ORDEN FYM/1299/2019, de 11 de diciembre, por la que se formula el informe ambiental estratégico de la Modificación Puntual del Plan General de Ordenación Urbana de Burgos, en el kilómetro 106 de la carretera de Logroño N-120, promovido por «Kronospan, S.L.».

SecciónVI - Anuncios
Rango de LeyOrden

La Ley 21/2013, de 9 de diciembre, de Evaluación Ambiental, recoge en su artículo 6.2 los planes y programas que deben ser sometidos a evaluación ambiental estratégica simplificada, a los efectos de poder determinar que dichos planes y programas no tendrán efectos significativos sobre el medio ambiente, en los términos establecidos en el informe ambiental estratégico, o bien que los mismos deben someterse a una evaluación ambiental estratégica ordinaria porque podrían tener efectos significativos sobre el medio ambiente.

La modificación puntual del Plan General de Ordenación Urbana de Burgos, en el kilómetro 106 de la carretera de Logroño N-120, se encuentra encuadrada en el citado artículo 6.2 de la Ley 21/2013, de 9 de diciembre.

Dicho artículo 6.2 especifica que, entre otros supuestos, las modificaciones menores de los planes y programas mencionados en el artículo 6.1 serán objeto de una evaluación estratégica simplificada, cuyo procedimiento se regula en los artículos 29 a 32, y de conformidad con los criterios establecidos en el Anexo V.

A su vez, el artículo 5.2.f) de la Ley de Evaluación Ambiental define como modificaciones menores los cambios en las características de los planes o programas ya adoptados o aprobados que no constituyen variaciones fundamentales de las estrategias, directrices y propuestas o de su cronología pero que producen diferencias en los efectos previstos o en la zona de influencia.

La Consejería de Fomento y Medio Ambiente es competente para dictar la presente Orden de conformidad con lo dispuesto en el apartado 2 de la disposición adicional segunda del Decreto Legislativo 1/2015, de 12 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Prevención Ambiental de Castilla y León.

  1. - Objeto y descripción del plan o programa.

    El planeamiento vigente en el municipio de Burgos es un Plan General de Ordenación Urbana, en adelante PGOU, cuya Revisión y Adaptación se aprobó definitivamente de forma parcial por Orden FYM/221/2014, de 28 de marzo, publicada en el B.O.C. y L. n.º 70, de 10 de abril de 2014. El levantamiento de la suspensión parcial y por tanto la aprobación definitiva de la Revisión del PGOU de Burgos en el ámbito suspendido afectado por la Demarcación de Carreteras del Estado en Castilla y León Oriental se

    aprobó por Orden FYM/1152/2017, de 12 de diciembre, publicada en el B.O.C. y L. n.º 248, de 29 de diciembre de 2017.

    La modificación puntual tiene por objeto cambiar la delimitación del sistema general viario constituido por la carretera nacional N-120 a su paso por el polígono industrial de Castañares. Dicho cambio consiste en la delimitación de una glorieta de nueva creación, así como la modificación de los accesos que se localizan en el punto kilométrico 106 de la carretera nacional N-120, afectando tanto a suelo urbano como a suelo rústico con protección de infraestructuras.

    La justificación de la modificación del...

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