ORDEN EYH/1255/2019, de 5 de diciembre, por la que se desarrolla la estructura orgánica de los Servicios Territoriales de Agricultura, Ganadería y Desarrollo Rural de las Delegaciones Territoriales de la Junta de Castilla y León.

SecciónII - Disposiciones Generales
EmisorConsejeria Economia y Hacienda
Rango de LeyOrden

La Ley 3/2001, de 3 de julio, del Gobierno y de la Administración de la Comunidad de Castilla y León, configura el modelo de organización periférica en torno a las Delegaciones Territoriales únicas en el territorio de cada provincia.

La estructura orgánica de las Delegaciones Territoriales ha sido desarrollada por el Decreto 25/2017, de 7 de septiembre, por el que se regula la estructura orgánica y las competencias de las Delegaciones Territoriales de la Junta de Castilla y León. Dicho decreto configura la organización administrativa de la Delegación Territorial en unidades administrativas con rango de servicio, entre las que se encuentra el Servicio Territorial de Agricultura, Ganadería y Desarrollo Rural en su artículo 9.2.e), esta nueva denominación se ha incorporado por el Decreto 41/2019, de 24 de octubre, por el que se modifica el Decreto 25/2017, de 7 de septiembre.

Por su parte, el Decreto 24/2019, de 1 de agosto, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Agricultura, Ganadería y Desarrollo Rural, delimita su ámbito competencial en el artículo 1.

La presente orden desarrolla la estructura periférica de la Consejería de Agricultura, Ganadería y Desarrollo Rural y se adecúa al Decreto 33/2016, de 22 de septiembre, en materia de elaboración y aprobación de estructuras orgánicas de la Administración de la Comunidad de Castilla y León y de elaboración de las relaciones de puestos de trabajo.

De acuerdo con el artículo 45.5 de la Ley 3/2001, de 3 de julio, la creación, modificación o supresión de órganos y unidades administrativas de las Delegaciones Territoriales, distintos a Secretarías, Departamentos y Servicios Territoriales, se realizará mediante orden del Consejero de Presidencia y Administración Territorial, a iniciativa del titular de la consejería de la que dependan orgánicamente, previa deliberación de la Junta de Castilla y León. La referencia al Consejero de Presidencia y Administración Territorial ha de entenderse realizada al titular de la Consejería de Economía y Hacienda, de acuerdo a lo dispuesto en la disposición adicional única del Decreto 2/2019, de 16 de julio, del Presidente de la Junta de Castilla y León, de reestructuración de consejerías.

Por su parte, el artículo 45.6 de la Ley 3/2001, de 3 de julio, establece que la creación de nuevos órganos exigirá informe de la Consejería de Economía y Hacienda de modo que no se incremente indebidamente el gasto público.

En su virtud, de conformidad con lo establecido en el artículo 45.5 de la Ley 3/2001, de 3 de julio, del Gobierno y de la Administración de Castilla y León y en la disposición adicional única del Decreto 2/2019, de 16 de julio, del Presidente de la Junta de Castilla y León, a iniciativa del Consejero de Agricultura, Ganadería y Desarrollo Rural, previa deliberación del Consejo de Gobierno de la Junta de Castilla y León en su reunión de 5 de diciembre de 2019,

DISPONGO

Artículo 1 Servicio Territorial de Agricultura, Ganadería y Desarrollo Rural.

En cada Delegación Territorial de la Junta de Castilla y León existirá un Servicio Territorial de Agricultura, Ganadería y Desarrollo Rural.

Artículo 2 Atribuciones y unidades administrativas. 1

Corresponde al Servicio Territorial de Agricultura, Ganadería y Desarrollo Rural la gestión y ejecución de las competencias de la Consejería de Agricultura, Ganadería y Desarrollo Rural en su ámbito provincial, siempre que no estén expresamente atribuidas a los órganos directivos de la Consejería. 2. El Servicio Territorial de Agricultura, Ganadería y Desarrollo Rural se organiza en las siguientes unidades administrativas: a) Secretaría Técnica. b) Área de Producción Agropecuaria, Asociacionismo, Calidad y Cadena Alimentaria. c) Área de Proyectos Inversores. d) Área de Estructuras Agrarias. e) Área de Política Agraria Comunitaria. f) Secciones Agrarias Comarcales.

Artículo 3 Secretaría Técnica. 1

La Secretaría Técnica, ejercerá las siguientes funciones: a) La gestión de los asuntos generales y de régimen interior de funcionamiento del servicio territorial.

  1. La tramitación de las cuestiones referentes al régimen y gestión del personal. c) La coordinación y control del cumplimiento de la normativa en materia de prevención de riesgos laborales en los centros de trabajo dependientes de la consejería en la provincia respectiva, excepto los centros de trabajo dependientes de los servicios centrales en la provincia de Valladolid.

  2. La gestión del patrimonio adscrito al servicio territorial. e) La habilitación y la gestión económica de los ingresos y gastos.

  3. La gestión presupuestaria de los créditos desconcentrados en el servicio territorial. g) La tramitación de los expedientes de contratación en el ámbito de sus funciones. h) La asistencia administrativa y jurídica al servicio territorial en los casos no atribuidos a la asesoría jurídica u otras unidades administrativas.

  4. El desempeño de las secretarías de los órganos colegiados en las materias propias del servicio territorial, salvo que la normativa de aplicación determine otra atribución.

  5. La aplicación de las líneas de actuación de la consejería en materia de formación agraria y agroalimentaria en el caso de que exista centro integrado de formación profesional en la provincia.

  6. La coordinación a nivel provincial de las actuaciones de la consejería relacionadas con las iniciativas de la mujer rural en el sector agrario y agroalimentario.

  7. La realización estudios agrarios y estadísticas agrarias. m) La gestión del Registro de Explotaciones Agrarias de Castilla y León conforme a las funciones que la normativa aplicable atribuye al servicio territorial.

  8. La sustitución del titular de la jefatura del servicio en los casos de vacante, ausencia o enfermedad.

ñ) Cualquier otra que se le...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR