ORDEN FAM/765/2018, de 2 de julio, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión del Premio «Emprendedoras Castilla y León Rural».

SecciónIV - Otras Disposiciones y Acuerdos
Rango de LeyOrden

El Estatuto de AutonomÃa de Castilla y León, en su artÃculo 70.1.11.º, atribuye a la Comunidad Autónoma competencia exclusiva en materia de promoción de la igualdad de trato y de oportunidades entre mujeres y hombres, con particular atención a las mujeres vÃctimas de violencia de género. En el marco de esta competencia, se han realizado importantes avances normativos, como son la Ley 1/2003, de 3 de marzo, de Igualdad de Oportunidades entre Mujeres y Hombres en Castilla y León, que regula el marco de actuación adecuado en orden a promover la igualdad real de la mujer, y la Ley 13/2010, de 9 de diciembre, contra la Violencia de Género en Castilla y León, que pretende ser un instrumento efectivo para erradicar la violencia de género.

Al amparo del artÃculo 20 ter del Reglamento General de la Gerencia de Servicios Sociales en Castilla y León, modificado por el Decreto 34/2014, de 31 de julio, dispone que corresponde a la Dirección General de la Mujer, bajo la superior dirección del Gerente de Servicios Sociales, entre otras, el impulso de la ordenación, planificación, la programación y la adopción de medidas que faciliten la promoción y apoyo de la mujer en todos los ámbitos de la sociedad y favorezcan la igualdad de oportunidades para la mujer en el acceso al trabajo, la cultura, la educación y, en general, en cualquier ámbito de las actividades sociales, prestando el asesoramiento e información necesarios.

La Agenda para la Igualdad de Género 2020 dada la importancia que tiene el medio rural en la Comunidad Autónoma de Castilla y León dedica el Área 3 al Medio Rural, con el objetivo general de «Mejorar el acceso de las mujeres del medio rural a los recursos (económicos, tecnológicos, sociales, participativos) para favorecer la permanencia en su entorno en igualdad de oportunidades y como elemento clave en el asentamiento de la población». Asà en el objetivo especÃfico 3.3. establece que se realizarán actuaciones para apoyar el autoempleo y el emprendimiento femenino en el medio rural.

La creación y mantenimiento del empleo para la mujer es uno de los retos principales para la sostenibilidad social del medio rural, ya que la falta de oportunidades laborales es uno de los principales problemas con los que se enfrentan las mujeres de este ámbito, y por tanto, un importante obstáculo para la satisfacción de sus necesidades prácticas -y también estratégicas-, que además condiciona su permanencia o abandono del medio rural.

En este contexto se entiende idóneo el establecimiento de premios destinados a mujeres rurales emprendedoras, con objeto de distinguir las mejores iniciativas.

El premio «Emprendedoras Castilla y León Rural» es un reconocimiento a las mejores ideas de autoempleo de las mujeres del ámbito rural. El objetivo principal de este premio

es contribuir al reconocimiento de ideas de proyectos de emprendimiento y autoempleo y de mejora de empresa acometidos por mujeres del ámbito rural de nuestra comunidad, asà como a su potencial de generación de empleo y de incremento de la actividad económica en el entorno rural, lo que conllevará la diversificación económica de los municipios y contribuirá al asentamiento de su población.

Los premios concedidos en el marco del premio «Emprendedoras Castilla y León Rural» estarán regidos por las presentes bases, las cuales cumplen la normativa sobre subvenciones contenida en la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, y se ajustan a los principios de publicidad transparencia, concurrencia, objetividad, junto a los de eficacia y eficiencia.

En la elaboración de esta orden han sido consultadas las entidades representativas de los sectores afectados.

Por todo ello, de conformidad con las atribuciones conferidas por el artÃculo 26 de la Ley 3/2001, de 3 de julio del Gobierno y de la Administración de la Comunidad de Castilla y León,

DISPONGO

ArtÃculo único. Objeto.

La presente orden tiene por objeto establecer las bases reguladoras para la concesión, en régimen de concurrencia competitiva, de los premios a las mejores ideas de proyectos de emprendimiento y autoempleo y de mejora de empresa realizados por mujeres del medio rural de Castilla y León.

DISPOSICIONES ADICIONALES

Primera. Régimen jurÃdico.

Será de aplicación, lo establecido en la Ley 2/2006, de 3 de mayo de la Hacienda y del Sector Público de la Comunidad de Castilla y León, en la Ley 5/2008, de 25 de septiembre, de Subvenciones de la Comunidad de Castilla y León, asà como en los preceptos que resulten de aplicación de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones y su Reglamento, aprobado por Real Decreto 887/2006, de 21 de julio y lo establecido en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Segunda. Habilitación ejecutiva.

Se faculta al Gerente de Servicios Sociales de Castilla y León para dictar cuantas resoluciones e instrucciones sean precisas para el cumplimiento y efectividad de esta orden.

Disposición final Entrada en vigor.

La presente orden entrará en vigor el dÃa siguiente al de su publicación en el BoletÃn Oficial de Castilla y León.

Valladolid, 2 de julio de 2018.

La Consejera,

Fdo.: A liciA G ArcÃA r odrÃGuez

ANEXO

BASES REGULADORAS PARA LA CONCESIÓN DEL PREMIO «EMPRENDEDORAS CASTILLA Y LEÓN RURAL»

Primera.- Objeto y finalidad.

  1. La presente orden tiene por objeto regular la concesión, en régimen de concurrencia competitiva, del premio «Emprendedoras Castilla y León rural».

  2. La finalidad de estos premios es distinguir las mejores ideas de proyectos de emprendimiento y autoempleo y de mejora de empresa, realizados por mujeres en el medio rural de Castilla y León, con el fin de contribuir a desarrollar el emprendimiento y el autoempleo femenino en este ámbito.

  3. La correspondiente convocatoria podrá fijar las áreas y temáticas preferentes, y un extracto de la misma será publicada en el BoletÃn Oficial de Castilla y León.

    Segunda.- Crédito presupuestario

  4. El presupuesto total destinado a la concesión de este premio, asà como la correspondiente partida presupuestaria, se determinarán en la correspondiente convocatoria.

  5. En todo caso, el crédito asignado al premio se repartirá de forma idéntica entre las siguientes categorÃas:

    1. Idea Emprendedora Rural:

      1. En municipios de menos de 8.000 habitantes.

      2. En municipios desde 8.000 hasta 20.000 habitantes.

    2. Idea Mejora de Empresa Rural:

      1. En municipios de menos de 8.000 habitantes.

      2. En municipios desde 8.000 hasta 20.000 habitantes.

      Tercera.- Beneficiarias.

  6. Podrán ser beneficiarias del premio «Emprendedoras Castilla y León» las personas fÃsicas o jurÃdicas en quienes concurran las siguientes circunstancias:

    1. CategorÃa «Idea Emprendedora Rural»:

      1. Ser mujer mayor de 18 años o ser un conjunto de personas mayores de 18 años, siempre que la participación femenina sea mayoritaria.

      2. Estar...

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