ORDEN FYM/1004/2017, de 2 de noviembre, por la que se formula la declaración ambiental estratégica del Plan General de Ordenación Urbana de Santovenia de Pisuerga (Valladolid), promovido por el Ayuntamiento.

SecciónVI - Anuncios
Rango de LeyOrden

El titular de la Consejería de Fomento y Medio Ambiente, en virtud de las atribuciones conferidas por el apartado 2 de la disposición adicional segunda del Decreto Legislativo 1/2015, de 12 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Prevención Ambiental de Castilla y León, es el órgano administrativo de medio ambiente competente para ejercer, en el ámbito territorial de la Comunidad de Castilla y León, las funciones fijadas para dicho órgano por el artículo 11 de la Ley 21/2013, de 9 de diciembre, de evaluación ambiental, en relación con los planes o programas que deban ser autorizados o aprobados por la Administración de la Comunidad Autónoma o por la Administración Local de Castilla y León.

El Plan General de Ordenación Urbana, PGOU, de referencia se somete al procedimiento de evaluación ambiental estratégica ordinaria en aplicación de lo dispuesto en el artículo 6.1.a) de la citada Ley 21/2013, de 9 de diciembre, puesto que establece el marco para la futura autorización de proyectos legalmente sometidos a evaluación de impacto ambiental.

Considerando adecuadamente tramitado el expediente, de acuerdo con el procedimiento establecido en la normativa de aplicación anteriormente citada, y a iniciativa de la Dirección General de Calidad y Sostenibilidad Ambiental,

RESUELVO

Formular la declaración ambiental estratégica del Plan General de Ordenación Urbana de Santovenia de Pisuerga (Valladolid), promovido por el Ayuntamiento, que figura como Anexo.

En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 25 de la Ley 21/2013, de 9 de diciembre, de Evaluación Ambiental, esta declaración ambiental estratégica se hará pública en el Boletín Oficial de Castilla y León, para general conocimiento, sin perjuicio de su publicación en la sede electrónica de la Consejería de Fomento y Medio Ambiente.

Valladolid, 2 de noviembre de 2017.

El Consejero de Fomento y Medio Ambiente,

Fdo.: J uan C arlos s uárez -Q uiñones F ernández

ANEXO

DECLARACIÓN AMBIENTAL ESTRATÉGICA DEL PLAN GENERAL DE ORDENACIÓN URBANA DE SANTOVENIA DE PISUERGA (VALLADOLID), PROMOVIDO

POR EL AYUNTAMIENTO

DESCRIPCIÓN DEL PLAN GENERAL DE ORDENACIÓN URBANA

El municipio de Santovenia de Pisuerga tiene en la actualidad, como instrumento de planeamiento urbanístico, unas Normas Subsidiarias de Planeamiento Municipal aprobadas por la Comisión Provincial de Urbanismo de Valladolid por Acuerdo de 30 de julio de 1991 y publicadas en el Boletín Oficial de Castilla y León n.º 155, de 14 de agosto de 1991.

El planeamiento urbanístico vigente en la actualidad en Santovenia de Pisuerga es consecuencia de la anulación, por sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León de fecha 1 de julio de 2009, de un Plan General de Ordenación Urbana aprobado por Acuerdo de 27 de noviembre de 2003, de la Comisión Territorial de Urbanismo de Valladolid.

En esta situación, para un municipio como Santovenia de Pisuerga parece lo más adecuado el disponer de un instrumento urbanístico con la figura de PGOU, no solo porque así lo recomienda la Ley 4/2008, de 15 de septiembre, de Medidas de Urbanismo y Suelo de la Comunidad Autónoma de Castilla y León, sino también por las posibilidades competenciales que dicha figura otorga en base a dicha Ley a los municipios que cuentan con PGOU para su ordenación urbana, además de por su situación y relación con la corona metropolitana de Valladolid.

El nuevo PGOU va a suponer adecuar el planeamiento del municipio de Santovenia de Pisuerga a la nueva legislación urbanística vigente, tanto autonómica como estatal, así como a otras normativas sectoriales con creciente influencia sobre el planeamiento y el urbanismo, sin olvidar, por otro lado, que también es una buena oportunidad para acompasar sus propuestas con las de otros tipos de planificaciones territoriales que también afectan al municipio, tales como las Directrices de Ordenación Territorial de Ámbito Subregional de Valladolid y entorno, DOTVAENT, actualmente en revisión.

Santovenia de Pisuerga es un municipio situado en la comarca de las Campiñas del Pisuerga, dentro del área de influencia de la ciudad de Valladolid, de la que dista 4,5 km, y próximo a otros municipios del entorno caracterizados por un fuerte desarrollo económico. Se trata de un término municipal de casi 14 km 2 de superficie, con una población de 4.023 habitantes.

El elemento físico determinante de su situación, además su cercanía con la ciudad de Valladolid, lo constituye su posición respecto al río Pisuerga, sus riberas y sus meandros.

Como núcleo perteneciente al entorno de Valladolid, desde el punto de vista urbanístico, se encuentra incluido en el ámbito de las DOTVAENT, cuyas principales determinaciones sobre Santovenia de Pisuerga son el Área de Singular Valor Ecológico, A.S.V.E., «Riberas del Río Pisuerga» , el Área de Interés Paisajístico, Histórico y Agrícola, APHA 2 «Riveras Canal del Duero» , así como las Cuestas y Laderas del Este del término municipal.

