ORDEN FYM/401/2019, de 24 de abril, por la que se formula el informe ambiental estratégico de la Modificación Puntual n.º 4 de las Normas Subsidiarias de Planeamiento Municipal de Ciguñuela (Valladolid), promovida por el Ayuntamiento.

SecciónVI - Anuncios
EmisorUniversidad de Valladolid
Rango de LeyOrden

La Ley 21/2013, de 9 de diciembre, de Evaluación Ambiental, recoge en su artículo 6.2 los planes y programas que deben ser sometidos a evaluación ambiental estratégica simplificada, a los efectos de poder determinar que dichos planes y programas no tendrán efectos significativos sobre el medio ambiente, en los términos establecidos en el informe ambiental estratégico, o bien que los mismos deben someterse a una evaluación ambiental estratégica ordinaria porque podrían tener efectos significativos sobre el medio ambiente.

La modificación puntual n.º 4 de las Normas Subsidiarias de Planeamiento Municipal de Ciguñuela (Valladolid), se encuentra encuadrada en el citado artículo 6.2 de la Ley 21/2013, de 9 de diciembre.

Dicho artículo 6.2 especifica que, entre otros supuestos, las modificaciones menores de los planes y programas mencionados en el artículo 6.1 serán objeto de una evaluación estratégica simplificada, cuyo procedimiento se regula en los artículos 29 a 32, y de conformidad con los criterios establecidos en el Anexo V.

A su vez, el artículo 5.2.f) de la Ley de Evaluación Ambiental define como modificaciones menores los cambios en las características de los planes o programas ya adoptados o aprobados que no constituyen variaciones fundamentales de las estrategias, directrices y propuestas o de su cronología pero que producen diferencias en los efectos previstos o en la zona de influencia.

La Consejería de Fomento y Medio Ambiente es competente para dictar la presente Orden de conformidad con lo dispuesto en el apartado 2 de la disposición adicional segunda del Decreto Legislativo 1/2015, de 12 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Prevención Ambiental de Castilla y León.

  1. - Objeto y descripción del plan o programa.

    El planeamiento vigente en el municipio de Ciguñuela son unas Normas Subsidiarias de Planeamiento Municipal, en adelante NNSS, aprobadas por Acuerdo de la Comisión Provincial de Urbanismo de Valladolid de 31 de marzo de 1999, y publicadas en el B.O.C. y L. n.º 99, de 26 de mayo de 1999.

    La presente modificación puntual tiene por objeto introducir en las vigentes NNSS los siguientes dos cambios:

    1. Sustituir la redacción del artículo 3 de la Sección 2, Capítulo 2 del Título 5 de la normativa de las NNSS, con objeto de aumentar la edificabilidad máxima permitida en las construcciones destinadas a uso agrícola y ganadero en el suelo no urbanizable común.

    2. Aumentar los valores de altura máxima hasta la cumbrera y cornisa y el de fondo máximo en las edificaciones auxiliares del suelo urbano «Residencial R», con la finalidad de posibilitar las alturas baja, primera y bajo cubierta en las...

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