ORDEN FYM/1437/2018, de 4 de abril, por la que se formula la declaración ambiental estratégica de las Normas Urbanísticas Municipales de Vega de Espinareda (León), promovidas por el Ayuntamiento.

SecciónVI - Anuncios
Rango de LeyOrden

El titular de la Consejería de Fomento y Medio Ambiente, en virtud de las atribuciones conferidas por el apartado 2 de la disposición adicional segunda del Decreto Legislativo 1/2015, de 12 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Prevención Ambiental de Castilla y León, es el órgano administrativo de medio ambiente competente para ejercer, en el ámbito territorial de la Comunidad de Castilla y León, las funciones fijadas para dicho órgano por el artículo 11 de la Ley 21/2013, de 9 de diciembre, de Evaluación Ambiental, en relación con los planes o programas que deban ser autorizados o aprobados por la Administración de la Comunidad Autónoma o por la Administración Local de Castilla y León.

Las Normas Urbanísticas Municipales de referencia se someten al procedimiento de evaluación ambiental estratégica ordinaria en aplicación de lo dispuesto en los artículos 6.1.a) y 6.1.b) de la citada Ley 21/2013, de 9 de diciembre, puesto que establecen el marco para la futura autorización de proyectos legalmente sometidos a evaluación de impacto ambiental.

Considerando adecuadamente tramitado el expediente, de acuerdo con el procedimiento establecido en la normativa de aplicación anteriormente citada, y a iniciativa de la Dirección General de Calidad y Sostenibilidad Ambiental,

RESUELVO

Formular la declaración ambiental estratégica de las Normas Urbanísticas Municipales de Vega de Espinareda (León), promovidas por el Ayuntamiento, que figura como Anexo.

En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 25 de la Ley 21/2013 de 9 de diciembre, de Evaluación Ambiental esta declaración ambiental estratégica se hará pública en el Boletín Oficial de Castilla y León, para general conocimiento.

Valladolid, 4 de abril de 2018.

El Consejero de Fomento y Medio Ambiente,

Fdo.: Juan Carlos Suárez-Quiñones Fernández

ANEXO

DECLARACIÓN AMBIENTAL ESTRATÉGICA DE LAS NORMAS URBANÍSTICAS MUNICIPALES DE VEGA DE ESPINAREDA (LEÓN), PROMOVIDAS POR EL AYUNTAMIENTO

DESCRIPCIÓN DE LAS NORMAS URBANÍSTICAS MUNICIPALES

El objetivo de las futuras Normas Urbanísticas Municipales consiste en proporcionar un nuevo instrumento de planeamiento general adecuado al marco normativo establecido por la Ley y el Reglamento de Urbanismo de Castilla y León, y adaptar la normativa a las características y aptitudes del territorio.

Vega de Espinareda es uno de los municipios de mayor población y desarrollo del Espacio Natural Protegido de la Sierra de Ancares. Se trata por lo tanto de una localidad que ejerce una función de cabecera comarcal en el sentido de estar actuando como aglutinador de la población del medio rural circundante.

El sector económico más relevante, además del primario, es el basado en el turismo aprovechando las cualidades de la Sierra de Ancares. Las Normas Urbanísticas se basan en la potenciación de las cualidades medioambientales, etnográficas y culturales de este espacio y hacen una clara apuesta por la conservación y protección del medio rural.

El Espacio Natural Protegido se sitúa en el extremo nororiental del término municipal e incluye los núcleos de población de Burbia, Penoselo, Villar de Otero, Moreda y San Martín de Moreda. Estos núcleos de población son, por otro lado, los más rurales y con mayor valor etnográfico y cultural.

Por otro lado se encuentra la cabecera municipal de Vega de Espinareda, fuera del ámbito del Espacio Natural, que forma un continuo urbano con el núcleo de Sésamo y muy próximos a ellos, Espinareda de Vega y El Espino. Se trata de núcleos de población mucho más desarrollados donde se ha impuesto una tipología edificatoria más contemporánea y una morfología urbana menos rural.

Valle de Finolledo es un núcleo que se encuentra entre ambas situaciones lo que se aprecia en su propia estructura urbana y la mezcla de sus edificaciones.

El modelo territorial propuesto pretende poner de relieve esta realidad de la zona protegida y la zona no protegida. Por ello se ha previsto una normativa, tanto en suelo rústico como en el suelo urbano, que resulta mucho más restrictiva y conservadora en la zona de los núcleos rurales protegidos con el objeto de preservar, en la medida de lo posible, sus valores etnográficos.

El término municipal de Vega de Espinareda tiene reconocidos valores naturales en toda su extensión, vegetación y fauna singulares que requieren su conservación, compatibilizando la protección con las actividades y aprovechamientos tradicionales y el desarrollo económico y social. De hecho el término municipal de Vega de Espinareda se encuentra parcialmente incluido dentro de la Reserva de la Biosfera de los Ancares Leoneses declarada por la UNESCO, y también en la Red Natura 2000, zonas especiales de conservación (ZEC) y zonas de especial protección para las aves (ZEPA), además de incluir el...

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