ORDEN EYH/205/2016, de 4 de marzo, por la que se efectúa convocatoria pública para cubrir vacante mediante nombramiento de funcionario interino.

SecciónIII - Autoridades y Personal
EmisorUniversidad de Valladolid
Rango de LeyOrden

De conformidad con lo dispuesto en los artículos 15 y 43.3 de la Ley 7/2005, de 24 de mayo, de la Función Pública de Castilla y León, así como en los artículos 34 y ss. del Decreto 67/1999, de 15 de abril, por el que se aprueba el Reglamento General de ingreso del personal y provisión de puestos de trabajo de los funcionarios al servicio de la Administración de la Comunidad de Castilla y León, al tener esta Consejería puesto vacante adscrito a funcionarios, cuya cobertura resulta necesaria y urgente, y vista la autorización de la anterior Consejerías de Hacienda, así como el informe de la Dirección General de la Función Pública de que no existen aspirantes disponibles en las Bolsas de Empleo de los Cuerpos correspondientes derivadas de los procesos selectivos, esta Consejería, procede a efectuar la presente convocatoria para cubrir el puesto que se indica en el Anexo I, conforme a las siguientes

BASES

Primera .- Convocar públicamente la cobertura del puesto para nombramiento de funcionario interino con las características que se señalan en el Anexo I de esta orden.

Segunda .- Los candidatos para cubrir dicho puesto deberán dirigir solicitud, según modelo del Anexo II de esta orden, al Ilmo. Sr. Secretario General de la Consejería de Economía y Hacienda, en el término de 5 días hábiles a contar desde el siguiente a la publicación de esta convocatoria en el «Boletín Oficial de Castilla y León», así como la documentación acreditativa de los méritos que en la misma se aleguen, debidamente compulsados o cotejados, cuando se trate de fotocopias. No se tendrán en cuenta los méritos alegados y no acreditados documentalmente.

Las solicitudes se presentarán en las Oficinas y Puntos de Información y Atención al Ciudadano de la Junta de Castilla y León, o en los lugares a que hace referencia el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Tercera .- Los candidatos deberán reunir, además de los requisitos citados, los siguientes:

  1. Tener la nacionalidad española, sin perjuicio de lo establecido en la legislación de aplicación sobre el acceso a determinados sectores de la función pública de los nacionales de los demás Estados miembros de la Unión Europea, así como en otros supuestos legalmente establecidos.

  2. Tener cumplidos 16 años de edad en la fecha en que finalice el plazo de presentación de instancias y no exceder de la edad de jubilación forzosa.

  3. Estar en posesión del título universitario de Ingeniero de Minas o Ingeniero Técnico de Minas, o el título que habilite para el ejercicio de estas profesiones reguladas, según establecen las directivas comunitarias, o en condiciones de obtenerlo en la fecha en que finalice el plazo de presentación de solicitudes.

  4. No haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas o de los órganos constitucionales o estatutarios de las Comunidades Autónomas, ni hallarse en inhabilitación absoluta o especial para empleos o cargos públicos por resolución judicial, para el acceso al cuerpo o escala de funcionario o para ejercer funciones similares a las que desempeñaban en el caso del personal laboral, en el que hubiese sido separado o inhabilitado.

  5. No padecer enfermedad o defecto físico o...

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