ORDEN FAM/628/2017, de 19 de julio, por la que se crea el fichero de datos de carácter personal denominado 'Registro único de personas usuarias del sistema de servicios sociales de responsabilidad pública de Castilla y León' y se suprimen determinados ficheros de datos de carácter personal.

SecciónII - Disposiciones Generales
EmisorConsejeria Economia y Hacienda
Rango de LeyOrden

El artículo 42 de la Ley 16/2010, de 20 de diciembre, de Servicios Sociales de Castilla y León establece que existirá un registro único de personas usuarias del sistema de servicios sociales de responsabilidad pública cuya titularidad corresponderá a la consejería competente en materia de servicios sociales.

En desarrollo del citado mandato legal, se aprobó el Decreto 79/2015, de 17 de diciembre, por el que se regula la historia social única y el registro único de personas usuarias del sistema de servicios sociales de responsabilidad pública de Castilla y León.

Del mismo modo, los cambios operados en la estructura orgánica de la Gerencia de Servicios sociales han supuesto la integración en aquélla de la Dirección General de la Mujer y del Comisionado Regional para la Droga, permitiendo de tal forma completar el mapa del sistema de servicios sociales de responsabilidad pública de Castilla y León previsto en el artículo 42 de la Ley 16/2010, de 20 de diciembre.

Procede, en consecuencia, en virtud de las modificaciones producidas, aprobar un nuevo régimen jurídico que adecue la regulación actual del fichero de datos de carácter personal «Usuarios de los Servicios Sociales de Castilla y León», creado por la Orden FAM/1525/2006, de 21 de septiembre, al objeto de dar cobertura a la unificación operada tras el citado Decreto 79/2015, de 17 de diciembre, por el que se regula la historia social única y el registro único de personas usuarias del sistema de servicios sociales de responsabilidad pública de Castilla y León, suprimiéndose, asimismo, en los respectivos Anexos de la orden, aquellos ficheros de datos que resultan afectados y, por ende, innecesarios, integrándose sus datos en el que se crea mediante esta orden.

El artículo 20.1 de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal, establece que la creación, modificación o supresión de los ficheros de las Administraciones Públicas sólo podrá hacerse por medio de disposición general publicada en el Diario Oficial correspondiente.

Finalmente, el Decreto 11/2003, de 23 de enero, regula los ficheros de datos de carácter personal, susceptibles de tratamiento automatizado, de la Administración de la Comunidad de Castilla y León, estableciendo, entre otros aspectos, que la creación, modificación o supresión de los ficheros de datos de carácter personal incluidos en el ámbito de aplicación de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, se realizará por

orden de la persona titular de la Consejería competente por razón de la materia a la que afecten.

En su virtud y previo informe de la Dirección General de Telecomunicaciones de la Consejería de Fomento y Medio Ambiente sobre las medidas de seguridad que deben cumplir los ficheros,

DISPONGO

Artículo 1 Objeto.

La presente orden tiene por objeto la creación del fichero de datos de carácter personal que se contiene en el Anexo I y la supresión de los ficheros de carácter personal relacionados en los Anexos II a XXXI de esta orden.

Artículo 2 Responsable.

El responsable del fichero adoptará las medidas de gestión y organización que sean necesarias para asegurar la confidencialidad, seguridad e integridad de los datos, así como las conducentes a hacer efectivas las garantías, obligaciones y derechos reconocidos en la normativa de protección de datos de...

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