ORDEN FYM/112/2019, de 4 de febrero, por la que se formula el informe ambiental estratégico de la Modificación Puntual n.º 4 de las Normas Subsidiarias de Ardón (León), promovida por la Junta Vecinal de Villalobar.

SecciónVI - Anuncios
Rango de LeyOrden

La Ley 21/2013, de 9 de diciembre, de Evaluación Ambiental, recoge en su artículo 6.2 los planes y programas que deben ser sometidos a evaluación ambiental estratégica simplificada, a los efectos de poder determinar que dichos planes y programas no tendrán efectos significativos sobre el medio ambiente, en los términos establecidos en el informe ambiental estratégico, o bien que los mismos deben someterse a una evaluación ambiental estratégica ordinaria porque podrían tener efectos significativos sobre el medio ambiente.

La modificación puntual n.º 4 de las Normas Subsidiarias de Ardón (León), se encuentra encuadrada en el citado artículo 6.2 de la Ley 21/2013, de 9 de diciembre.

Dicho artículo 6.2 especifica que, entre otros supuestos, las modificaciones menores de los planes y programas mencionados en el artículo 6.1 serán objeto de una evaluación estratégica simplificada, cuyo procedimiento se regula en los artículos 29 a 32, y de conformidad con los criterios establecidos en el Anexo V.

A su vez, el artículo 5.2.f) de la Ley de Evaluación Ambiental define como modificaciones menores los cambios en las características de los planes o programas ya adoptados o aprobados que no constituyen variaciones fundamentales de las estrategias, directrices y propuestas o de su cronología pero que producen diferencias en los efectos previstos o en la zona de influencia.

La Consejería de Fomento y Medio Ambiente es competente para dictar la presente orden de conformidad con lo dispuesto en el apartado 2 de la disposición adicional segunda del Decreto Legislativo 1/2015, de 12 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Prevención Ambiental de Castilla y León.

  1. - Objeto y descripción del plan o programa.

    El planeamiento vigente en el municipio de Ardón son unas Normas Subsidiarias aprobadas por Acuerdo de la Comisión Provincial de Urbanismo de León de 5 de diciembre de 1991, y publicadas en el Boletín Oficial de la Provincia de León de 13 de marzo de 1992.

    El objeto de la modificación puntual es reclasificar como suelo urbano consolidado las parcelas 5128 y 5130 del polígono 210, con referencia catastral 24006A210051280000UP y 24006A210051300000UQ respectivamente, y actualmente clasificadas como suelo no urbanizable EP-4. Se tiene intención por parte del promotor de edificar dos viviendas y

    un velatorio, por lo que se propone que las Ordenanzas de aplicación en el ámbito de la modificación sean de Residencial extensiva (SU-RE) y de Equipamiento-Social.

    Así mismo, se propone incorporar el vial colindante con las parcelas como nueva calle del núcleo urbano, con la denominación de calle Quintana, proponiendo su ampliación hasta los 7 metros de anchura.

    Dichos cambios se concretan gráficamente en el plano 7C1 de la documentación.

  2. -...

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