ORDEN FYM/296/2016, de 8 de abril, por la que se dicta la Declaración de Impacto Ambiental sobre el proyecto de 'Explotación porcina de 3.000 cerdos de cebo', en el término municipal de Santa María del Campo (Burgos).

SecciónIV - Otras Disposiciones y Acuerdos
EmisorConsejeria Economia y Hacienda
Rango de LeyOrden

El titular de la Consejería de Fomento y Medio Ambiente, en virtud de las atribuciones conferidas por el artículo 52 del texto refundido de la Ley de Prevención Ambiental de Castilla y León, aprobado por Decreto Legislativo 1/2015, de 12 de noviembre, es el órgano administrativo de medio ambiente competente para ejercer, en el ámbito territorial de la Comunidad de Castilla y León, las funciones fijadas para dicho órgano por el artículo 11.2 de la Ley 21/2013, de 9 de diciembre, de Evaluación Ambiental, en relación con los proyectos que deban ser autorizados o aprobados por la Administración de la Comunidad de Castilla y León.

El proyecto de referencia se somete al procedimiento de evaluación de impacto ambiental ordinaria en aplicación de lo dispuesto en el artículo 7.1 de la Ley 21/2013, de 9 de diciembre, de Evaluación Ambiental, al estar incluido en el Grupo 1. Ganadería, del Anexo I de la citada ley en concreto en el apartado a) Instalaciones destinadas a la cría de animales en explotaciones ganaderas reguladas por el Real Decreto 348/2000, de 10 de marzo, por el que se incorpora al ordenamiento jurídico la Directiva 98/58/CE, relativa a la protección de los animales en las explotaciones ganaderas y que superen las siguientes capacidades: 3.º 2.000 plazas para cerdos de engorde.

Considerando adecuadamente tramitado el expediente, de acuerdo con el procedimiento establecido en la normativa de aplicación anteriormente citada, vista la propuesta de la Comisión Territorial de Medio Ambiente y Urbanismo de Burgos, y a iniciativa de la Dirección General de Calidad y Sostenibilidad Ambiental,

RESUELVO

Dictar la declaración de impacto ambiental sobre el proyecto de «explotación porcina de 3.000 cerdos de cebo», en el término municipal de Santa María del Campo (Burgos), promovido por D. Miguel Santiuste Ruiz-Rozas, que figura como Anexo.

En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 59 del texto refundido de la Ley de Prevención Ambiental de Castilla y León, aprobado por Decreto Legislativo 1/2015, de 12 de noviembre, esta declaración de impacto ambiental se comunicará al órgano sustantivo para que sea incluida entre las condiciones de la autorización, al promotor, a los interesados, al Ayuntamiento afectado por el proyecto, y se hará pública en el «Boletín Oficial de Castilla y León», para general conocimiento.

Valladolid, 8 de abril de 2016.

El Consejero,

Fdo.: J uan C arlos s uárez -Q uiñones F ernández

ANEXO

DECLARACIÓN DE IMPACTO AMBIENTAL SOBRE EL PROYECTO

DE «EXPLOTACIÓN PORCINA DE 3.000 CERDOS DE CEBO», EN EL TÉRMINO MUNICIPAL DE SANTA MARÍA DEL CAMPO (BURGOS)

DESCRIPCIÓN DEL PROYECTO

El proyecto evaluado contempla la instalación de una explotación porcina, con una capacidad de 3.000 plazas de cebo. Se localiza en parcela n.º 1.203, del polígono 1, del término municipal de Santa María del Campo (Burgos) con una superficie de 42.750 m 2 .

Se construirán dos naves idénticas, de 96,93 x 14,82 metros. Cada nave se distribuirá en salas divididas en parques y se dedicará al alojamiento cerdos de cebo.

Se dispondrá de lazareto en el interior de cada una de las dos naves, para el aislamiento de animales sospechosos de padecer enfermedades contagiosas.

Existirá un edificio rectangular de una planta, destinado a implementar las necesidades de oficina, vestuarios, aseos y almacén, la superficie prevista es de 46,24 m 2 .

Se proyecta la instalación de una balsa de almacenamiento de purines de 3.230 m 3

de capacidad, impermeabilizada mediante lámina de 1,50 mm de espesor. La profundidad será de 3,00 metros.

Toda la explotación se cercará, mediante malla metálica de 1,50 metros de altura.

Se instalará un vado sanitario compuesto de rotiluvio y sistemas de desinfección para realizar labores de limpieza y desinfección de todos los vehículos que entren y salgan de la explotación.

La parcela cuenta con acceso desde la carretera local BU-P-1012, a través de caminos existentes.

El proyecto indica que, para la obtención de agua potable, se ejecutará un sondeo en la propia parcela, con un consumo estimado de 10.162 m 3 anuales, para lo que, según el informe de Confederación Hidrográfica del Duero, no consta la existencia de ninguna concesión de aguas.

El suministro eléctrico dependerá de un grupo electrógeno dentro de la explotación.

Para el llenado de la granja, se harán lotes de animales según la capacidad de la nave.

La ocupación en la nave de cada lote es de 16 semanas, de las cuales una se dedica a limpieza y desinfección, por lo que se consiguen 3,26 ciclos al año. El peso de entrada de los animales es de 20 Kg y el de salida de 100 kg. Se consiguen por lo tanto, 3,26 ciclos al año.

Las deyecciones ganaderas serán objeto de valorización agrícola conforme a un Plan de gestión de las deyecciones ganaderas. Las deyecciones producidas por los animales se depositarán en la balsa de almacenamiento exterior, de 3.230 m 3 . La balsa tiene capacidad suficiente para las deyecciones acumuladas durante más de 3 meses. De forma periódica

se esparcirán a modo de abono por el conjunto de fincas comprometidas para ello, que suponen una superficie total de 91,27 hectáreas.

Respecto a los cadáveres de las bajas de efectivos de la explotación, así como los restos de medicamentos, envases, y similares, se recurrirá a un gestor autorizado a través de la formalización de un contrato.

El proyecto no se encuentra en zona designada como vulnerable a la contaminación de las aguas por nitratos procedentes de fuentes de origen agrícola y ganadero, si bien debe contar con autorización ambiental.

ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL

El estudio de impacto ambiental realiza una descripción del medio, valora los impactos tanto en la fase de construcción como de explotación y propone una serie de medidas protectoras y correctoras para evitar o mitigar las afecciones producidas en el medio ambiente.

El estudio concluye que el impacto en todos los casos es moderado y su incidencia puede disminuir con las medidas correctoras propuestas.

El programa de vigilancia ambiental incluido en el estudio de impacto ambiental plantea el seguimiento de las medidas protectoras y correctoras contenidas en el estudio. Dicho programa permitirá medir la eficacia de las medidas correctoras propuestas y adoptar otras nuevas si fuese necesario.

TRAMITACIÓN Y ANÁLISIS TÉCNICO DEL EXPEDIENTE

Solicitud de inicio del procedimiento. Con fecha 25 de agosto de 2015, tiene entrada en el órgano sustantivo, en este caso la Delegación Territorial de la Junta de Castilla y León en Burgos, solicitud de inicio del procedimiento de autorización ambiental y de evaluación de impacto ambiental, acompañada del proyecto y del estudio de impacto ambiental ambos de julio de 2015.

Con fecha 13 de enero de 2016, se recibe en el Servicio Territorial de Medio Ambiente de Burgos el expediente completo de evaluación de impacto ambiental procediéndose al análisis técnico del mismo.

Información pública. En cumplimiento de lo establecido en el artículo 36.1 de la Ley 21/2013, de 11 de diciembre, de Evaluación Ambiental, el estudio de impacto ambiental, fue sometido por la Delegación Territorial de la Junta de Castilla y León en Burgos, conjuntamente con el proyecto de autorización ambiental, al correspondiente trámite de información pública. El anuncio se publicó en el «Boletín Oficial de Castilla y León» n.º 199, de 14 de octubre de 2015, no habiéndose presentado alegaciones.

Consulta a las Administraciones públicas afectadas y personas interesadas. De acuerdo con lo establecido en el artículo 37 de la Ley 21/2013, de 9 de diciembre, de Evaluación Ambiental, han sido consultadas las siguientes...

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