ORDEN EYH/1315/2018, de 28 de noviembre, por la que se aprueba el Programa Territorial de Fomento para Villadangos del Páramo 2018-2020.

SecciónVI - Anuncios
Rango de LeyOrden

La Ley 6/2014, de 12 de septiembre, de Industria de Castilla y León, en su artÃculo 28, apartado 4, establece que «Cuando concurran especiales necesidades de reindustrialización o se trate de zonas en declive, el Plan Director de Promoción Industrial de Castilla y León podrá prever programas territoriales de fomento, referidos a uno o varios territorios determinados de la Comunidad. Serán aprobados por la ConsejerÃa con competencias en materia de industria, previa consulta de aquellas otras ConsejerÃas que tengan competencias en sectores o ramas concretos de la actividad industrial».

El Plan Director de Promoción Industrial de Castilla y León 2017-2020, aprobado por Acuerdo 26/2017, de 8 de junio, de la Junta de Castilla y León, contempla la existencia de Programas Territoriales de Fomento, referidos a uno o varios territorios determinados de la Comunidad, cuando concurran especiales necesidades de reindustrialización o se trate de zonas en declive.

Los Programas Territoriales de Fomento tienen carácter programático y se irán concretando mediante los instrumentos jurÃdicos y económicos oportunos, siempre que las disponibilidades presupuestarias lo permitan.

En el citado Plan se establece que se podrá contemplar la existencia de Programas Territoriales de Fomento cuando tenga lugar alguna de las circunstancias siguientes:

1) Que se produzcan procesos de deslocalización continua que afecten a una o varias industrias y que impliquen el cese o despido de como mÃnimo 500 trabajadores durante un perÃodo de referencia de 18 meses en una población o en una zona geográfica determinada de Castilla y León.

2) Que se pongan de manifiesto circunstancias que requieran una actuación especial de la Administración en determinadas zonas geográficas de especial transcendencia para la industria de Castilla y León, bien por su singular localización geográfica o bien, por la vinculación de esa zona con el acceso a recursos endógenos.

3) Que se produzca un proceso de cierre o deslocalización que afecte gravemente a una zona rural determinada de Castilla y León.

4) Igualmente, se podrán adoptar programas territoriales de fomento en base a la necesidad de industrialización de aquellos entornos rurales en los que sin concurrir alguna de las circunstancias anteriores que generan procesos de desindustrialización, existe una ausencia estructural y objetiva de actividad industrial que contribuye al desequilibrio territorial en aquella zona.

En el seno de la Fundación para el Anclaje Empresarial y la Formación para el Empleo en Castilla y León se creó, el 5 de julio de 2018, un Grupo de Trabajo EspecÃfico para abordar la situación en relación con la empresa VESTAS radicada en Villadangos del Páramo (León), en aplicación del «Protocolo de actuación en los casos de deslocalizaciones y crisis de empresas en la Comunidad de Castilla y León». En el citado grupo también han participado representantes del Ayuntamiento de Villadangos del Páramo y de la Diputación de León.

El 8 de noviembre tuvo lugar una reunión en el seno de la Fundación para el Anclaje Empresarial y la Formación para el Empleo en Castilla y León cuyo objetivo era crear el Grupo de Trabajo EspecÃfico de Villadangos del Páramo. En dicha reunión se cumplió el trámite de informar a los miembros del Diálogo Social, como indica el Plan Director de Promoción Industrial de Castilla y León 2017-2020, del Programa Territorial de Fomento de Villadangos del Páramo.

En el análisis realizado por las administraciones implicadas junto con los agentes económicos y sociales se concluye que se reúnen los requisitos anteriormente enunciados con el objeto de poder acometer un Programa Territorial de Fomento para Villadangos del Páramo. Más en concreto, se expone que se trata de un municipio en el que se está produciendo un proceso de cierre o deslocalización que afecta gravemente a dicha zona rural, al ser la empresa VESTAS uno de los pilares fundamentales de su economÃa. Este cierre afecta a varias industrias del territorio relacionadas con VESTAS, implicando en su conjunto el cese o despido de más de 500 trabajadores en un corto perÃodo de tiempo.

Lo anteriormente expuesto, pone de manifiesto que en Villadangos del Páramo se dan las circunstancias establecidas en el Plan Director de Promoción Industrial de Castilla y León 2017-2020, para la elaboración de un Programa Territorial de Fomento.

El Decreto 2/2015, de 7 de julio, del Presidente de la Junta de Castilla y León, de reestructuración de consejerÃas, atribuye a la ConsejerÃa de EconomÃa y Hacienda las competencias atribuidas hasta ese momento a la ConsejerÃa de EconomÃa y Empleo, salvo las relativas a la materia laboral. Por lo tanto, las competencias en materia de industria están atribuidas a la ConsejerÃa de EconomÃa y Hacienda.

En su virtud, y de conformidad con el artÃculo 28, apartado 4 de la Ley 6/2014, de 12 de septiembre, de Industria de Castilla y León,

RESUELVO:

Aprobar el Programa Territorial de Fomento para Villadangos del Páramo 2018-2020, cuyo contenido se detalla en el Anexo a la presente orden.

Valladolid, 28 de noviembre de 2018.

La Consejera de EconomÃa y Hacienda, Fdo.: M.ª del P ilar del O lMO M OrO

ANEXO

PROGRAMA TERRITORIAL DE FOMENTO PARA VILLADANGOS DEL PÁRAMO

(2018-2020)

ÍNDICE:

  1. MARCO LEGAL Y JUSTIFICACIÓN.

  2. PROCESO DE DESLOCALIZACIÓN.

  3. OBJETIVOS DEL PROGRAMA.

  4. MEDIDAS.

  5. SEGUIMIENTO.

ANEXO 1 RECURSOS ECONÓMICOS VINCULADOS AL PROGRAMA.
ANEXO 2 MEDIDAS DEL AYUNTAMIENTO DE VILLADANGOS DEL PÁRAMO.
  1. - MARCO LEGAL Y JUSTIFICACIÓN.

    La Ley 6/2014, de 12 de septiembre, de Industria de Castilla y León, en su artÃculo 28, apartado 4, establece que «Cuando concurran especiales necesidades de reindustrialización o se trate de zonas en declive, el Plan Director de Promoción Industrial de Castilla y León podrá prever programas territoriales de fomento, referidos a uno o varios territorios determinados de la Comunidad. Serán aprobados por la ConsejerÃa con competencias en materia de industria, previa consulta de aquellas otras ConsejerÃas que tengan competencias en sectores o ramas concretos de la actividad industrial».

    Con fecha 12 de junio de 2017 se publica en el BoletÃn Oficial de Castilla y León, el Acuerdo 26/2017, de 8 de junio, de la Junta de Castilla y León, por el que se aprueba el Plan Director de Promoción Industrial de Castilla y León 2017-2020, donde se contempla la existencia de Programas Territoriales de Fomento, referidos a uno o varios territorios determinados de la Comunidad, cuando concurran especiales necesidades de reindustrialización o se trate de zonas en declive.

    Los Programas Territoriales de Fomento tienen carácter programático y se irán concretando mediante los instrumentos jurÃdicos y económicos oportunos, siempre que las disponibilidades presupuestarias lo permitan.

    El Plan establece que dichos Programas Territoriales de Fomento serán aprobados por la ConsejerÃa de EconomÃa y Hacienda, sin perjuicio de que lo eleve al Consejo de Gobierno de la Junta de Castilla y León, previa consulta de aquellas otras ConsejerÃas que tengan competencias en sectores o ramas concretos de la actividad industrial y oÃdo previamente el Consejo del Diálogo Social.

    En el mismo, se determina la casuÃstica para la elaboración de un programa territorial de fomento, tal y como sigue:

    Se considera que por razón de eventuales crisis industriales de gran impacto, en un determinado territorio y vinculadas a recursos endógenos o a otra serie de acontecimientos sobrevenidos con incidencia en el territorio en un corto espacio de tiempo, se podrán adoptar medidas de reindustrialización especÃficas.

    Por ello, se contemplará la existencia de programas territoriales de fomento cuando tenga lugar alguna de las circunstancias siguientes:

    1) Que se produzcan procesos de deslocalización continua que afecten a una o varias industrias y que impliquen el cese o despido de cómo mÃnimo 500 trabajadores durante un perÃodo de referencia de 18 meses en una población o en una zona geográfica determinada de Castilla y León.

    2) Que se pongan de manifiesto circunstancias que requieran una actuación especial de la Administración en determinadas zonas geográficas de especial transcendencia para la industria de Castilla y León bien por su singular localización geográfica o bien por la vinculación de esa zona con el acceso a recursos endógenos.

    3) Que se produzca un proceso de cierre o deslocalización que afecte gravemente a una zona rural determinada de Castilla y León.

    4) Igualmente, se podrán adoptar programas territoriales de fomento en base a la necesidad de industrialización de aquellos entornos rurales en los que sin concurrir alguna de las circunstancias anteriores que generan procesos de desindustrialización, existe una ausencia estructural y objetiva de actividad industrial que contribuye al desequilibrio territorial en aquella zona.

    En estos casos, la adjudicación de un programa territorial se dará siempre y cuando existan...

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