ORDEN EYH/1032/2016, de 14 de noviembre, por la que se modifica la Orden EYH/246/2016, de 22 de marzo, por la que se establecen las bases reguladoras de las subvenciones en materia de consumo destinadas a las asociaciones de consumidores y usuarios de Castilla y León.

SecciónII - Disposiciones Generales
EmisorPresidencia
Rango de LeyOrden

La Orden EYH/246/2016, de 22 de marzo, establece las bases reguladoras de las subvenciones en materia de consumo destinadas a las asociaciones de consumidores y usuarios de Castilla y León.

Con esta línea de ayudas a las asociaciones de consumidores y usuarios de Castilla y León se trata de colaborar en su mantenimiento y funcionamiento habitual, así como promocionar la realización de actividades de información, educación y formación tendentes a la protección y asesoramiento de los consumidores y usuarios, cuya defensa tienen encomendada y, de esa manera, contribuir a difundir la labor que desarrollan.

La diversa naturaleza de los gastos subvencionables al amparo de las bases que regulan las subvenciones, por un lado gastos en actividades de mantenimiento y funcionamiento y, por otro, gastos en ejecución de actividades en materia de consumo, de información, educación y formación de los consumidores y usuarios, aconsejan modificar el plazo de justificación previsto en las bases aprobadas para acomodarlo a las particularidades de cada uno de ellos.

Es por lo que,

DISPONGO

- Modificar la Orden EYH/246/2016, de 22 de marzo, por la que se establecen las bases reguladoras de las subvenciones en materia de consumo destinadas a las asociaciones de consumidores y usuarios de Castilla y León, en los siguientes términos:

BASE DECIMOQUINTA.- Justificación.

La base decimoquinta queda redactada de la siguiente manera:

1. La justificación revestirá la forma de cuenta justificativa del gasto realizado, la cual incluirá los siguientes documentos:

a) Certificación expedida por el secretario de la asociación beneficiaria, con el visto bueno de su presidente, que acredite que los ingresos imputados a la subvención concedida se han registrado en su contabilidad y se han destinado a la finalidad específica para la que fue concedida la subvención. Deberán especificar las actividades subvencionadas y las cantidades que correspondan de acuerdo con la concesión.

b) Justificantes de los gastos incluidos en la base cuarta, apartados a) y b) por el importe total del presupuesto aceptado al conceder la subvención y que se correspondan con las actividades subvencionadas dispuestas en la base segunda (los justificantes de los gastos incluidos en la base cuarta a) tendrán que estar a nombre de la asociación con su NIF).

Se considerará justificado el gasto mediante la presentación de facturas originales o copias compulsadas y demás documentos...

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