ORDEN FYM/233/2015, de 13 de marzo, por la que se modifica la Orden de 5 de julio de 2010, de la Consejería de Medio Ambiente, por la que se concede autorización ambiental para centro de tratamiento de residuos sólidos urbanos ubicados en Zamora, titularidad del Consorcio Provincial Regulador para Gestión de los Residuos Urbanos de la provincia de Zamora, como consecuencia de la Modificación No Sustancial 5 (MNS n.º 5).

SecciónIV - Otras Disposiciones y Acuerdos
EmisorConsejeria de Agricultura y Ganaderia
Rango de LeyOrden

Vista la comunicación de CONSORCIO PROVINCIAL REGULADOR PARA LA GESTIÓN DE LOS RESIDUOS URBANOS DE LA PROVINCIA DE ZAMORA, de modificación no sustancial (MNS 5) del centro de tratamiento de residuos ubicado en el término municipal de Zamora y teniendo en cuenta los siguientes:

ANTECEDENTES DE HECHO

Primero.- El Centro de tratamiento de residuos urbanos, situado en el término municipal de Zamora, titularidad de CONSORCIO PROVINCIAL REGULADOR PARA LA GESTIÓN DE LOS RESIDUOS URBANOS DE LA PROVINCIA DE ZAMORA, se encuentra en funcionamiento, afectado por las siguientes disposiciones relativas a la autorización ambiental:

* Orden de 5 de julio de 2010 de la Consejería de Medio Ambiente de autorización ambiental al Consorcio Provincial Regulador para la Gestión de Residuos Urbanos de la provincia de Zamora para el Centro de Tratamiento de Residuos Sólidos Urbanos, ubicado en el término municipal de Zamora. («B.O.C. y L.» n.º 142, de 26 de julio de 2010).

* Orden de 7 de septiembre de 2012, de la Consejería de Fomento y Medio Ambiente por la que se resuelve el recurso de reposición interpuesto por D. Aurelio Tomás Fernández en representación del Consorcio Provincial Regulador para la Gestión de Residuos Urbanos de la provincia de Zamora contra la Orden de 5 de julio de 2010 de la Consejería de Medio Ambiente por la que se concede a dicho Consorcio, autorización ambiental, para el centro de tratamiento de residuos urbanos ubicado en el término municipal de Zamora. («B.O.C. y L.» n.º 189, de 1 de octubre de 2012).

* Orden FYM/973/2012, de 26 de octubre, por la que se consideran como modificaciones no sustanciales n.º 1 y 2, las revisiones de los controles del ruido y de las condiciones de vertido, en el Centro de Tratamiento de Residuos Urbanos en el término municipal de Zamora, titularidad del Consorcio Provincial Regulador para la Gestión de Residuos Urbanos de la provincia de Zamora y se modifica la Orden de 5 de julio de 2010, de la Consejería de Medio Ambiente

por la que se concede autorización ambiental a dicha instalación. («B.O.C. y L.» n.º 226, de 23 de noviembre de 2012).

* Orden FYM/688/2013, de 30 de julio, por la que se modifica la Orden de 5 de julio de 2010, de la Consejería de Medio Ambiente, por la que se concede autorización ambiental al Consorcio Provincial Regulador para la Gestión de Residuos Urbanos de la provincia de Zamora para el Centro de Tratamiento de Residuos Sólidos Urbanos, ubicado en el término municipal de Zamora, como consecuencia la Modificación No Sustancial 4 (MNS N.º 4). («B.O.C. y L.» n.º 167, de 30 de agosto de 2013).

* Orden FYM/49/2014, de 3 de enero, sobre actualización de autorizaciones ambientales integradas en Castilla y León. («B.O.C. y L.» n.º 27, de 10 de febrero de 2014).

Segundo.- El 26 de noviembre de 2014, el CONSORCIO PROVINCIAL REGULADOR PARA LA GESTIÓN DE RESIDUOS URBANOS DE LA PROVINCIA DE ZAMORA notifica a la Consejería de Fomento y Medio Ambiente, una modificación no sustancial (MNS N.º 5) consistente en la inclusión, en la autorización ambiental, del residuo «disolvente orgánico no halogenado» con código LER 140603* procedente de las labores de mantenimiento de la maquinaria. Se adjunta documento de aceptación de residuo peligroso por parte de gestor autorizado.

Tercero.- El Servicio de Prevención Ambiental y Cambio Climático solicita informe al respecto al Servicio Territorial de Medio Ambiente de Zamora; quien lo emite con fecha 8 de enero de 2015.

Cuarto.- Vista la documentación aportada por el titular y el informe antes referido, el Servicio de Prevención Ambiental y Cambio Climático, con fecha 9 de febrero de 2015, informa que, la inclusión del Disolvente orgánico no halogenado con el código LER 140603*, en la relación de residuos que se generan en el centro de...

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