ORDEN FYM/401/2015, de 29 de abril, por la que se modifica la Orden de 29 de agosto de 2008 de la Consejería de Medio Ambiente, por la que se concede Autorización Ambiental a la fábrica de quesos ubicada en el término municipal de Valladolid titularidad de Queserías Entrepinares, S.A., como consecuencia de la Modificación Sustancial n.º 1.

SecciónIV - Otras Disposiciones y Acuerdos
EmisorConsejeria de Educacion
Rango de LeyOrden

Vista la solicitud de modificación sustancial de la instalación de fabricación de quesos ubicada en el término municipal de Valladolid, formulada por Queserías Entrepinares, S.A. para la ampliación de la capacidad de producción y teniendo en cuenta los siguientes:

ANTECEDENTES DE HECHO.

Primero .- La instalación de fabricación de quesos ubicada en el término municipal de Valladolid, titularidad de Queserías Entrepinares, S.A., se encuentra en explotación y está afectada por las siguientes disposiciones relativas a la autorización ambiental.

- Orden de 29 de agosto de 2008 de la Consejería de Medio Ambiente por la que se concede Autorización ambiental a Queserías Entrepinares, S.A. para la fábrica de quesos, en el término municipal de Valladolid («B.O.C. y L.» n.º 22514, de 17 de noviembre de 2008).

- Orden de 16 de octubre de 2008, de la Consejería de Medio Ambiente, por la que se acuerda considerar como modificación no sustancial el proyecto de nave auxiliar para Queserías Entrepinares, S.A., sita en el término municipal de Valladolid.

- Orden de 5 de marzo de 2009, de la Consejería de Medio Ambiente, por la que se acuerda considerar como modificación no sustancial el proyecto de «edificación para albergar instalaciones industriales en fábrica de quesos en el término municipal de Valladolid» en la fábrica de quesos de la empresa Queserías Entrepinares, S.A.

- Orden de 26 de junio de 2009, de la Consejería de Medio Ambiente, por la que se concede Autorización de inicio de actividad a Queserías Entrepinares, S.A. para la fábrica de quesos ubicada en el término municipal de Valladolid, y por la que se modifica la Orden de 29 de agosto de 2008, de la Consejería de Medio Ambiente por la que se concede autorización ambiental a dicha empresa.

- Orden de 26 de agosto de 2010 de la Consejería de Medio Ambiente, por la que se resuelve el recurso de reposición interpuesto contra la orden de 29 de agosto de 2008 de la Consejería de Medio Ambiente por la que se concede Autorización ambiental a Queserías Entrepinares, S.A. («B.O.C. y L.» n.º 183 de 21 de septiembre de 2010).

- Orden de 22 de febrero de 2011, de la Consejería de Medio Ambiente por la que se autoriza como modificación no sustancial a Queserías Entrepinares, S.A., en sus instalaciones de la fábrica de quesos, en el término municipal de Valladolid, la actualización del listado de residuos producidos, la instalación de un condensador evaporativo y la exención de la inclusión como instalación afectada por el Real Decreto 1254/1999 de 16 de julio, y por la que se modifica la orden de 29 de agosto de 2008 de la Consejería de Medio Ambiente por la que se concede autorización ambiental a esa empresa («B.O.C. y L.» n.º 49, de 11 de marzo de 2011).

- Orden de 12 de enero de de 2012 de la Consejería de Fomento y Medio Ambiente por la que se autoriza como modificación no sustancial la sustitución de una caldera a Queserías Entrepinares, S.A., en sus instalaciones de la fábrica de quesos, en el término municipal de Valladolid.

- Orden FYM/49/2014, de 3 de enero, sobre actualización de autorizaciones ambientales integradas en Castilla y León. («B.O.C. y L.» n.º 27 de 10 de febrero de 2014).

Segundo .- El 22 de noviembre de 2013, tiene entrada, en el registro de las Consejerías de Agricultura y Ganadería y Fomento y Medio Ambiente, la solicitud de modificación sustancial de la instalación de fabricación de quesos por incremento de producción. Para ello se hace necesaria la instalación de nuevas cubas de almacenamiento, la mejora del sistema de depuración de las aguas residuales y cambios en el sistema productivo. El incremento de producción conlleva un aumento en el consumo de recursos y de energía.

A la solicitud se acompaña el proyecto básico, la memoria ambiental y el documento ambiental. Posteriormente se recibe documentación subsanando la anteriormente presentada.

Tercero .- La Dirección General de Calidad y Sostenibilidad Ambiental, al amparo de lo dispuesto en el artículo 16 de la Ley 16/2002, de 1 de julio, y en el artículo 15, punto 5 a) del Real Decreto 815/2013, de 18 de octubre, acuerda someter al trámite de información pública el proyecto de «modificación sustancial por incremento de producción de Queserías Entrepinares, S.A.», mediante anuncio publicado en el «Boletín Oficial de Castilla y León» de 15 de septiembre de 2014, y exposición pública en el tablón de anuncios del Ayuntamiento de Valladolid, no habiendo recibido alegaciones durante dicho trámite.

Cuarto .- Concluido el período de información pública, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 17 de la Ley 16/2002, de 1 de julio, y en el artículo 15.6 del Real Decreto 815/2013, de 18 de octubre, el Servicio de Prevención Ambiental y Cambio Climático, solicita informe a los siguientes organismos:

- Confederación Hidrográfica del Duero.

