ORDEN FAM/611/2017, de 12 de julio, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones destinadas a fomentar la igualdad de oportunidades entre mujeres y hombres en el ámbito laboral en Castilla y León (Código REAY FAM 005).

SecciónII - Disposiciones Generales
EmisorConsejeria de Familia e Igualdad de Oportunidades
Rango de LeyOrden

El Estatuto de Autonomía de Castilla y León, en el apartado 1 de su artículo 14 prohíbe expresamente la discriminación de género, y en el apartado 2 exige a los poderes públicos de la Comunidad garantizar la transversalidad del principio de igualdad de género en todas sus políticas, promoviendo acciones positivas para lograr la igualdad de oportunidades entre mujeres y hombres, entre otros en el ámbito laboral.

El derecho a la no discriminación por razón de género que recoge el artículo citado se proyectará en el ejercicio de la competencia exclusiva en materia de promoción de la igualdad de trato y de oportunidades entre mujeres y hombres que según el artículo 70.1.11.º del Estatuto de Autonomía le corresponde a esta Comunidad.

La Ley 1/2003, de 3 marzo, de igualdad de oportunidades entre mujeres y hombres en Castilla y León es la máxima manifestación de esa competencia exclusiva y constituye el marco jurídico para el desarrollo de las políticas dirigidas a la promoción de la igualdad.

En aplicación de los artículos 3 y 4 de Ley 1/2003, de 3 marzo, y con el fin de llevar a cabo la planificación integral de las actuaciones dirigidas a la consecución de la igualdad de oportunidades entre mujeres y hombres, por Acuerdo 35/2013, de 16 de mayo, de la Junta de Castilla y León, se aprueba el Plan Autonómico para la Igualdad de Oportunidades entre Mujeres y Hombres y contra la Violencia de Género en Castilla y León 2013-2018. Uno de los principios rectores de este plan tiene especial proyección en las bases reguladoras de subvenciones que ahora se aprueban, concretamente, el de empoderamiento de las mujeres, dirigido a valorar y fortalecer la autonomía de éstas, la forma de ejercer el poder y de relacionarse, incorporando sus perspectivas, necesidades e intereses, facilitando el ejercicio activo de sus derechos y acceso a la toma de decisiones.

Una de las áreas estratégicas del citado plan es la referida a la economía y el empleo cuyo objetivo estratégico se define como la promoción de la igualdad entre mujeres y hombres en el acceso, la permanencia y promoción en el trabajo.

Las empresas, incluidas en este término las personas físicas empleadoras, y otras entidades que desarrollas su actividad en Castilla y León son las verdaderas artífices de la consecución de los objetivos operativos en que se articula ese objetivo estratégico, por lo que procede, por parte de la Administración de la Comunidad prestarles el apoyo económico que permita avanzar en el logro de ese objetivo, la promoción de la igualdad entre mujeres y hombres en el ámbito laboral.

El Fondo Social Europeo es el principal instrumento con el que Europa apoya la creación de empleo, ayuda a las personas a conseguir mejores puestos de trabajo y garantiza oportunidades laborales más justas para todos los ciudadanos de la Unión Europea. Mediante decisión de la Comisión, de fecha 4 de noviembre de 2015, se ha aprobado el Programa Operativo FSE de Castilla y León, para el período 2014-2020.

Uno de los ejes prioritarios del Programa Operativo del FSE 2014-2020 es el Eje 2: Promover la inclusión social, luchar contra la pobreza y cualquier forma de discriminación.

La inserción laboral de las mujeres residentes en Castilla y León que sean víctimas de violencia de género se enmarca en este eje. Es una de las actuaciones del Objetivo específico 9.1.2, aumentar la contratación de personas en situación o riesgo de exclusión social, que forma parte de Prioridad de Inversión 9.1, la inclusión activa, también con vistas a promover la igualdad de oportunidades, así como la participación activa y la mejora de la posibilidad de encontrar empleo.

Por todo ello la Consejería de Familia e Igualdad de Oportunidades considera oportuno apoyar la contratación de mujeres víctimas de violencia de género mediante la concesión de subvenciones dirigidas a empresas privadas y entidades privadas sin ánimo de lucro, cofinanciadas por el Fondo Social Europeo en un 50%, con cargo al Programa Operativo Fondo Social Europeo de Castilla y León para el período 2014-2020, impulsando la formalización de, al menos, cuarenta y cinco contratos en dicho período.

De acuerdo con la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, las notificaciones y comunicaciones que los órganos competentes de la Consejería de Familia e Igualdad de Oportunidades dirijan a los interesados en los procedimientos señalados en esta orden, se realizarán por medios electrónicos, en el caso de personas jurídicas, utilizando para ello el Buzón de la sede electrónica.

