ORDEN FYM/297/2019, de 21 de marzo, por la que se dicta la Declaración de Impacto Ambiental sobre el proyecto de línea aérea de media tensión 20 kv enlace de la línea aérea de media tensión «Bracas-Campazas» con la línea aérea de media tensión «Derivación a Carbajal», en los términos municipales de Fuentes de Carbajal y Campazas (León), promovido por «Electromolinera de Valmadrigal, S.L.».

SecciónVI - Anuncios
Rango de LeyOrden

El titular de la Consejería de Fomento y Medio Ambiente, en virtud de las atribuciones conferidas por el artículo 52 del texto refundido de la Ley de Prevención Ambiental de Castilla y León, aprobado por Decreto Legislativo 1/2015, de 12 de noviembre, es el órgano administrativo de medio ambiente competente para ejercer, en el ámbito territorial de la Comunidad de Castilla y León, las funciones fijadas para dicho órgano por el artículo 11 de la Ley 21/2013, de 9 de diciembre, de Evaluación Ambiental, en relación con los proyectos que deban ser autorizados o aprobados por la Administración de la Comunidad de Castilla y León.

El proyecto de referencia se somete al procedimiento de evaluación de impacto ambiental ordinaria en aplicación de lo dispuesto en el artículo 7.1 de la Ley 21/2013, de 9 de diciembre, de Evaluación Ambiental, al estar incluido en el Grupo 9. Otros proyectos, del Anexo I de la citada Ley, en concreto en el apartado a) «Los siguientes proyectos cuando se desarrollen en Espacios Naturales Protegidos, Red Natura 2000 y Áreas protegidas por instrumentos internacionales, según la regulación de la Ley 42/2007, de 13 de diciembre, del Patrimonio Natural y de la Biodiversidad», al encontrarse en su apartado 6.º «Líneas para la transmisión de energía eléctrica cuyo trazado afecte a espacios naturales considerados en este artículo con una longitud superior a 3 km, excluidas las que atraviesen zonas urbanizadas».

Considerando adecuadamente tramitado el expediente, de acuerdo con el procedimiento establecido en la normativa de aplicación anteriormente citada, vista la propuesta de la Comisión Territorial de Medio Ambiente y Urbanismo de León, y a iniciativa de la Dirección General de Calidad y Sostenibilidad Ambiental,

RESUELVO

Dictar la declaración de impacto ambiental sobre el proyecto de línea aérea de media tensión 20 kV enlace de la línea aérea de media tensión «Bracas-Campazas» con la línea aérea de media tensión «Derivación a Carbajal», en los términos municipales de Fuentes de Carbajal y Campazas (León), promovido por Electromolinera de Valmadrigal, S.L., que figura como Anexo.

En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 59 del texto refundido de la Ley de Prevención Ambiental de Castilla y León, aprobado por Decreto Legislativo 1/2015, de 12 de noviembre, esta declaración de impacto ambiental se comunicará al órgano sustantivo para que sea incluida entre las condiciones de la autorización, al promotor, a los interesados, a los Ayuntamientos afectados por el proyecto, y se hará pública en el Boletín Oficial de Castilla y León, para general conocimiento.

Valladolid, 21 de marzo de 2019.

El Consejero de Fomento y Medio Ambiente,

Fdo.: Juan Carlos Suárez-Quiñones Fernández

ANEXO

DECLARACIÓN DE IMPACTO AMBIENTAL SOBRE EL PROYECTO DE LÍNEA AÉREA DE MEDIA TENSIÓN 20 kV ENLACE DE LA LÍNEA AÉREA DE MEDIA TENSIÓN «BRACAS-CAMPAZAS» CON LA LÍNEA AÉREA DE MEDIA TENSIÓN «DERIVACIÓN A CARBAJAL», EN LOS TÉRMINOS MUNICIPALES DE FUENTES DE CARBAJAL Y CAMPAZAS (LEÓN), PROMOVIDO POR ELECTROMOLINERA DE VALMADRIGAL, S.L.

DESCRIPCIÓN DEL PROYECTO

El proyecto evaluado consiste en la construcción de una nueva línea aérea de media tensión de 20 kV que enlazará la línea aérea de media tensión «Bracas-Campazas» con la línea aérea de media tensión «Derivación a Carbajal», con una longitud de 5.216,31 m y conductor tipo LA-78.

El objeto del proyecto es garantizar el suministro a las localidades de Castrofuerte, Villaornate, Campazas, Carbajal de Fuentes, Fuentes de Carbajal, Villabraz, Castilfalé y Valdemora. También pretende garantizar el abastecimiento a los abonados particulares conectados en alta tensión a las líneas aéreas de media tensión de «Bracas-Campazas» y «Derivación a Carbajal».

El trazado de la línea lo componen 36 apoyos (apoyo 0 al 35), presentando tres alineaciones que forman un ángulo de 175,5.º sexagesimales el primero, 178.º sexagesimales el segundo y 145,3.º sexagesimales el tercero. Para el tendido se planifica utilizar apoyos metálicos tipo C-4500-16 (2 unidades), C-2000-14 (2 unidades), C-3000-14 (3 unidades) y postes de hormigón vibrado tipo HV-630-13 (19 unidades) y HV-630-15 (10 unidades).

