ORDEN FYM/1086/2018, de 5 de octubre, por la que se dicta la declaración de impacto ambiental sobre el proyecto de parque eolico «Soliedra» de 21 MW y su infraestructura de evacuación, subestación Momblona 30/132 y línea 132 kv, en los términos municipales de Momblona y Morón de Almazán (Soria), promovido por «Origen Energía Viento, S.L.U.».

SecciónVI - Anuncios
Rango de LeyOrden

El titular de la ConsejerÃa de Fomento y Medio Ambiente, en virtud de las atribuciones conferidas por el artÃculo 52 del texto refundido de la Ley de Prevención Ambiental de Castilla y León, aprobado por Decreto Legislativo 1/2015, de 12 de noviembre, es el órgano administrativo de medio ambiente competente para ejercer en el ámbito territorial de la Comunidad de Castilla y León, las funciones fijadas para dicho órgano por el artÃculo 11 de la Ley 21/2013, de 9 de diciembre, de Evaluación Ambiental, en relación con los proyectos que deban ser autorizados o aprobados por la Administración de la Comunidad de Castilla y León.

El parque eólico Soliedra se encuentra incluido entre los citados en el Anexo I, Grupo 3, apartado i), de la Ley 21/2013, de 9 de diciembre, de Evaluación Ambiental: Instalaciones para la utilización de la fuerza del viento para la producción de energÃa (parques eólicos) que tengan 50 o más aerogeneradores, o que tengan más de 30 MW o que se encuentren a menos de 2 km de otro parque eólico en funcionamiento, en construcción, con autorización administrativa o con declaración de impacto ambiental. En concreto este parque eólico se encuentra a menos de 2.000 m del parque eólico Tarayuela, construido y en funcionamiento.

Considerando adecuadamente tramitado el expediente, de acuerdo con el procedimiento establecido en la normativa de aplicación anteriormente citada, vista propuesta de la Comisión Territorial de Medio Ambiente y Urbanismo de Soria y a iniciativa de la Dirección General de Calidad y Sostenibilidad Ambiental,

RESUELVO

Dictar la declaración de impacto ambiental sobre el proyecto de parque eólico Soliedra de 21 MW y su infraestructura de evacuación (subestación Momblona 30/132 y lÃnea 132 kV), en los términos municipales de Momblona y Morón de Almazán (Soria), promovido por Origen EnergÃa Viento, S.L.U., que figura como Anexo.

En cumplimiento de lo dispuesto en el artÃculo 59 del texto refundido de la Ley de Prevención Ambiental de Castilla y León, aprobado por Decreto Legislativo 1/2015, de 12 de noviembre, esta declaración de impacto ambiental se comunicará al órgano

sustantivo para que sea incluida entre las condiciones de la autorización, al promotor, a los interesados, a los ayuntamientos afectados por el proyecto, y se hará pública en el BoletÃn Oficial de Castilla y León, para general conocimiento.

Valladolid, 5 de octubre de 2018.

El Consejero de Fomento y Medio Ambiente,

Fdo.: J uan C arlos s uárez -Q uiñones F ernández

ANEXO

DECLARACIÓN DE IMPACTO AMBIENTAL SOBRE EL PROYECTO DE PARQUE EÓLICO SOLIEDRA DE 21 MW Y SU INFRAESTRUCTURA DE EVACUACIÓN (SUBESTACIÓN MOMBLONA 30/132 Y LÍNEA 132 kV), EN LOS TÉRMINOS

MUNICIPALES DE MOMBLONA Y MORÓN DE ALMAZÁN (SORIA), PROMOVIDO POR ORIGEN ENERGÍA VIENTO, S.L.U.

DESCRIPCIÓN DEL PROYECTO

El parque eólico propuesto está formado por 6 aerogeneradores, modelo SENVIÓN S140 o similar, de potencia unitaria 3,7 MW, con una altura de buje de 107 m y un diámetro de rotor de 140 m. Con los aerogeneradores autolimitados a 3,5 MW, el parque eólico tendrá una potencia total de 21 MW. La tensión de salida de red es de 30 kV mediante 2 lÃneas subterráneas de alta tensión de interconexión de los aerogeneradores, con entrega de la energÃa producida a la denominada Subestación Momblona. Se completa con la red de comunicaciones hasta el sistema de control del parque en la subestación, red de viales interiores del parque y accesos a éste.

La Subestación Momblona recoge la energÃa producida por el parque eólico, con relación de transformación 30/132 kV, donde se instala el centro de control global del parque, con sistema de 30 kV de interior y parque de intemperie para el sistema de 132 kV.

La lÃnea de evacuación de energÃa es de tipo aéreo y simple circuito, tensión nominal 132 kV, con origen en el seccionador trifásico de acceso a red de la subestación SET MOMBLONA y final en el apoyo n.º 58 de la LAT 132 kV entre la SET del Parque Eólico Tarayuela y la SET Almazán 132/400 kV, con una longitud estimada de 236 m, 2 apoyos y conductor tipo 242

‐AL1/39 ‐ST1A (LA-280 HAWK), cable de tierra tipo AW-60 y fibra óptica

tipo PVP-48.

Las instalaciones se complementan con una torre de medición anemométrica del tipo tubular autosoportada que no requiere estabilización por atirantado, de una altura máxima de 107 m, con equipos para seguir evaluando el viento en la zona durante el funcionamiento del parque.

El acceso a los 4 aerogeneradores más occidentales se realizará desde la carretera SO-P-3171 a la altura del p.k. 2+920, acceso acondicionado en su dÃa para el parque eólico Tarayuela. A los dos aerogeneradores más orientales se accederá desde la misma carretera utilizando un acceso provisional nuevo hacia un camino agrÃcola existente alrededor del p.k. 6+570.

A partir de estos accesos y apoyándose mayoritariamente en caminos existentes se desarrollarán los viales interiores del parque. Las zanjas de la lÃnea de interconexión compartirán el trazado con dichos viales, excepto en la interconexión de los aerogeneradores WTG2 y WTG6.

ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL

El estudio de impacto ambiental ha tenido en cuenta las distintas posibilidades de ubicación de los aerogeneradores, subestación y trazado de la lÃnea eléctrica de evacuación de la energÃa. AsÃ, además de la alternativa «0» de no realizar el proyecto, plantea tres

alternativas para la disposición de los 6 aerogeneradores del parque y dos diferentes opciones para la ubicación de la subestación y la lÃnea de evacuación.

En cuanto a los aerogeneradores:

Alternativa 1: De los 6 aerogeneradores, 4 se distribuyen al oeste del arroyo de La Vega y 2 al este del mismo, al noroeste y noreste de la población de Momblona respectivamente, y de la carretera SO-P-3171.

Alternativa 2: Los 6 aerogeneradores se reparten en dos alineaciones de 4 y 2 aerogeneradores, al noroeste de la población de Momblona y de la carretera SO-P-3171.

Alternativa 3: Los 6 aerogeneradores se reparten en dos alineaciones de 3 y 3 aerogeneradores, al noroeste de la población de Momblona y de la carretera SO-P-3171.

En cuanto a la subestación y la lÃnea eléctrica:

Alternativa A: La subestación se ubicará al suroeste de la subestación existente de Tarayuela. Esta elección viene condicionada por la reducción al máximo de la lÃnea aérea de evacuación, evitando afecciones a la avifauna. La lÃnea de evacuación de 236 m de longitud desemboca en un apoyo existente de la lÃnea de 132 kV de los parques eólicos existentes.

Alternativa B: La subestación se ubicará al oeste de Momblona, en el camino que une esta localidad con la granja de Bujarrapian. Esta ubicación establece un paralelismo con la lÃnea de evacuación existente hasta la subestación de Almazán, con una longitud de 12.885 m y 47 apoyos.

Las alternativas seleccionadas y desarrolladas en el proyecto y en el estudio de impacto ambiental son la alternativa 1 del parque eólico y la alternativa A de la subestación y lÃnea de evacuación. Estas opciones presentan los mejores rendimientos de transporte de energÃa, menores costes de ejecución y menor afección ambiental.

El estudio analiza los posibles impactos del proyecto tanto en la fase de construcción como de funcionamiento, y se establecen una serie de medidas protectoras y correctoras para la protección del medio ambiente.

El estudio de impacto ambiental recoge un inventario ambiental, un estudio previo de avifauna y quirópteros que, realizado durante un perÃodo de un año, incluye un apartado en el que se analizan los efectos acumulativos y sinérgicos del entrono (parques eólicos, SET y lÃneas de evacuación) concluyendo que se prevé un efecto acumulativo y sinérgico por colisión y efecto barrera para la avifauna y quirópteros compatible, tanto en el área de ocupación del parque eólico como con su envolvente.

En cuanto al impacto visual, la zona de estudio se enmarca dentro de las unidades paisajÃsticas Campiñas de la Tierra de Almazán y Altos de Maján, siendo la calidad visual en conjunto medio-baja. El paisaje tiene una fragilidad media y todas las unidades descriptivas del paisaje tienen una capacidad media alta para absorber actividades impactantes.

Como anexo al estudio de impacto ambiental se incluye un «estudio de ruidos» para evaluar la incidencia ambiental de las emisiones...

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