ORDEN FYM/1077/2018, de 13 de septiembre, por la que se modifica la Orden de 10 de julio de 2006, de la Consejería de Medio Ambiente, por la que se concede autorización ambiental a la industria de almacenamiento y fabricación de productos químicos, ubicada en el término municipal de Venta de Baños (Palencia), titularidad de «Purity Chemicals, S.L.», como consecuencia de la revisión de dicha autorización para adaptación a las MTD.

SecciónVI - Anuncios
Rango de LeyOrden

Visto el expediente de revisión de la autorización ambiental de la instalación de almacenamiento y fabricación de productos quÃmicos, ubicada en el término municipal de Venta de Baños (Palencia), titularidad de PURITY CHEMICALS, S.L. iniciado tras la publicación de las conclusiones de las Mejores TecnologÃas Disponibles (MTD) para los sistemas comunes de tratamiento y gestión de aguas y gases residuales en el sector quÃmico y teniendo en cuenta los siguientes:

ANTECEDENTES DE HECHO

Primero .- La instalación para el almacenamiento y fabricación de productos quÃmicos, ubicada en el término municipal de Venta de Baños (Palencia), titularidad de PURITY CHEMICALS, S.L., con código PRTR n.º 7677, se encuentra en funcionamiento, afectada por las siguientes disposiciones relativas a la autorización ambiental:

* Orden de 10 de julio de 2006, de la ConsejerÃa de Medio Ambiente, por la que se concede autorización ambiental al proyecto de industria para el almacenamiento y fabricación de productos quÃmicos ubicada en el término municipal de Venta de Baños (Palencia), titularidad de PURITY CHEMICALS, S.L. (B.O.C. y L. n.º 140 de 20 de julio de 2006).

* Orden de 22 de mayo de 2007, de la ConsejerÃa de Medio Ambiente, por la que se concede autorización de inicio de actividad a la empresa PURITY CHEMICALS, S.L. para la industria de almacenamiento y fabricación de productos quÃmicos en el término municipal de Venta de Baños (Palencia).

* Orden de 11 de febrero de 2010, de la ConsejerÃa de Medio Ambiente, por la que se acuerda considerar como modificación no sustancial el proyecto de almacenaje exterior de residuos en las instalaciones de PURITY CHEMICALS, S.L. ubicadas en el término municipal de Venta de Baños (Palencia).

* Orden FYM/941/2013, de 6 de noviembre, que modifica la Orden de 10 de julio de 2006, de la ConsejerÃa de Medio Ambiente, por la que se concede autorización ambiental a la industria para almacenamiento y fabricación de productos quÃmicos, ubicada en el término municipal de Venta de Baños (Palencia), titularidad de PURITY CHEMICALS, S.L. como consecuencia de la modificación no sustancial n.º 2. (B.O.C. y L. n.º 230, de 28 de noviembre de 2013).

* Orden FYM/347/2014, de 29 de abril, por la que se actualiza la autorización ambiental otorgada a la industria para almacenamiento y fabricación de productos quÃmicos, titularidad de PURITY CHEMICALS, S.L. ubicada en el término municipal de Venta de Baños (Palencia), mediante modificación de la Orden de 10 de julio de 2006, de la ConsejerÃa de Medio Ambiente. (B.O.C. y L. n.º 88, de 12 de mayo de 2014).

* Orden FYM/910/2014, de 9 de octubre, por la que se modifica la Orden de 10 de julio de 2006, por la que se concede Autorización Ambiental para industria de almacenamiento y fabricación de productos quÃmicos, ubicada en el término municipal de Venta de Baños (Palencia), titularidad de PURITY CHEMICALS, S.L. como consecuencia de la modificación no sustancial 3 (MNS 3). (B.O.C. y L. n.º 210, de 31 de octubre de 2014).

* Orden FYM/249/2018, de 27 de febrero, por la que se modifica la Orden de 10 de julio de 2006, de la ConsejerÃa de Medio Ambiente, por la que se concede autorización ambiental para la industria de almacenamiento y fabricación de productos quÃmicos, ubicada en el término municipal de Venta de Baños (Palencia), titularidad de PURITY CHEMICALS, S.L. como consecuencia de la Modificación No Sustancial 6 (MNS n.º 6). (B.O.C. y L. n.º 50, de 12 de marzo de 2018).

Además, la empresa PURITY CHEMICALS, S.L. notificó una modificación no sustancial, MNS 4, y de la cual ha desistido la empresa, y una modificación no sustancial 5, que no conlleva la modificación de la autorización ambiental.

Segundo .- Con fecha, 9 de junio de 2016 el Diario Oficial de la Unión Europea publicó la Decisión de Ejecución (UE) 2016/902 de la Comisión de 30 de mayo de 2016 por la que se establecen las conclusiones sobre las mejores técnicas disponibles (MTD) para los sistemas comunes de tratamiento y gestión de aguas y gases residuales en el sector quÃmico conforme a la Directiva 2010/75/UE del Parlamento Europeo y del Consejo.

Tercero .- Con fecha 8 de agosto de 2017, la ConsejerÃa de Fomento y Medio Ambiente dicta Orden por la que se acuerda iniciar el procedimiento de revisión de la autorización ambiental otorgada mediante Orden de 10 de julio de 2006, de la ConsejerÃa de Medio Ambiente, para la industria de almacenamiento y fabricación de productos quÃmicos ubicada en el término municipal de Venta de Baños (Palencia), titularidad de PURITY CHEMICALS, S.L. como consecuencia de la publicación de las conclusiones de las MTD.

