ORDEN FYM/1200/2017, de 19 de diciembre, por la que se autoriza la inclusión-exclusión de terrenos en los montes «La Solanilla» y «Dehesa de Abajo» números 145 y 7, respectivamente, del Catálogo de los de Utilidad Pública de la provincia de Salamanca, pertenecientes al Ayuntamiento de El Cerro, sitos en su término municipal.

SecciónVI - Anuncios
EmisorConsejeria de Educacion
Rango de LeyOrden

Examinado el expediente SA-IE-0074/17, instruido por el Servicio Territorial de Medio Ambiente de Salamanca a petición del Ayuntamiento de El Cerro, de inclusiónexclusión de terrenos de los montes «La Solanilla» y «Dehesa de Abajo» números 145 y 7, respectivamente, del Catálogo de Montes de Utilidad Pública de la provincia de Salamanca, pertenecientes al Ayuntamiento de El Cerro y sitos en su término municipal, del cual son los siguientes sus:

ANTECEDENTES DE HECHO

Primero.- Con fecha de registro de entrada en la Delegación Territorial de la Junta de Castilla y León en Salamanca de 20 de diciembre de 2016 se recibe un escrito del Ayuntamiento de El Cerro en el que solicita la permuta de la parcela catastral n.º 137 del polÃgono 9 del monte n.º 7 por la parcela 38 del polÃgono 4. Por otro lado, en dicho escrito también se solicita excluir parte de la parcela 370 del polÃgono 4, de unas 10 hectáreas, e incluirla en el monte «La Solanilla» n.º 145, igualmente propiedad de dicho Ayuntamiento.

Segundo.- Con fecha 17 de julio de 2017 la Sección Territorial de Ordenación y Mejora II del Servicio Territorial de Medio Ambiente de Salamanca elabora una memoria sobre la inclusión-exclusión solicitada, detallando las parcelas a incluir al monte de Utilidad Pública n.º 145 del modo siguiente:

POLÍGONO PARCELA Sup. (ha)

4

7

1,0915

4

23

0,3894

4

24

0,4916

4

32

0,4626

4

33

1,0035

4

34

0,4745

4

35

0,3588

4

37

0,1465

4

38

0,7340

4

42

0,4439

4

43

0,1846

4

218

1,1587

4

370

10,2780

Superficie total

17,2176

Estas parcelas son terrenos patrimoniales del Ayuntamiento de El Cerro, a excepción de la parcela n.º 370 que forma parte del monte de U.P. n.º 7 y que, con el fin conseguir una mejora en su gestión, se agrega al monte 145.

Por su parte, los terrenos a excluir, todos del monte n.º 7, son los que constan en la tabla siguiente:

POLÍGONO PARCELA Sup (ha)

9

137

0,583

4

9002

0,813

4

370

10,278

Superficie total

11,674

La parcela 370 del polÃgono 4 es la citada en la primera tabla; además, se excluye la parte de la carretera que, una vez aprobada la inclusión-exclusión, limitará con ambos montes (parte de la parcela 9002 del polÃgono 4), asà como, la parcela n.º 137 del polÃgono 9 que supone un saliente del monte, lo que permitirá facilitar su gestión.

Se indica también en la memoria que, como consecuencia de la inclusión-exclusión que se apruebe, deberán reubicarse los mojones del monte, cuya nueva ubicación detalla. Por otro lado se señala que, con la exclusión de la parcela 137 del polÃgono 9, habrá que eliminar los mojones números 294 al 313, ambos inclusive, situándose la lÃnea perimetral del monte en la unión de los mojones 293 al 314.

Por último, la memoria termina proponiendo la modificación de los datos de ambos montes en el Catálogo que, caso de aprobarse la inclusión-exclusión, quedarÃan del modo siguiente:

MUP N.º 7: «Dehesa de Abajo»

* Superficie Pública: 179,8106 ha.

* Enclavados: Uno con una superficie de 1,6417 ha.

* Superficie Total: 181,4523 ha.

* LÃmites:

- Parcela I:

Norte: Carretera de Lagunilla...

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