ORDEN FYM/100/2019, de 30 de enero, por la que se dicta la declaración de impacto ambiental sobre el estudio técnico previo de concentración parcelaria San Román de Hornija II, en el término municipal de San Román de Hornija (Valladolid), promovido por la Dirección General de Producción Agropecuaria e Infraestructuras Agrarias de la Consejería de Agricultura y Ganadería.

SecciónVI - Anuncios
EmisorConsejeria de Agricultura y Ganaderia
Rango de LeyOrden

La Consejería de Fomento y Medio Ambiente, en virtud de las atribuciones conferidas por el artículo 46 de la Ley 11/2003, de 8 de abril, de Prevención Ambiental de Castilla y León, es el órgano administrativo de medio ambiente competente para ejercer, en el ámbito territorial de la Comunidad de Castilla y León, las funciones fijadas para dicho órgano por el artículo 4.2 del texto refundido de la Ley de Evaluación de Impacto Ambiental de Proyectos, aprobado mediante Real Decreto Legislativo 1/2008, de 11 de enero, vigente en el inicio del expediente.

Este proyecto se somete a evaluación de impacto ambiental en aplicación de lo dispuesto en el artículo 45.1 de la citada Ley 11/2003, de 8 de abril, de Prevención Ambiental de Castilla y León y en el artículo 3.1 del citado texto refundido de la Ley de Evaluación de Impacto Ambiental de Proyectos, al estar incluido en su Anexo I, Grupo 9, «Otros proyectos, apartado c) Los proyectos que se citan a continuación, cuando se desarrollen en zonas especialmente sensibles, designadas en aplicación de la Directiva 79/409/CEE del Consejo, de 2 de abril de 1979, y 92/43/CEE del Consejo, de 21 de mayo de 1992, o en humedales incluidos en la lista del Convenio de Ramsar », citando en su punto 9. «Concentraciones parcelarias ».

Considerando adecuadamente tramitado el expediente, de acuerdo con el procedimiento establecido en la normativa de aplicación anteriormente citada, vista la propuesta de declaración de impacto ambiental elaborada por la Comisión Territorial de Medio Ambiente y Urbanismo de Valladolid, y a iniciativa de la Dirección General de Calidad y Sostenibilidad Ambiental,

RESUELVO

Dictar la declaración de impacto ambiental sobre el estudio técnico previo de concentración parcelaria San Román de Hornija II, en el término municipal de San Román de Hornija (Valladolid), promovido por la Dirección General de Producción Agropecuaria e Infraestructuras Agrarias de la Consejería de Agricultura y Ganadería, que figura como Anexo.

En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 54 de la Ley 11/2003, de 8 de abril, de Prevención Ambiental de Castilla y León, esta declaración de impacto ambiental se comunicará al órgano sustantivo para que sea incluida entre las condiciones de la autorización, se notificará a los interesados y se hará pública en el Boletín Oficial de Castilla y León, para general conocimiento.

Valladolid, 30 de enero de 2019.

El Consejero de Fomento y Medio Ambiente,

Fdo.: Juan Carlos Suárez-Quiñones Fernández

ANEXO

DECLARACIÓN DE IMPACTO AMBIENTAL SOBRE EL ESTUDIO TÉCNICO PREVIO DE CONCENTRACIÓN PARCELARIA SAN ROMÁN DE HORNIJA II, EN EL TÉRMINO

MUNICIPAL DE SAN ROMÁN DE HORNIJA (VALLADOLID), PROMOVIDO POR LA DIRECCIÓN GENERAL DE PRODUCCIÓN AGROPECUARIA

E INFRAESTRUCTURAS AGRARIAS DE LA CONSEJERÍA DE AGRICULTURA Y GANADERÍA

DESCRIPCIÓN DEL PROYECTO

El proyecto evaluado contempla la reconcentración parcelaria del término municipal de San Román de Hornija (Valladolid), donde ya se realizó una concentración parcelaria con acuerdo firme de octubre de 1973. El tiempo transcurrido desde esta primera actuación, la profunda transformación en las técnicas de cultivo, el aumento notable en tamaño y potencia de la maquinaria, la drástica disminución de la población activa agraria y con ella el número de explotaciones y el deficiente estado de la red de caminos, hacen conveniente la realización de un nuevo proceso concentración parcelaria que reorganice de la propiedad adaptándola a las nuevas condiciones.

La zona contemplada en el proyecto se encuentra situada al sureste de la provincia de Valladolid, a 56 km de la capital de provincia, y es colindante con la provincia de Zamora. Los municipios limítrofes con el municipio de San Román de Hornija, son los siguientes: Al norte, Morales de Toro (Zamora); al sur, Villafranca de Duero y Castronuño; al este, Pedrosa del Rey y al oeste, Villafranca de Duero y Toro (Zamora).

La superficie total del término municipal es de 41,8 km 2 . El proyecto plantea la concentración parcelaria de todas las fincas públicas y privadas, agrarias y forestales del municipio, con excepción de 310 ha que se corresponden con el núcleo urbano y parcelas en el perímetro del mismo, la zona de las bodegas, el monte de utilidad pública n.º 89 «La Requejada» y la zona de la antigua estación de ferrocarril, resultando una superficie susceptible de concentrar de 3.864 ha.