- Servicio Territorial de Medio Ambiente de Valladolid.

- Servicio Territorial de Sanidad y Bienestar Social de Valladolid.

- Servicio Territorial de Industria, Comercio y Turismo de Valladolid.

- Agencia de Protección Civil.

El contenido de los informes recibidos se ha tenido en cuenta en el condicionado ambiental de esta orden.

Quinto .- En cumplimiento del artículo 9.5 del Real Decreto 815/2013, de 18 de octubre, se solicita informe al Ayuntamiento de Valladolid sobre la adecuación de la actividad a todos aquellos aspectos que sean de su competencia.

Sexto .- A través de Resolución de 3 de junio de 2014, de la Delegación Territorial de Valladolid, se hace pública la Decisión Motivada de no sometimiento al Procedimiento de Evaluación de Impacto Ambiental del proyecto de ampliación de la actividad de la fabricación de quesos, en el término municipal de Valladolid, promovido por Queserías Entrepinares S.A. («B.O.C. y L.» n.º 112 de 13 de junio de 2014).

Séptimo .- Una vez realizada la evaluación ambiental del proyecto, por parte del Servicio de Prevención Ambiental y Cambio Climático, con fecha 27 de enero de 2015, se dio trámite de audiencia a los interesados según lo previsto en el artículo 18 de la Ley 11/2003, de 8 de abril, mediante notificación fehaciente de dicho acto y mediante publicación en el «B.O.C. y L.» de 10 de febrero de 2015, no habiéndose recibido alegaciones durante dicho trámite.

Octavo .- El 17 de abril de 2015, la Dirección General de Calidad y Sostenibilidad Ambiental formula informe propuesta relativo a la modificación de la Orden de 29 de agosto de 2008 de la Consejería de Medio Ambiente por la que se concede Autorización Ambiental a la fábrica de quesos ubicada en el término municipal de Valladolid titularidad de Queserías Entrepinares, S.A. como consecuencia de la modificación sustancial n.º 1, que se somete a la consideración del Consejo de Medio Ambiente, Urbanismo y Ordenación del Territorio de Castilla y León.

Noveno .- De acuerdo con lo establecido en el artículo 70 de la Ley 11/2003, de 8 de abril, y en relación con lo estipulado en el artículo 3.2 del Decreto 24/2013, de 27 de junio, por el que se regulan las funciones, composición y funcionamiento de las Comisiones Territoriales de Medio Ambiente y Urbanismo y del Consejo de Medio Ambiente, Urbanismo y Ordenación del Territorio de Castilla y León, a la vista del resultado del trámite de información pública, de los informes emitidos y del resultado del trámite de audiencia a los interesados, el Consejo de Medio Ambiente, Urbanismo y Ordenación del Territorio de Castilla y León, en la sesión celebrada el 29 de abril de 2015, elabora la correspondiente Propuesta de Modificación Sustancial de la Autorización Ambiental.

Los antecedentes de hecho mencionados encuentran su apoyo legal en los siguientes:

FUNDAMENTOS DE DERECHO

Primero .- El Órgano Administrativo competente para resolver sobre las solicitudes de autorización ambiental en el caso de actividades o instalaciones recogidas en los apartados A y B.1 del Anexo I de la Ley 11/2003, de 8 de abril, de Prevención Ambiental de Castilla y León, es el titular de la Consejería competente en materia de medio ambiente, en virtud de las atribuciones que le confiere el artículo 20. En consecuencia, le corresponde al mismo titular resolver el presente procedimiento conforme a lo dispuesto en el artículo 15.9 del Real Decreto 815/2013, de 18 de octubre.

Segundo .- El expediente se ha tramitado según lo establecido en la Ley 16/2002, de 1 de julio, en el Real Decreto 815/2013, de 18 de octubre y en la Ley 11/2003, de 8 de abril.

Tercero .- Dispone el artículo 10.3 de la Ley 16/2002, de 1 de julio, de Prevención y Control Integrados de la Contaminación, que en caso de que el titular de la instalación proyecte realizar una modificación de carácter sustancial, ésta no podrá llevarse a cabo en tanto la autorización ambiental integrada no sea modificada.

El proyecto de modificación de la instalación de fabricación de quesos, ubicado en Valladolid, según la documentación aportada por el solicitante, consiste en el incremento de la producción total de la fábrica mediante la instalación de nuevos equipos de almacenamiento y producción, así mismo se introducen mejoras en el sistema de depuración de aguas residuales.

El incremento de producción no supone un aumento de la superficie construida en la parcela. Se prevé la demolición de un secadero de ladrillo, la instalación de nuevos depósitos de almacenamiento, optimización de las naves para la instalación de nuevas salas y de los nuevos equipos. Los quesos que no son destinados a queso fresco continúan el proceso y se trasladan a las otras instalaciones de la empresa sitas en Santovenia de Pisuerga para su acabado y envasado; esto permite la redistribución de los espacios para la instalación de la nueva maquinaria que supondrá mejoras en los procesos de recepción, tratamiento y almacenamiento de la leche, así como en las operaciones de cuajado prensas y desmoldeo. Para las divisiones en las naves se utilizarán paneles sándwich. Se adaptará la zona de la...

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