ORDEN FYM/475/2015, de 26 de mayo, por la que se modifica la Orden de 15 de mayo de 2008, de la Consejería de Medio Ambiente, por la que se concede Autorización Ambiental a la empresa Cerámica García Cuesta S.A. (actualmente Klinker Seg S.L.) para industria de fabricación de productos cerámicos ubicada en el término municipal de Nava de la Asunción (Segovia), como consecuencia de la Modificación No Sustancial 5 (MNS n.º 5).

SecciónIV - Otras Disposiciones y Acuerdos
EmisorConsejeria de Educacion
Rango de LeyOrden

Vista la comunicación de KLINKER SEG S.L., de 24 de noviembre de 2014, de modificación no sustancial, en la planta de fabricación de productos cerámicos ubicada en el término municipal de Nava de la Asunción (Segovia) y teniendo en cuenta los siguientes:

ANTECEDENTES DE HECHO

Primero .- La planta de fabricación de productos cerámicos, ubicada en el término municipal de Nava de la Asunción (Segovia), titularidad de KLINKER SEG S.L. se encuentra en funcionamiento, afectada por las siguientes disposiciones relativas a la autorización ambiental:

* Orden de 15 de mayo de 2008, de la Consejería de Medio Ambiente, por la que se concede Autorización Ambiental a CERÁMICA GARCÍA CUESTA S.A. para industria de fabricación de productos cerámicos, en el término municipal de Nava de la Asunción (Segovia). («B.O.C. y L.» n.º 239, de 11 de diciembre de 2008).

* Orden de 17 de junio de 2009, de la Consejería de Medio Ambiente, por la que se acuerda considerar como modificación no sustancial el proyecto de ampliación de la planta satélite para la recepción, almacenamiento y regasificación de G.N.L. (gas natural licuado) en la instalación de CERÁMICA GARCÍA CUESTA S.A., ubicada en el término municipal de Nava de la Asunción (Segovia).

* Orden de 22 de abril de 2010, de la Consejería de Medio Ambiente por la que se concede autorización de inicio de actividad a CERÁMICA GARCÍA CUESTA S.A. para la instalación ubicada en el término municipal de Nava de la Asunción (Segovia) y se procede a la modificación de la Orden de 15 de mayo de 2008 de la Consejería de Medio Ambiente de autorización ambiental.

* Orden de 7 de marzo de 2012, de la Consejería de Fomento y Medio Ambiente por la que se considera como modificación no sustancial el cambio de periodicidad del control de inmisión en la instalación de CERÁMICA GARCÍA CUESTA S.A. en Nava de la Asunción (Segovia) y se modifica la Orden de autorización ambiental. («B.O.C. y L.» n.º 60, de 27 de marzo de 2012).

* Resolución de 11 de septiembre de 2014, de la Dirección General de Calidad y Sostenibilidad Ambiental por la que se hace público el cambio de titularidad de la autorización ambiental concedida a CERÁMICA GARCÍA CUESTA, S.A. en favor de KLINKER SEG S.L. («B.O.C. y L.» n.º 184, de 24 de septiembre de 2014).

* Orden FYM/49/2014, de 3 de enero, sobre actualización de autorizaciones ambientales integradas en Castilla y León. («B.O.C. y L.» n.º 27, de 10 de febrero de 2014).

Además, la empresa notificó una modificación no sustancial, la MNS n.º 4, que se está tramitando en el momento actual.

Segundo .- El 24 de noviembre de 2014, tiene entrada en el registro de la Consejería de Fomento y Medio Ambiente, una notificación de modificación no sustancial (MNS n.º 5) remitida por KLINKER SEG S.L. relativa a la utilización de coque...

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