Se requiriere al interesado a que aporte la documentación que sea preciso revisar, El interesado aporta la documentación el 29 de noviembre de 2017.

Cuarto .- La Dirección General de Calidad y Sostenibilidad Ambiental, somete el expediente indicado al trámite de información pública mediante anuncio publicado en el BoletÃn Oficial de Castilla y León n.º 246 de 27 de diciembre de 2017, y expuesto en el tablón de anuncios del Ayuntamiento de Venta de Baños (Palencia). No se reciben alegaciones.

Quinto .- Concluido el perÃodo de información pública, el Servicio de Prevención Ambiental y Cambio Climático solicita informes, de acuerdo al artÃculo 15.6 del Reglamento de Emisiones Industriales y de desarrollo de la Ley 16/2002, de 1 de julio, de Prevención

y Control Integrados de la Contaminación aprobado por el Real Decreto 815/2013, de 18 de octubre (en adelante Reglamento de Emisiones Industriales), al Ayuntamiento de Venta de Baños y al Servicio Territorial de Medio Ambiente de Palencia.

Sexto .- Con fecha 9 de julio de 2018, el Servicio de Prevención Ambiental y Cambio Climático, tras realizar una evaluación ambiental del proyecto en su conjunto, emite informe.

Séptimo .- De conformidad con lo dispuesto en el artÃculo 15.7 del Reglamento de emisiones industriales, el Servicio de Prevención Ambiental y Cambio Climático, con fecha 17 de julio de 2018, da trámite de audiencia al titular de la instalacion y a los interesados del procedimiento. No se reciben alegaciones.

Octavo .- El 4 de septiembre de 2018, la Dirección General de Calidad y Sostenibilidad Ambiental, de acuerdo con lo establecido en el artÃculo 15.8 del Reglamento de Emisiones Industriales, previo informe del Servicio de Prevención Ambiental y Cambio Climático, propone la modificacion de la Orden de 10 de julio de 2006, de la ConsejerÃa de Medio Ambiente, por la que se concede autorización ambiental para la industria de almacenamiento y fabricación de productos quÃmicos ubicada en el término municipal de Venta de Baños (Palencia), titularidad de PURITY CHEMICALS, S.L., como consecuencia de la revisión de dicha autorización para adaptación a las MTD.

FUNDAMENTOS DE DERECHO

Primero .- El órgano administrativo competente para resolver sobre las solicitudes de autorización ambiental en el caso de actividades o instalaciones recogidas en los apartados A y B.1 del Anexo II del texto refundido de la Ley de Prevención Ambiental de Castilla y León, aprobado por Decreto Legislativo 1/2015, de 12 de noviembre (en adelante texto refundido de la Ley de Prevención Ambiental de Castilla y León) es el titular de la ConsejerÃa competente en materia de medio ambiente, en virtud de las atribuciones que le confiere el artÃculo 19 de dicha Ley. Igualmente, es el mismo titular el competente para resolver sobre las revisiones de las autorizaciones ambientales de dichas actividades o instalaciones conforme a lo dispuesto en el artÃculo 24 del texto refundido de la Ley de Prevención Ambiental de Castilla y León, en el artÃculo 26 del texto refundido de la Ley de Prevención y Control Integrados de la Contaminación aprobado por Real Decreto Legislativo 1/2016, de 16 de diciembre (en adelante texto refundido de la Ley de Prevención y Control Integrados de la Contaminación) y en el artÃculo 16, del Reglamento de emisiones industriales.

Segundo .- El artÃculo 26.2 del texto refundido de la Ley de Prevención y Control Integrados de la Contaminación, recoge que el órgano competente garantizará en un plazo de cuatro años a partir de la publicación de las conclusiones relativas a las MTD en cuanto a la principal actividad de una instalación, qué:

  1. Se hayan revisado y, si fuera necesario, adaptado todas las condiciones de la autorización de la instalación de que se trate, para garantizar el cumplimiento de la presente ley, en particular, del artÃculo 7; y

  2. La instalación cumple las condiciones de la autorización.

    Con fecha, 9 de junio de 2016 el Diario Oficial de la Unión Europea publicó la Decisión de Ejecución (UE) 2016/902 de la Comisión de 30 de mayo de 2016 por la que se establecen las conclusiones sobre las mejores técnicas disponibles (MTD) para los sistemas comunes de tratamiento y gestión de aguas y gases residuales en el sector quÃmico conforme a la Directiva 2010/75/UE del Parlamento Europeo y del Consejo.

    Tercero .- Dado que la industria para el almacenamiento y fabricación de productos quÃmicos, ubicada en el término municipal de Venta de Baños (Palencia), titularidad de PURITY CHEMICALS, S.L., se encuentra afectada por la Decisión arriba citada, procede revisar la autorización ambiental. Asà se ha revisado la implementación de las tecnologÃas propuestas por Purity Chemicals, S.L. para sus instalaciones que garantizan su adaptación a las MTD asà como en particular, según el artÃculo 7.4 del texto refundido de la Ley de Prevención y Control Integrados de la Contaminación, que en condiciones de funcionamiento normal, las emisiones no superen los niveles de emisión asociados a las mejores técnicas disponibles que se establecen en las conclusiones relativas a las MTD.

    Cuarto .- El expediente de revisión se ha tramitado conforme a lo dispuesto en el artÃculo 24 del texto refundido de la Ley de Prevención Ambiental de Castilla y León, en el artÃculo 26 del texto...

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