ORDEN EYH/94/2019, de 5 de febrero, por la que se establecen las características de las emisiones de Deuda Pública de la Comunidad de Castilla y León que se lleven a cabo en el ejercicio 2019.
Sección | VI - Anuncios |
Rango de Ley | Orden |
La Junta de Castilla y León, en la sesión del 31 de enero de 2019, en aplicación del artículo 195 de la Ley 2/2006, de 3 mayo, de la Hacienda y del Sector Público de la Comunidad de Castilla y León ha establecido en 1.127.593.507 euros el importe máximo de las operaciones de endeudamiento a largo plazo que el titular de la Consejería de Economía y Hacienda puede formalizar durante este año.
Este mismo artículo dispone que corresponde a la Consejería de Hacienda la determinación de las operaciones en que se formalizará el endeudamiento y sus características, así como la realización de cuantas operaciones sean necesarias para la adecuada formalización y gestión de las operaciones en las que este se materialice.
En este sentido, en lo que respecta a la autorización del Estado a que hace referencia el artículo 14 de la Ley Orgánica 8/1980, de 22 de septiembre, de Financiación de las Comunidades Autónomas, y el artículo 20 de la Ley Orgánica 2/2012, de 27 de abril, de Estabilidad Presupuestaria y Sostenibilidad Financiera, el Consejo de Ministros del 1 de febrero de 2019 ha autorizado a la Comunidad de Castilla y León a formalizar operaciones de endeudamiento a largo plazo, tanto en préstamos como en emisiones de deuda, por importe máximo de 1.190.794.867 euros.
En virtud de todo ello,
DISPONGO
Se autoriza la puesta en circulación de una o varias emisiones de Deuda Pública por los importes nominales que resulten aconsejables en función de la posición financiera de la Comunidad y de las condiciones generales de los mercados, por un importe máximo equivalente a mil ciento veintisiete millones quinientos noventa y tres mil quinientos siete euros (1.127.593.507 euros).
Las emisiones de Deuda Pública tendrán las siguientes características:
2.1. Modalidad: Bonos u obligaciones.
2.2. Moneda: Euro, dólar USA, dólar canadiense, libra esterlina, franco suizo y yen.
2.3. Procedimiento: Mediante subasta competitiva, emisión asegurada o no asegurada, colocación privada así como a través de cualquier otra fórmula disponible en el mercado.
2.4. Importe mínimo de cada referencia: 10.000.000 euros o su...
Para continuar leyendo
Solicita tu prueba