ORDEN FYM/331/2019, de 1 de abril, por la que se resuelve la convocatoria de subvenciones destinadas a la conservación, a la mejora de la seguridad de utilización y de la accesibilidad de viviendas.

SecciónIV - Otras Disposiciones y Acuerdos
Rango de LeyOrden

Por Orden de 26 de junio de 2018 de la Consejería de Fomento y Medio Ambiente, se convocan subvenciones destinadas a la conservación, a la mejora de la seguridad de utilización y de la accesibilidad de viviendas.

El número 1 del apartado tercero de dicha Orden establece las subvenciones se concederán con cargo a la aplicación presupuestaria 04.02.261A02.7804J, por importe de DOS MILLONES DOSCIENTOS NOVENTA Y TRES MIL DOSCIENTOS CUARENTA Y CINCO EUROS (2.293.245,00 €) condicionado a la existencia de crédito adecuado y suficiente en los Presupuestos Generales de la Comunidad para el ejercicio económico 2019, conforme a lo establecido en el artículo 22.1 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones y en el capítulo I del Título II de la Ley 5/2008, de 25 de septiembre, de Subvenciones de la Comunidad de Castilla y León.

El número 2 del apartado tercero de la Orden de convocatoria señala que conforme a lo dispuesto en el artículo 2 de la Orden FYM/611/2018, de 6 de junio, el 25% de la dotación presupuestaria señalada en el número anterior se destinará a viviendas ubicadas en municipios que se encuentren situados en los ámbitos municipales 3 y 4 a que se refiere el artículo 1 de la orden FOM/85/2010, de 22 de enero, por la que se establecen los ámbitos municipales y los coeficientes para la determinación de los precios máximos de venta, adjudicación y de referencia para el alquiler en Castilla y León. Si en aplicación de los criterios de valoración de las solicitudes no se agotara la citada dotación presupuestaria del 25%, la dotación sobrante se destinará al resto de solicitudes.

Finalmente, el número 3 de dicho apartado tercero indica que el procedimiento de concesión de las subvenciones será el establecido en el artículo 22.1 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones y en el capítulo I del Título II de la Ley 5/2008, de 25 de septiembre, de Subvenciones de la Comunidad de Castilla y León.

Examinadas las solicitudes, y comprobado el cumplimiento por parte de los beneficiarios propuestos de todos los requisitos exigidos para acceder a la subvención, establecidos en la Orden FYM/611/2018, de 6 de junio, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones destinadas al alquiler de vivienda y a la Rehabilitación de Edificios y Viviendas, para el periodo 2018-2021, así como en la Orden de 26 de junio de 2018, de la Consejería de Fomento y Medio Ambiente, por la que se

convocan subvenciones destinadas a la conservación, a la mejora de la seguridad de utilización y de la accesibilidad de viviendas, y previo informe de la Comisión de Valoración, procede la resolución de las mismas.

Corresponde a la Consejería de Fomento y Medio Ambiente, a propuesta de la Dirección General de Vivienda, Arquitectura y Urbanismo, dictar la Orden correspondiente, según lo dispuesto en el dispongo undécimo de la Orden de convocatoria.

En virtud de lo expuesto

DISPONGO:

Resolver la convocatoria de subvenciones destinadas a la conservación, a la mejora de la seguridad de utilización y de la accesibilidad de viviendas, concediendo a los beneficiarios que se relacionan en el Anexo I de la presente orden y que han obtenido un orden preferente, como resultado de comparar las solicitudes presentadas, aplicando el criterio de valoración establecido en el apartado undécimo de la Orden de convocatoria, subvenciones por un importe de DOS MILLONES DOSCIENTOS SETENTA Y SIETE MIL OCHOCIENTOS OCHENTA Y CINCO EUROS CON OCHENTA CÉNTIMOS (2.277.885,80 €) con cargo a la aplicación presupuestaria 04.02.261A02.7804J.

De igual modo se resuelve denegar, declarar el desistimiento y la inadmisión de las solicitudes presentadas, según los Anexos que a continuación se detallan:

Anexo II.- Solicitantes con resolución desfavorable por incumplimiento de uno o varios de los requisitos establecidos en la Orden de convocatoria.
Anexo III.- Solicitantes con resolución de desistimiento por falta de documentación por no haber dado cumplimiento al requerimiento realizado en su día por el órgano de ordenación e instrucción del procedimiento.
Anexo IV.- Solicitantes con resolución de desistimiento a instancia del interesado.
Anexo V.- Solicitantes con resolución de inadmisión por presentar la solicitud fuera del plazo legalmente establecido en la Orden de convocatoria.
Anexo VI.- Solicitantes que cumpliendo con las condiciones administrativas y técnicas para adquirir la condición de beneficiario, no han obtenido resolución favorable, por rebasarse la cuantía máxima del crédito fijado en la convocatoria, en relación con la posibilidad prevista en la Base reguladora 12.ª, de la Orden FYM/611/2018, de 6 de junio, y en el apartado séptimo del Dispongo Duodécimo de la Orden de 26 de junio de 2018, de la Consejería de Fomento y Medio Ambiente, por la que se convocan subvenciones destinadas a la conservación, a la mejora de la seguridad de utilización y de la accesibilidad de viviendas.

Esta orden también se publicará en la página web de la Junta de Castilla y León, donde el resto de solicitantes podrán conocer los motivos por los cuales no han resultado beneficiarios.

Contra la presente orden, que pone fin a la vía administrativa...

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