La Gerencia de Servicios Sociales tiene atribuidas, en virtud de su reglamento general, aprobado por Decreto 2/1998, de 8 de enero, las funciones de elaboración de las líneas de actuación necesarias para garantizar la igualdad de oportunidades entre hombres y mujeres y la planificación autonómica de igualdad de oportunidades. En el artículo 20 ter del citado reglamento se señala que le corresponde a la Dirección General de la Mujer, bajo la dirección del Gerente de Servicios Sociales de Castilla y León, la adopción de medidas que faciliten la igualdad de oportunidades en el ámbito laboral.

Por ello, en virtud de las atribuciones conferidas por la Ley 3/2001, de 3 de julio, del Gobierno y de la Administración de la Comunidad de Castilla y León y por el Decreto 2/1998, de 8 de enero, por el que se aprueba el reglamento general de la Gerencia de Servicios Sociales de Castilla y León,

DISPONGO:

Artículo único Objeto.

La presente orden tiene por objeto aprobar las bases reguladoras que han de regir la convocatoria de subvenciones, cofinanciadas por el Fondo Social Europeo, en régimen de concurrencia competitiva, dirigidas a fomentar la implantación de medidas de acción positiva que favorezcan la igualdad entre mujeres y hombres en el ámbito laboral en Castilla y León que se incorporan como Anexo a la presente disposición.

Disposiciones adicionales

Primera. Régimen jurídico supletorio.

En lo no previsto en las presentes bases será de aplicación, lo establecido en la Ley 2/2006, de 3 de mayo de la Hacienda y del Sector Público de la Comunidad de Castilla y León, en la Ley 5/2008, de 25 de septiembre, de Subvenciones de la Comunidad de Castilla y León, así como en los preceptos que resulten de aplicación de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones y su Reglamento, aprobado por Real Decreto 887/2006, de 21 de julio y lo establecido en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Resultará de aplicación el Reglamento (UE) n.º 1303/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 17 de diciembre de 2013, y el Reglamento (UE) n.º 1304/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 17 de diciembre de 2013, relativo al Fondo Social Europeo y demás reglamentos delegados y de ejecución vigentes, relativos a materias relacionadas con el Fondo Social Europeo, y la Orden ESS/1924/2016, de 13 de diciembre, por la que se determinan los gastos subvencionables por el Fondo Social Europeo durante el período de programación 2014-2020.

Segunda. Habilitación ejecutiva.

Se faculta al Gerente de Servicios Sociales de Castilla y León para dictar cuantas resoluciones e instrucciones sean precisas para el cumplimiento y efectividad de esta orden.

Disposición derogatoria Derogación normativa

Queda derogada la Orden FAM/749/2015, de 7 de septiembre, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones destinadas a fomentar la igualdad de oportunidades entre mujeres y hombres en el ámbito laboral en Castilla y León, así como las normas de rango igual o inferior que se opongan a lo que dispone esta orden.

Disposición final Entrada en vigor. Artículo 14

La presente orden entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial de Castilla y León».

Valladolid, 12 de julio de 2017.

La Consejera,

Fdo.: A liciA G ArcíA r odríGuez

ANEXO

BASES REGULADORAS PARA LA CONCESIÓN DE SUBVENCIONES, COFINANCIADAS POR EL FONDO SOCIAL EUROPEO, DESTINADAS A FOMENTAR LA IGUALDAD DE OPORTUNIDADES ENTRE MUJERES Y HOMBRES

EN EL ÁMBITO LABORAL EN CASTILLA Y LEÓN

Primera.- Objeto y finalidad.

  1. Las presentes bases tienen por objeto regular la concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, cofinanciadas en un 50% por el Fondo Social Europeo (Programa Operativo 2014-2020), dirigidas a fomentar la implantación de medidas de acción positiva que favorezcan la igualdad entre mujeres y hombres en el ámbito laboral en Castilla y León.

  2. Estas subvenciones tienen como finalidad contribuir a la igualdad de oportunidades entre mujeres y hombres en el ámbito laboral, fomentando anualmente que empresas, entidades sin ánimo de lucro, comunidades de bienes o personas físicas empleadoras, con sede en Castilla y León, conforme a lo establecido en el objetivo específico 8.4.2 del Programa Operativo FSE C.A. Castilla y León, pongan en práctica acciones positivas de igualdad mediante las actuaciones subvencionables relacionadas en la base segunda.

    Segunda.- Actuaciones subvencionables.

    Serán subvencionables las medidas y acciones positivas dirigidas tanto a lograr la igualdad de trato y oportunidades entre mujeres y hombres como a eliminar la discriminación por razón de sexo en el ámbito laboral, realizadas en las siguientes áreas:

    1. Área de acceso al empleo: Acciones que promuevan una mayor igualdad de oportunidades en el acceso a cualquier puesto de trabajo dentro de la organización.

    2. Área de condiciones de trabajo y desarrollo profesional: Acciones que mejoren la situación de la mujer en la empresa a través de la revisión de la clasificación profesional, igualdad en materia retributiva, tipología de contrato, presencia de mujeres en cargos de responsabilidad y acciones que...

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