ORDEN FYM/390/2016, de 19 de abril, por la que se dicta la Declaración de Impacto Ambiental sobre el proyecto de explotación porcina de cebo de 3.598 plazas, en el término municipal de Gordoncillo (León), promovido por 'Explotaciones de Porcino del Cea, S.L.'.

SecciónIV - Otras Disposiciones y Acuerdos
Rango de LeyOrden

El titular de la Consejería de Fomento y Medio Ambiente, en virtud de las atribuciones conferidas por el artículo 52 del texto refundido de la Ley de Prevención Ambiental de Castilla y León, aprobado por Decreto Legislativo 1/2015, de 12 de noviembre, es el órgano administrativo de medio ambiente competente para ejercer, en el ámbito territorial de la Comunidad de Castilla y León, las funciones fijadas para dicho órgano por el artículo 11.2 de la Ley 21/2013, de 9 de diciembre, de Evaluación Ambiental, en relación con los proyectos que deban ser autorizados o aprobados por la Administración de la Comunidad de Castilla y León.

El proyecto de referencia se somete al procedimiento de evaluación de impacto ambiental ordinaria en aplicación de lo dispuesto en el artículo 7.1 de la Ley 21/2013, de 9 de diciembre, de Evaluación Ambiental, al estar incluido en el Grupo 1. Ganadería, del Anexo I de la citada ley, en concreto en el apartado a) Instalaciones destinadas a la cría de animales en explotaciones ganaderas reguladas por el Real Decreto 348/2000, de 10 de marzo, por el que se incorpora al ordenamiento jurídico la Directiva 98/58/CE, relativa a la protección de los animales en las explotaciones ganaderas y que superen las siguientes capacidades: 3.º 2.000 plazas para cerdos de engorde.

Considerando adecuadamente tramitado el expediente, de acuerdo con el procedimiento establecido en la normativa de aplicación anteriormente citada, vista la propuesta de la Comisión Territorial de Medio Ambiente y Urbanismo de León, y a iniciativa de la Dirección General de Calidad y Sostenibilidad Ambiental,

RESUELVO

Dictar la declaración de impacto ambiental sobre el proyecto explotación porcina de cebo de 3.598 plazas, en el término municipal de Gordoncillo (León), promovido por Explotaciones de Porcino del Cea, S.L., que figura como Anexo.

En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 59 del texto refundido de la Ley de Prevención Ambiental de Castilla y León, aprobado por Decreto Legislativo 1/2015, de 12 de noviembre, esta declaración de impacto ambiental se comunicará al órgano sustantivo para que sea incluida entre las condiciones de la autorización, al promotor, a los interesados, al Ayuntamiento afectado por el proyecto, y se hará pública en el «Boletín Oficial de Castilla y León», para general conocimiento.

Valladolid, 19 de abril de 2016.

El Consejero,

Fdo.: J uan C arlos s uárez -Q uiñones F ernández

ANEXO

DECLARACIÓN DE IMPACTO AMBIENTAL SOBRE EL PROYECTO DE EXPLOTACIÓN PORCINA DE CEBO DE 3.598 PLAZAS,

EN EL TÉRMINO MUNICIPAL DE GORDONCILLO (LEÓN), PROMOVIDO POR EXPLOTACIONES DE PORCINO DEL CEA, S.L.

DESCRIPCIÓN DEL PROYECTO

El objeto del proyecto a evaluar es la instalación de una explotación porcina de cebo (3.598 plazas). La granja se ubica en la parcela n.º 20 del polígono 211 del término municipal de Gordoncillo (León), con una superficie de 19.900 m 2 , clasificada como suelo rústico con protección agropecuaria. Las coordenadas UTM de la parcela son: X: 302.136 Y: 4.666.129 Huso 30, siendo su referencia catastral: 24080A211000200000MH.

La explotación está situada a 1.272 m del casco urbano de Gordoncillo, por lo que cumple con la distancia mínima de 1.000 m a núcleos urbanos, establecida en el Real Decreto 324/2000, por el que se establecen normas básicas de ordenación de las explotaciones porcinas. En cuanto a otras distancias exigidas por la normativa sectorial, estaría ubicada a:

* Más de 2.000 m de mataderos y de explotaciones porcinas del grupo especial.

* Más de 1.000 m de otra explotación porcina de los grupos 1.º, 2.º o 3.º.

* Más de 100 m de vías públicas importantes (carreteras, autovías, etc.).

La actividad a desarrollar consistirá en el cebo de lechones procedentes de otras explotaciones porcinas, por el sistema de integración, desde un peso inicial de unos 20 kg hasta un peso final de 95-100 kg. El cebo tiene una duración 17 semanas de permanencia en la explotación, hasta su salida con destino a matadero.

El sistema de manejo será el denominado «todo dentro, todo fuera», realizándose un vacío sanitario de 21 días, para limpieza y desinfección de las instalaciones, de manera que la duración total del ciclo es de unas 20 semanas.

Al año se desarrollarán 2,3 ciclos, estimando una producción anual de 8.275 cerdos de cebo, de los cuales se calcula un 3% de bajas (277 cabezas).

Según el Real Decreto 324/2000, de 3 de marzo, esta explotación porcina tiene una clasificación zootécnica de cebo y por su capacidad productiva se encuadra en el grupo tercero, ya que contará con 431,76 UGM.

La explotación contará con las siguientes instalaciones: Dos naves de cebo de 1.637,06 m 2 cada una; lazareto; nave para oficina y vestuarios (37,76 m 2 ); depósito de agua (30.000 l), con sistema de potabilización; 2 silos de pienso de 25 m 3 cada uno; una fosa de purines de 2.760 m 3 de capacidad; cerca perimetral y muelle de carga. La superficie total construida será de 3.311,89 m 2 .

El suministro de agua de abastecimiento se realizará mediante un pozo, habiendo solicitado la empresa promotora, el 9 de julio de 2015, la concesión de aprovechamiento de aguas subterráneas ante la Confederación Hidrográfica del Duero.

La explotación porcina generará 7.736 m 3 /año de purines, disponiendo de una fosa con un volumen total de 2.760 m 3 , con capacidad para almacenar los purines durante 4 meses. Estos residuos ganaderos serán gestionados mediante valorización agrícola, en las parcelas disponibles para ello, habiendo justificado 63,54 ha útiles.

Las aguas residuales derivadas del proceso productivo estarán canalizadas hacia las fosas de purín. Todas las canalizaciones, fosos, etc. que estén en contacto con el purín estarán perfectamente impermeabilizados para evitar la contaminación de las aguas subterráneas.

En cuanto a la producción de residuos y subproductos, la explotación contratará gestores autorizados para la retirada de cadáveres y para la recogida de los residuos de tratamientos veterinarios.

El proyecto no se encuentra en zona designada como vulnerable a la contaminación de las aguas por nitratos procedentes de fuentes de origen agrícola y ganadero, si bien debe contar con autorización ambiental.

ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL

El estudio de impacto ambiental del proyecto de una explotación porcina de cebo de 3.598 plazas en el término municipal de Gordoncillo (León), de septiembre de 2015, analiza los posibles impactos que puede generar el proyecto y propone medidas preventivas y correctoras para los mismos.

La eficacia de estas medidas se evaluará mediante el Programa de Vigilancia Ambiental. Así mismo, se establecen medidas a contemplar en el caso de cierre o clausura de la instalación.

TRAMITACIÓN Y ANÁLISIS TÉCNICO DEL EXPEDIENTE

Solicitud de inicio del procedimiento. Con fecha 9 de octubre de 2015, tiene entrada en el Registro de la Delegación Territorial de la Junta de Castilla y León en León, para su tramitación por el Servicio Territorial de Medio Ambiente, la solicitud de autorización ambiental para una explotación porcina de cebo de 3.598 plazas, la cual conlleva la tramitación de la evaluación de impacto ambiental ordinaria, por superar los límites establecidos en el Anexo I de la Ley 21/2013, de 9 de diciembre, de Evaluación Ambiental, para esta actividad ganadera.

Información pública. La Delegación Territorial de la Junta de Castilla y León, en León, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 16 de la Ley 16/2002, de 1 de julio, de Prevención y Control Integrados de la Contaminación, y en el artículo 36.1 de la Ley 21/2013, de 9 de diciembre, de Evaluación Ambiental, sometió al trámite de información pública durante treinta días el proyecto de autorización ambiental integrada y el estudio de impacto ambiental, mediante anuncio...

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