El municipio de San Román de Hornija se caracteriza por ser un mosaico de cultivos y zonas de diferente tipología agronómica, existiendo alternancia de cultivos de secano y regadío, viñedos, bosques de ribera, prados, zonas de matorrales y de pinares. El porcentaje de cultivos y superficies, a modo resumen, es el siguiente:

- Cultivos herbáceos: 2.390 ha (57%).

- Cultivos leñosos: 672 ha (16%).

- Pastos: 606 ha (14%).

- Terrenos forestales: 482 ha (11%).

Existen un total de 697 propietarios que se reparten un total de 3.091 parcelas. El número medio de parcelas por propietario es de 4,43. La superficie media de cada parcela por propietario se estima en 1,34 ha, siendo la superficie media por propietario de 5,96 ha.

Por tanto el objetivo principal del proyecto es la ordenación de la propiedad rústica, con el fin de dotar a las explotaciones de una estructura adecuada, atribuyendo a cada

propietario el menor número posible de fincas de remplazo, teniendo en cuenta las siguientes consideraciones:

- Las plantaciones de viñedo sobre espaldera y las perforaciones tendrán la consideración de mejora incorporada a la parcela y se devolverán a sus propietarios originales.

- Se deberán preservar dentro de la concentración parcelaria las superficies ocupadas por yacimientos arqueológicos catalogados, los bosques de galería, los ribazos, linderos y otras formaciones arboladas.

- Se determinará el trazado y ocupación de las vías pecuarias no deslindadas para garantizar su integridad y continuidad espacial.

En el municipio también existen explotaciones ganaderas, con una capacidad total que alcanza 521 cabezas de ganado ovino y 227 de ganado bovino.

Las actuaciones tienen coincidencia territorial con el siguiente lugar incluido en la Red Natura 2000: ZEC (ES4170083) «Riberas del río Duero y afluentes» . Así mismo, presenta colindancia con el Espacio Natural «Riberas de Castronuño-Vega del Duero» que incluye también la ZEC y la ZEPA (ES4780017) «Riberas de Castronuño» . Como hábitat prioritarios, se encuentran la vegetación gipsícola ibérica ( Gypsophiletalia ) y las zonas subestépicas de gramíneas y anuales ( Thero-Brachypodietea) . Otras figuras relevantes del medio natural son los montes de utilidad pública, y otros montes gestionados por la Consejería de Fomento y Medio Ambiente: «El Asiento y otros» n.º 8257007, «La Requejada» n.º 89 y «Camino de Tardecena» n.º 8157062. También se localizan montes privados, algunos de gran interés y con instrumento de ordenación forestal aprobado, como el monte «La Rinconada» y montes acogidos al Programa de Forestación de Tierras Agrarias, consistentes fundamentalmente en repoblaciones mezcla de Pinus pinea y Quercus ilex.

En cuanto a vías pecuarias, son tres las coladas que discurren por el municipio: Colada del Camino Ancho (cuyo trazado se encuentra deslindado), Colada denominada Vega de Arriba, y la Colada denominada del Prado Seco y Cuesta de la Majada.

Los cauces públicos de mayor interés son el río Duero, el río Hornija, el río Bajoz y el Canal de Toro, aparte de la presencia de arroyos y otras zonas húmedas.

En la zona a concentrar se proyectan caminos de 6 metros de anchura en su red principal y de 4,5 metros en la red secundaria, que responderán a la nueva configuración de las fincas, procurando mantener los caminos existentes, acondicionándolos mediante la limpieza de cunetas, perfilado en superficie, reposición de obras de fábrica deterioradas y adición de material granular en superficie en aquellos tramos que se encuentren en mal estado de conservación.

Las actuaciones en cursos de agua será puntual o en pequeños tramos, realizándose la limpieza del vaso y facilitando el drenaje natural y respetando la vegetación existente.

Finalmente, se proponen como principales áreas a restaurar las zonas colindantes a los ríos Hornija y Bajoz, las bandas protectoras de los ríos, zonas con formaciones vegetales de interés, parcelas de nueva plantación y las zonas donde se instalen durante la ejecución de la concentración parcelaria las instalaciones temporales.

Cabe destacar que en el ámbito del proyecto se encuentran varias explotaciones de aprovechamiento de áridos, sujetas a cargas y condiciones durante el período de aprovechamiento del recurso, en el proceso de restauración y recuperación de los terrenos, así como en el destino posterior de éstos, que en muchos casos es la recuperación de terrenos de monte.

ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL

El estudio de impacto ambiental describe y analiza los valores medioambientales presentes en la zona a concentrar, estudia alternativas, recoge los posibles impactos de la actuación tanto en la fase de obra como en la fase de explotación, y plantea medidas protectoras y correctoras para los impactos generados. Se contempla la elaboración de un Proyecto de Restauración del Medio Natural donde se recogerán de forma detallada todas las medidas ambientales a incluir en el proyecto definitivo de concentración parcelaria.

Las afecciones más importantes al medio natural se producen sobre la vegetación, la fauna, los hábitats y la hidrología. En la fase de explotación los impactos más importantes se producen sobre la vegetación que pueda afectarse durante el desarrollo de la actuación.

Las medidas preventivas y correctoras se establecen para minimizar estos impactos a lo largo de todo el proceso (diseño, construcción y explotación). La zonificación tiene como objetivo proteger aquellos elementos de mayor valor ambiental (vegetación arbórea, hábitats de interés comunitario, yacimientos arqueológicos, etc.). Se han definido...

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