ORDEN FYM/533/2017, de 22 de junio, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones destinadas a la adquisición de equipamiento y realización de instalaciones individuales de sistemas de televisión vía satélite SAT-TDT en Castilla y León.

SecciónII - Disposiciones Generales
EmisorConsejerÍA de Fomento y Medio Ambiente
Rango de LeyOrden

El Plan de Transición a la Televisión Digital Terrestre (TDT), concluyó el 3 de abril de 2010 con el cese de las emisiones de televisión analógica.

Para garantizar que la cobertura en cada fase de dicho plan fuera plenamente satisfactoria, que el ciudadano recibiera la señal de TDT con independencia del lugar de residencia y de la viabilidad económica de la prestación del servicio, y dado que el servicio de televisión se configura según el ordenamiento jurídico como un servicio de interés general, se aprobó la Ley 7/2009, de 3 de julio, de Medidas Urgentes en Materia de Telecomunicaciones, adoptando la plataforma satelital como la solución más adecuada para conseguir este objetivo de cobertura universal.

Finalizado el proceso de transición, siguen existiendo ciudadanos que no reciben adecuadamente la señal de TDT en su residencia, ya sea por tratarse de zonas dispersas y aisladas del territorio, cuya cobertura mediante emisores terrestres de televisión supone un coste desproporcionado, o por la especial situación de su residencia que, por diversas causas técnicas, impide la correcta recepción de la señal aun encontrándose en poblaciones teóricamente cubiertas por tecnología terrestre.

La solución satélite supone un coste de instalación sensiblemente mayor para el ciudadano que la adaptación a la tecnología digital de las instalaciones terrestres. La presente línea de ayudas va, por tanto, dirigida a facilitar la adquisición de equipamiento y realización de instalaciones individuales de televisión digital por medio de satélite SAT-TDT en las zonas donde la recepción de señal terrestre no alcanza los requisitos técnicos mínimos para permitir su visionado correcto.

El procedimiento de concesión de las ayudas se realizará en régimen de concurrencia competitiva, teniendo preferencia aquellas instalaciones realizadas en el domicilio habitual del solicitante y, dentro de éstas, las correspondientes a zonas con mayores carencias en la recepción de canales de televisión terrestre.

Dando cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 8 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, las presentes subvenciones se encuentran recogidas en el Plan Estratégico de Subvenciones 2017-2019 de la Consejería de Fomento y Medio Ambiente.

Conforme a lo dispuesto en la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones y en la Ley 5/2008, de 25 de septiembre, de Subvenciones de la Comunidad de Castilla y León, el procedimiento de otorgamiento de ayudas hace necesaria la existencia de unas bases reguladoras que, además de ser una exigencia legal, permitan lograr el cumplimiento de los objetivos fijados, la eficiencia en la utilización de los recursos y el respeto a los principios propios en la gestión de las subvenciones.

En su virtud, teniendo en cuenta las reglas contenidas en la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, en su Reglamento de desarrollo aprobado por el Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, y en la Ley 5/2008, de 25 de septiembre, de Subvenciones de la Comunidad de Castilla y León, y en virtud de las atribuciones conferidas por el artículo 26 de la Ley 3/2001, de 3 de julio, del Gobierno y de la Administración de la Comunidad de Castilla y León,

DISPONGO

Artículo Único Aprobación de las Bases Reguladoras.

Se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones destinadas a la adquisición de equipamiento y realización de instalaciones individuales de sistemas de televisión vía satélite SAT-TDT en Castilla y León, que se incorporan como Anexo a la presente orden.

DISPOSICIONES FINALES

Primera. Habilitación normativa.

Se faculta al titular de la Dirección General competente en materia de infraestructuras de telecomunicaciones para dictar cuantas resoluciones e instrucciones sean precisas para el cumplimiento y efectividad de esta orden.

Segunda. Entrada en vigor.

La presente orden entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial de Castilla y León».

Valladolid, 22 de junio de 2017.

El Consejero,

Fdo.: J uan C arlos s uárez -Q uiñones F ernández

ANEXO

BASES REGULADORAS PARA LA CONCESIÓN DE SUBVENCIONES DESTINADAS A LA ADQUISICIÓN DE EQUIPAMIENTO Y REALIZACIÓN DE INSTALACIONES

INDIVIDUALES DE SISTEMAS DE TELEVISIÓN VÍA SATÉLITE SAT-TDT EN CASTILLA Y LEÓN

Base primera.- Objeto de la subvención.

Facilitar el acceso al servicio de interés general de televisión mediante la adquisición de equipamiento y realización de instalaciones individuales de sistemas de televisión vía satélite SAT-TDT en zonas con carencias de cobertura de televisión terrestre.

A estos efectos se definen como zonas con carencias de cobertura de televisión terrestre aquellas en las que no se asegura una cobertura óptima de la señal TDT mediante estaciones terrestres.

Base segunda.- Régimen jurídico.

Estas subvenciones se ajustarán a lo establecido en:

  1. Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones y su Reglamento de desarrollo aprobado por Real Decreto 887/2006, de 21 de julio.

  2. La Ley 5/2008, de 25 de septiembre, de Subvenciones de la Comunidad de Castilla y León.

  3. Las presentes bases reguladoras, así como en la correspondiente orden de convocatoria.

  4. El resto de normativa estatal y autonómica que resulte de aplicación.

    Base tercera.- Actuaciones y gastos subvencionables.

    Se consideran subvencionables los gastos derivados de la adquisición de equipamiento y realización de instalaciones individuales para la recepción de televisión vía satélite SAT-TDT, durante el período que se determine en la...

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