando mantener los caminos existentes de las anteriores concentraciones, que podrían ser acondicionados mediante la limpieza de cunetas, perfilado en superficie, reposición de obras de fábrica deterioradas y adición de material granular en superficie en aquellos tramos que se encuentren en mal estado de conservación. Se estima que estas mejoras serán necesarias en un 50% de la red existente.

Los caminos de nueva ejecución discurrirán en su gran mayoría por el trazado de los caminos existentes, siendo preciso abordar la construcción de los mismos en su totalidad. Los caminos sobrantes como consecuencia de una mayor superficie de las nuevas fincas desaparecerán, sin necesidad de transporte de esas tierras a vertedero, reutilizándose los materiales granulares de los caminos actuales que no tengan utilidad futura.

La longitud de la red de infraestructura rural de la zona de concentración parcelaria se estima en unos 182,25 km de caminos rurales. Las obras de fábrica previstas para facilitar el drenaje de los caminos y las comunicaciones sobre cursos de agua, serán las habituales en este tipo de proyectos, programándose los pasos necesarios en los cruces naturales de agua atravesados por caminos, así como en los puntos bajos susceptibles de posibles encharcamientos, o en tramos de gran longitud en los que se considere necesario colocar un paso para evitar que el agua discurra durante un gran trayecto por la cuneta, con el consiguiente peligro para el buen mantenimiento del camino.

El proyecto también propone, siempre que sea posible, una actuación denominada mejora y limpieza de los cauces existentes. El terreno extraído, en ambos casos, se extenderá a ambos lados de los arroyos evitando acumulaciones. Se estima que un 40% del total de la red necesita esta mejora, estando previsto que la realización de esta actuación se desarrolle en unos 30,1 km.

ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL

El estudio de impacto ambiental identifica, describe y valora los impactos de la ejecución de la concentración parcelaria, analizando los factores medioambientales susceptibles de recibirlos y las acciones impactantes. Según este documento el proceso de concentración parcelaria de la zona de Los Oteros va a generar 20 impactos negativos y 3 impactos positivos. Una vez valorada la importancia de los mismos, se observa que en la fase de construcción no se ha clasificado ningún impacto como severo.

Uno de los elementos más afectados en la fase de ejecución de las obras son los hábitats de las especies de fauna incluidas en los espacios Red Natura 2000, especialmente los de aves esteparias, para lo que se proponen una serie de medidas que pretenden corregir o minimizar los efectos adversos.

Además, otros efectos perjudiciales en la fase de ejecución de las obras respecto al medio natural, serían la pérdida de capacidad agrológica del suelo, el riesgo de erosión, la afección a las vaguadas y cursos de agua, y las molestias por emisiones de polvo y ruido. También se valora el riesgo de deterioro de elementos de interés cultural, concretamente de los yacimientos arqueológicos, muy abundantes en la zona.

En la fase de explotación, se han clasificado cuatro impactos como moderados, que se refieren al probable cambio de usos o cultivos en determinadas parcelas acogidas al Programa de Estepas Cerealistas, a la desaparición de vegetación arbórea y arbustiva

que actualmente sirve de refugio a la fauna y que previsiblemente puede verse afectada en el acondicionamiento de las nuevas fincas, a la alteración de biotopos y a la afección sobre la Red Natura 2000.

Los impactos positivos se refieren principalmente a los aspectos socioeconómicos. La concentración parcelaria mejorará la eficiencia de las explotaciones agrarias y esto puede favorecer el desarrollo de otro tipo de actividades económicas que, de otro modo, no serían posibles. Además durante la ejecución de las obras de infraestructura rural se prevé que la necesidad de mano de obra producirá un pequeño aumento del empleo en la zona.

La valoración realizada en el estudio de impacto ambiental...

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