El proyecto presenta trece cruzamientos, de los cuales tres son sobre la carretera LE-7605, cuatro en desagües (denominados la Pardala, las Moranas , y dos veces en la Fontana ), una senda peatonal y cinco caminos.

En el apoyo n.º 1 se colocará un órgano de corte en red «OCR» con función seccionalizadora, telemandada y mando manual, para una tensión asignada de 24 kV y una intensidad de 630 A. En el apoyo n.º 35 se instalará un juego de tres seccionadores unipolares de 24 kV.

El tipo de aislamiento será por cadenas de aisladores de vidrio U-70-BS, nivel de aislamiento II. Dos aisladores en cadena de suspensión y dos para amarre. Los conductores de conexión a toma de tierra serán de cable de cobre de 50 mm 2 y contacto eléctrico perfecto, cumpliendo la ITC-LAT07.

El sistema de salvapájaros que se diseña para la línea serán espirales de 30 cm de diámetro por un metro de longitud (dimensiones mínimas). Se planifica la instalación de varios desactivadores de nidos para evitar que las aves aniden, y estará formado por un dispositivo de medio metro de altura dotado de una hélice de acero inoxidable que provoca emisiones luminosas al reflectar la luz.

La maquinaria a emplear para la ejecución del proyecto estará constituida principalmente por grúas y camiones para transportar materiales y hormigoneras. Así como, maquinaria específica para el montaje de los apoyos, el tendido de cableado y sus equipos.

ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL

La zona de acción del proyecto se sitúa al sureste de la provincia de León, perteneciendo a la comarca conocida como «Oteros-Campos» , en los términos municipales de Campazas y Fuentes de Carbajal.

El proyecto se desarrolla íntegramente dentro de la zona delimitada como ZEPA (ES0000194) «Oteros-Campos» , sus valores ambientales principales están ligados a aves esteparias. El paisaje afectado se caracteriza por una alternancia entre grandes zonas llanas cultivadas, mayoritariamente de secano y pequeñas colinas con zonas de paramera y matorral.

La cuenca visual del tendido eléctrico es muy amplia debido a las características del relieve. Dicha línea se verá a lo largo de toda la carretera LE-7605, siendo paralela en la mayoría de su recorrido.

En el término de Campazas, la ocupación de los terrenos necesarios para la implantación de apoyos es de 18 m 2 , de los que 3 m 2 corresponden a parcelas de regadío, y el resto a parcelas de secano (15 m 2 ).

La ocupación de terrenos en el término municipal de Fuentes de Carbajal es de 25 m 2 , todos ellos en parcelas de secano.

El estudio de impacto ambiental contempla tres alternativas:

* Alternativa 0: La no construcción de la línea.

* Alternativa 1: Construcción de la línea aérea.

* Alternativa 2: Construcción de la línea soterrada.

La opción de soterramiento de la línea es más adecuada para canalizaciones que se dirijan hacia infraestructuras más apropiadas como las localizadas en zonas urbanas, que requieran arquetas, impermeabilizaciones, etc. Estas infraestructuras están y existen en las propias ciudades o núcleos urbanos.

En el caso particular, la línea proyectada discurrirá por zonas agrícolas, por lo que para su realización y por los costes que conlleva aparejados, la alternativa de soterramiento no se considera viable. Por ello, el proyectista elige la propuesta de realizar la línea eléctrica en aéreo, siendo la alternativa 1 la elegida por el promotor.

En el estudio de impacto ambiental las acciones del proyecto con capacidad para generar impactos ambientales, negativos o positivos son desarrolladas en dos fases:

* Fase de construcción: Cuyas acciones son las derivadas del transporte y tráfico de maquinaria, y la ejecución del tendido (cimentaciones, apoyos y cableado).

* Fase de explotación: Que le corresponde las acciones de presencia física de la línea (intrusión paisajística, riesgo de choques y electrocuciones) y las emisiones electromagnéticas.

En la fase de construcción se producen impactos derivados del uso de la maquinaria sobre la atmósfera que en el caso del ruido se califican como moderados. También

se originan impactos moderados sobre los suelos por la ocupación de los mismos considerando el valor de este componente en el ecosistema aunque la superficie a ocupar no sea extensa.

En la fase de explotación se produce un impacto moderado sobre el paisaje y severo sobre la fauna debido al riesgo de electrocuciones y colisiones, que admite medidas correctoras.

Sobre el medio socioeconómico se origina un impacto negativo por las expropiaciones y positivo sobre la calidad de la vida y el desarrollo económico de los núcleos urbanos al garantizarles energía eléctrica, indispensable tanto para el desarrollo de la vida cotidiana como para el desarrollo económico.

Las principales medidas correctoras que propone el estudio de impacto ambiental son, entre otras, las siguientes:

* Durante la fase de construcción se regarán las zonas de obras, cuando sea necesario, con el fin de evitar la producción de polvo debido a los movimientos de tierra y circulación de la maquinaria pesada.

* Los suelos se retirarán de manera selectiva, reservándolos para su...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR