ORDEN FYM/292/2019, de 19 de marzo, por la que se aprueba definitivamente la modificación del Plan General de Ordenación Urbana de Segovia, relativa a las Ordenanzas 14 y 15 de equipamiento público y privado.

SecciónVI - Anuncios
Rango de LeyOrden

VISTO el expediente relativo a la Modificación del Plan General de Ordenación Urbana (en adelante PGOU) de Segovia, relativa a las Ordenanzas 14 y 15 de equipamiento público y privado, los siguientes son sus:

ANTECEDENTES DE HECHO

Primero.- El Término Municipal de Segovia se encuentra ordenado por un Plan General de Ordenación Urbana, cuya Revisión para su adaptación a la Ley 5/1999, de Urbanismo de Castilla y León y al Reglamento de Urbanismo, fue aprobada definitivamente de forma parcial a través de la Orden FOM/2113/2007, de 27 de diciembre de (B.O.C. y L. de 3 de enero de 2008), quedando suspendida la aprobación en los siguientes ámbitos:

  1. Los cinco ámbitos en los que se aprecian contradicciones con las Directrices de Ordenación del Territorio de Segovia y Entorno, delimitados en el artículo 107 del documento de Normas Urbanísticas.

  2. El ámbito previsto para el nuevo Plan Especial de las Áreas Históricas de Segovia.

  3. En las zonas fuera del ámbito señalado en el apartado anterior en las que se sitúen yacimientos arqueológicos, bienes catalogados u otros bienes objeto de protección cultural.

    En todas estas zonas resultaba aplicable durante dicho período transitorio el marco constituido por el Plan General de 1984.

    A través de la Orden FYM/73/2013, de 8 de enero, se levanta la suspensión parcial acordada por la Orden FOM/2113/2007 de 27 de diciembre, concretamente en el ámbito del Plan Especial de las Áreas Históricas y en las zonas fuera de dicho ámbito en las que se sitúen yacimiento arqueológicos, bienes catalogados u otros bienes objeto de protección cultural.

    Segundo.- El objeto de la modificación propuesta es flexibilizar los parámetros urbanísticos de altura y edificabilidad para los niveles b y c de los equipamientos públicos regulados en la ordenanza 14 del PGOU de Segovia, clarificar algunos preceptos que resulta necesario ajustar para una mejor comprensión de esa ordenanza, así como individualizar la ordenanza 15, que estaba unida a la ordenanza 14 en el planeamiento previo por su propia redacción, puesto que los parámetros de la ordenanza 15 no se modifican.

    Tercero.- Con fecha 23 de junio de 2016 tiene entrada en el Ayuntamiento de Segovia proyecto técnico de modificación del PGOU, presentado por D. Andrés Jiménez Sanz, por encargo del Ayuntamiento de Segovia.

    Con fecha 13 de marzo de 2018, se emite informe favorable del Servicio de Urbanismo del Ayuntamiento de Segovia, con lo que, la Comisión Informativa de Urbanismo, Obras y Servicios acuerda, en sesión celebrada el 18 de marzo de 2018, proponer al Pleno la aprobación inicial de la modificación. Así, en sesión del Pleno celebrada el 2 de diciembre de 2016 se acuerda la aprobación inicial de la Modificación del PGOU de Segovia, relativa a las Ordenanzas 14 y 15 de equipamiento público y privado, así como la apertura de un período de información pública de dos meses, que fue anunciada en la edición de El Norte de Castilla de 20 de diciembre de 2016, en el B.O.C. y L. n.º 240/2016 de 15 de diciembre, en el Tablón de Edictos del Ayuntamiento de Segovia desde el 20 de diciembre de 2016, así como en la web www.jcyl.es/plau y www.sede.segovia.es .

    En dicho período presenta alegaciones Almerimar, S.A.

    Cuarto.- Como resultado de la solicitud de los informes preceptivos se emiten los siguientes, con entrada en el Registro del Ayuntamiento en las fechas que se señalan:

    - Informe de la Dirección General de Vivienda, Arquitectura y Urbanismo. (14 de febrero de 2017).

    - Informe de la Subdelegación del Gobierno (1 de diciembre de 2016).

    - Informe de la Diputación Provincial de Segovia (19 de junio de 2018).

    - Informe de la Comisión de Patrimonio Cultural de Castilla y León (4 de enero de 2017 y 28 de junio de 2017).

    - Confederación Hidrográfica del Duero (18 de enero de 2017).

    - Informe del Ministerio de Industria, Turismo y Agenda Digital de 29 de diciembre 2016.

    La falta de solicitud de informe a la Agencia de Protección Civil, se justifica en las páginas 31 de la Memoria Vinculante.

    Quinto.- El Pleno del Ayuntamiento de Segovia acuerda, en sesión celebrada el 30 de noviembre de 2018 acuerda:

    - Resolver la alegación presentada por ALMERIMAR, S.A.

    - Aprobar provisionalmente la Modificación de las Ordenanzas 14 «Equipamiento Público» y 15 «Equipamiento Privado» del PGOU de Segovia.

    - La remisión del expediente a la Consejería de Fomento y Medio Ambiente de la Junta de Castilla y León para su aprobación definitiva.

    Sexto.- Con fecha 26 de diciembre de 2018 tuvo entrada en el Registro Único de las Consejerías de Agricultura y Ganadería y de Fomento y Medio Ambiente, la documentación del expediente administrativo a efectos de su aprobación definitiva. Se presentan tres ejemplares diligenciados en papel y tres en soporte digital.

    Analizada la documentación, con fecha 11 de febrero de 2019, se requiere al Ayuntamiento de Ávila para que subsane las siguientes deficiencias:

    - Informe del Ministerio competente en materia de telecomunicaciones o justificación de la falta de afección al despliegue de las comunicaciones electrónicas.

    - La realización de consulta a la Dirección de Calidad y Sostenibilidad Ambiental sobre el trámite ambiental a seguir.

    Se aporta informe del Ministerio de Industria, Turismo y Agenda Digital de 29 de diciembre 2016 y consulta con fecha de 15 de febrero de 2019, obteniendo contestación el 25 de febrero de 2019, en la que se considera que «no es previsible que pueda tener efectos sobre el medio ambiente, por lo que no se puede incluir dentro del ámbito de aplicación de la Ley 21/2013, de 9 de diciembre, de Evaluación Ambiental» .

    El Servicio de Urbanismo emite sendos informes técnico y jurídico el 15 de enero y el 11 de febrero de 2019, respectivamente, con base en los cuales el 19 de febrero de 2019 la Dirección General de Vivienda, Arquitectura y Urbanismo formula propuesta, que somete al parecer del Consejo de Medio Ambiente, Urbanismo y Ordenación del Territorio el cual, en sesión celebrada el 28 de febrero de 2019, acuerda por unanimidad informar favorablemente la aprobación definitiva de la Modificación del PGOU de Segovia relativa a las Ordenanzas 14 y 15 de equipamiento público y privado.

    FUNDAMENTOS DE DERECHO

    1. La aprobación definitiva de la presente Modificación del PGOU de Segovia, afecta, a determinaciones de ordenación general, de acuerdo con lo establecido en los Art. 41 de la LUCyL y Art. 80.3 del RUCyL.

      Se trata de una modificación del planeamiento que, de acuerdo con el Art. 58.3, de la LUCyL, «se ajustará al procedimiento establecido para su primera aprobación» , lo cual nos remite al Art. 52.4, relativo a «los informes exigidos por la legislación sectorial del Estado y...

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