Los ejes estructurantes del sistema general viario del término municipal son la carretera provincial VA-113, que lo conecta con Valladolid y la recientemente inaugurada Ronda Exterior Este y Sur VA-30 a Valladolid, que conecta la A-62, con todas las radiales situadas al este y sur de Valladolid. Así mismo por su ámbito también discurre la vía del ferrocarril Hendaya-Madrid, sus ramales y el by-pass ferroviario, así como el Canal del Duero. A estos elementos infraestructurales hay que añadir los oleoductos Bilbao-PalenciaValladolid y Valladolid-León.

Santovenia de Pisuerga está fraccionado en dos grandes núcleos urbanos, uno de tipo residencial, compacto y situado al oeste del ferrocarril, entre éste y el meando sur del río Pisuerga a su paso por el municipio, y otro de carácter industrial, situado al este del trazado ferroviario y fraccionado por la VA-113, el Canal del Duero y la nueva Ronda Este VA-30, el cual no ha terminado de definirse claramente por problemas de relación interna de tipo infraestructural, y donde se han situado grandes operadores industriales de almacenamiento como las industrias CLH y CETRANSA, junto con una diversidad de talleres, almacenes y pequeñas industrias.

No aparecen en el municipio ningún otro tipo de urbanizaciones aisladas o parcelaciones urbanas que no sean las instalaciones militares, situadas al nordeste del núcleo, así como pequeñas actuaciones de viviendas aisladas, junto a granjas en el meandro norte del río Pisuerga.

Las superficies ocupadas por las distintas clases de suelo son las siguientes, aunque hay que tener en cuenta que muchas de las categorías de suelo rústico, concretamente el suelo rústico con protección natural, suelo rústico con protección cultural, suelo rústico con protección especial y suelo rústico con protección agropecuaria se superponen y comparten áreas y superficies entre sí o con otras categorías de suelo.

CLASIFICACIÓN

SUPERFICIE (ha)

%

SUELO URBANO:

Suelo urbano consolidado.

131,41

Suelo urbano no consolidado:

- Suelo urbano no consolidado .

13,11

- Sistemas generales.

1,35

Total

14,46

Total suelo urbano

145,87

10,42

SUELO URBANIZABLE:

Suelo urbanizable:

- De carácter residencial.

4,55

- De carácter industrial .

13,17

- Sistemas generales .

2,90

Total suelo urbanizable

20,62

1,47

CLASIFICACIÓN

SUPERFICIE (ha)

%

SUELO RÚSTICO:

Suelo rústico con protección natural.

916,18

Suelo rústico con protección de infraestructuras.

87,43

Suelo rústico con protección cultural.

40,44

Suelo rústico con protección especial:

-Áreas inundables.

108,37

-Área militar.

324,58

-Regeneración de graveras.

19,60

-Paisajística.

72,17

Total

524,72

Suelo rústico común.

132,82

Suelo rústico con protección agropecuaria .

276,54

Total suelo rústico.

1.234,19

88,11

TOTAL GENERAL

1.400,68

100,00

ESTUDIO AMBIENTAL ESTRATÉGICO

El Estudio Ambiental Estratégico, elaborado de acuerdo con lo establecido en el documento de alcance, realiza una descripción del medio y de las diferentes acciones del Plan General de Ordenación Urbana susceptibles de producir efectos ambientales tanto en fase de diseño como de desarrollo y de funcionamiento.

El programa de vigilancia ambiental plantea el seguimiento de las medidas protectoras y correctoras contenidas en el Estudio Ambiental Estratégico. Dicho programa permitirá medir la eficacia de las medidas correctoras propuestas y adoptar otras nuevas si fuese necesario.

TRAMITACIÓN Y ANÁLISIS TÉCNICO DEL EXPEDIENTE

Solicitud de inicio del procedimiento. Con fecha 18 de marzo de 2015 tiene entrada en la Consejería de Fomento y Medio Ambiente, como órgano ambiental, la solicitud de inicio del procedimiento de evaluación ambiental estratégica ordinaria del PGOU de Santovenia de Pisuerga (Valladolid), acompañada del borrador del plan o programa y del documento inicial estratégico, para su tramitación de acuerdo con lo establecido en el artículo 17 y siguientes, de la Ley 21/2013, de 9 de diciembre, de Evaluación Ambiental.

El órgano ambiental sometió el borrador del plan y el documento inicial estratégico a consultas de las Administraciones públicas afectadas y de las personas interesadas.

Recibidas las contestaciones, el órgano ambiental elaboró el documento de alcance del Estudio Ambiental Estratégico, que remitió al promotor y al órgano sustantivo. El documento de alcance se puso a disposición del público en la sede electrónica de la Junta de Castilla y León.

Información pública. En cumplimiento de lo establecido en el artículo 21.2 de la Ley 21/2013, de 9 de diciembre, de Evaluación Ambiental, la versión inicial del Plan General de Ordenación Urbana y el Estudio Ambiental Estratégico, fueron sometidos por el Ayuntamiento de Santovenia de Pisuerga (Valladolid) al correspondiente trámite de información pública. El anuncio se publicó en el Boletín Oficial de Castilla y León n.º 120, de 23 de junio de 2016, por un plazo de dos meses, recibiéndose en plazo y forma hasta 22 alegaciones de las que 8 se consideran que tienen contenido ambiental.

Consulta a las...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR