ORDEN FYM/494/2019, de 8 de mayo, por la que se formula el informe ambiental estratégico de la Modificación Puntual n.º 11 «Sector UNC.A-2: Ensanche Valsaín», del Plan General de Ordenación Urbana del Real Sitio de San Ildefonso (Segovia), promovida por «Sociedad Mercantil Estatal de Gestión Inmobiliaria de Patrimonio, M.P.S.A.».

SecciónVI - Anuncios
EmisorConsejeria de Cultura y Turismo
Rango de LeyOrden

La Ley 21/2013, de 9 de diciembre, de Evaluación Ambiental, recoge en su artículo 6.2 los planes y programas que deben ser sometidos a evaluación ambiental estratégica simplificada, a los efectos de poder determinar que dichos planes y programas no tendrán efectos significativos sobre el medio ambiente, en los términos establecidos en el informe ambiental estratégico, o bien que los mismos deben someterse a una evaluación ambiental estratégica ordinaria porque podrían tener efectos significativos sobre el medio ambiente.

La modificación puntual n.º 11 «Sector UNC.A-2: Ensanche Valsaín», del Plan General de Ordenación Urbana del Real Sitio de San Ildefonso (Segovia), se encuentra encuadrada en el citado artículo 6.2 de la Ley 21/2013, de 9 de diciembre.

Dicho artículo 6.2 especifica que, entre otros supuestos, las modificaciones menores de los planes y programas mencionados en el artículo 6.1 serán objeto de una evaluación estratégica simplificada, cuyo procedimiento se regula en los artículos 29 a 32, y de conformidad con los criterios establecidos en el Anexo V.

A su vez, el artículo 5.2.f) de la Ley de Evaluación Ambiental define como modificaciones menores los cambios en las características de los planes o programas ya adoptados o aprobados que no constituyen variaciones fundamentales de las estrategias, directrices y propuestas o de su cronología pero que producen diferencias en los efectos previstos o en la zona de influencia.

La Consejería de Fomento y Medio Ambiente es competente para dictar la presente Orden de conformidad con lo dispuesto en el apartado 2 de la disposición adicional segunda del Decreto Legislativo 1/2015, de 12 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Prevención Ambiental de Castilla y León.

  1. - Objeto y descripción del plan o programa.

    El planeamiento vigente en el municipio del Real Sitio de San Ildefonso es un Plan General de Ordenación Urbana, en adelante PGOU, aprobado por Acuerdo de la Comisión Territorial de Urbanismo de Segovia de 26 de junio de 2011, y publicado en el B.O.C. y L. n.º 228, de 25 de noviembre de 2011.

    La modificación puntual n.º 11 afecta al Sector UNC.A-2: Ensanche Valsaín, en el que se actúa modificando, en determinadas parcelas, los parámetros de posición de la edificación y ocupación, con el fin de redistribuir la edificabilidad lucrativa total en el conjunto del ámbito, al producirse un detrimento de la ordenación detallada prevista en el PGOU del Real Sitio de San Ildefonso.

    Por lo tanto, en primer lugar, se pretende redistribuir en determinadas parcelas la edificabilidad que se corresponde con el bajo cubierta de cada uno de los bloques A-1a, A-1b, A2 y A3, afectados en el PGOU vigente por la ordenanza grafiada en el plano VLP_PO-041 como R-EV3*. En segundo lugar, la edificabilidad que resulta de reducir los bloques residenciales de vivienda colectiva a un ancho de crujía de 14 m desde los 15 m señalados en la ordenación del PGOU vigente.

  2. - Consultas realizadas.

    La Ley de Evaluación Ambiental establece en sus artículos 30 y 31 que, previamente a la formulación del informe ambiental estratégico, el órgano ambiental realice consultas a las Administraciones públicas afectadas y a las personas interesadas, orientadas a conocer si el plan o programa a evaluar puede tener efectos significativos sobre el medio ambiente.

    Se han realizado consultas a:

    - Confederación Hidrográfica del Duero, que emite informe.

    - Organismo Autónomo de Parques Nacionales del Ministerio para la Transición Ecológica, que emite informe.

    - Dirección General de Patrimonio Cultural, que emite informe.

    - Dirección General del Medio Natural, que emite informe.

    - Agencia de Protección Civil, que emite informe.

    - Servicio Territorial de Medio Ambiente de Segovia, que emite informe.

    - Servicio Territorial de Fomento de...

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