ORDEN EYE/287/2015, de 1 de abril, por la que se aprueba la convocatoria para el año 2015 de subvenciones, dirigidas a Pymes de la Comunidad Autónoma de Castilla y León, para la realización de proyectos innovadores en cooperación basados en las TIC. (Código Reay IND 046).

SecciónIV - Otras Disposiciones y Acuerdos
EmisorConsejeria de Cultura y Turismo
Rango de LeyOrden

En el contexto económico actual existe una creciente aplicación de las TIC a las empresas y a los negocios. Un escenario en el que son los propios consumidores los que han cambiado sus hábitos a la hora de comprar o acceder a servicios y son ellos los que demandan nuevos modelos y nuevas fórmulas para interactuar con las empresas. Pero además, los propios sectores económicos, en un mercado globalizado, tienen que estar en continuo proceso de mejora, incrementando su productividad y competitividad, apoyándose necesariamente en la aplicación de las TIC. En este sentido, esta línea de subvenciones apoyará a las empresas de Castilla y León en este proceso de modernización y adaptación a los nuevos modelos de negocio.

Se pretende lograr una incorporación efectiva de la Cultura de la Innovación y la Creatividad como única manera de competir en un mercado global, optándose en este caso por el fomento de las TIC dada las grandes posibilidades que ofrecen para lograr una optimización de los procesos productivos y las nuevas formas de negocio que ofrecen. Hay que tener en cuenta que estamos asistiendo a la consolidación de un proceso de cambio en los hábitos de la sociedad relacionado con el uso de la tecnología y esto requiere que las políticas públicas lo tengan en cuenta y se apoyen necesariamente en la tecnología, como elemento imprescindible, y que las Pymes, en especial las micropymes y autónomos, no sólo se incorporen a esta nueva sociedad digital sino que sean las que lo encabecen.

Este proceso de transformación digital se pudiera pensar que va a ser un proceso a largo plazo, sin embargo el ritmo actual con el que las nuevas tecnologías basadas fundamentalmente en las TIC, están cambiando las sociedades más avanzadas, exige un nuevo modelo empresarial y hace todavía más urgente esta transformación digital, evitando así una pérdida de competitividad.

Castilla y León, destaca por la existencia de infraestructuras de telecomunicaciones, la oferta de perfiles cualificados en TIC formados en la región, y un sector TIC con gran potencialidad, que ya representa el 3% de las empresas españolas del sector TIC, alcanzando cerca del 1% del PIB de la Comunidad y que genera 8.600 empleos, siendo además uno de los más dinámicos en términos de innovación. Por lo que este sector empresarial dispone de todas las herramientas a su alcance para proceder a esta adaptación a la economía digital.

El nuevo marco que establece La Estrategia de Investigación e Innovación para una Especialización Inteligente de Castilla y León (RIS3) 2014-2020 consta de 6 programas,

que concretan las iniciativas y actuaciones que se desarrollarán para alcanzar sus objetivos, siendo el Programa n.º 6 la Agenda Digital para Castilla y León.

Dentro de la Agenda Digital para Castilla y León se establece un objetivo de «Desarrollar la economía digital para el crecimiento y la competitividad de las empresas», que pretende favorecer el proceso de transformación digital en las empresas desde un punto de vista de aplicación sectorial de las TIC, especialmente en las áreas de trabajo relacionadas con organización y relación/captación de clientes, apoyado en la búsqueda de nuevas vías de financiación para conseguir el reto de la modernización no solo de procesos, sistemas y servicios sino de conocimiento y modos de pensar. En este sentido, cobran especial importancia los procesos de asesoramiento tecnológico para que las empresas incorporen estrategias tecnológicas a sus negocios que redunden en una mejora de la sostenibilidad y la eficiencia energética, tengan como base la seguridad informática y se enfoquen hacia modelos de servicios más eficientes a través, por ejemplo, de externalización de prestaciones, computación en la nube y facturación electrónica. El impulso efectivo de este proceso tiene que ir soportado por una combinación de medidas que partan de la conexión entre la oferta regional de soluciones TIC y las necesidades del tejido productivo, con especial atención a los sectores estratégicos para la región, contemplando de forma especial a aquellas empresas, que por su desarrollo tecnológico, tengan un efecto tractor en dichos sectores así como aquellos agentes intermediarios con las empresas (asociaciones, gestorías, entidades financieras, etc.) que sean capaces de estimular y consolidar esta transformación.

Esta línea busca, sin olvidar las singularidades de las Pymes de la comunidad lograr su transformación digital, haciendo especial hincapié en que las Tecnologías de la Información y la Comunicación (TIC) se conviertan en herramientas facilitadoras de la innovación, la competitividad, y la cooperación interempresarial. Por esto se potenciará proyectos que busquen la implantación de la Economía digital en las Pymes, que integren las TIC en los procesos de negocio de las empresas las nuevas tecnologías de información y comunicación como herramientas transformadoras del negocio. Se priorizará la maximización del impacto potencial de cada euro que se subvencione, buscando incrementar el nivel innovador de los proyectos subvencionados, potenciando proyectos que incorporen la cultura de la cooperación.

Las subvenciones reguladas por la presente Orden se acogen a los artículos 17, 28 y 29 del REGLAMENTO (UE) N.º 651/2014 DE LA COMISIÓN de 17 de junio de 2014 por el que se declaran determinadas categorías de ayudas compatibles con el mercado interior en aplicación de los artículos 107 y 108 del Tratado (Reglamento General de Exención por Categorías).

En su virtud, y de conformidad con las atribuciones conferidas por el artículo 26 de la Ley 3/2001, de 3 de julio, del Gobierno y de la Administración de la Comunidad de Castilla y León, y del artículo 7.1 de la Ley 5/2008, de 25 de septiembre, de Subvenciones de la Comunidad de Castilla y León.

DISPONGO:

Primero.- Convocatoria.

La presente orden tiene por finalidad aprobar la convocatoria para la concesión, en régimen de concurrencia competitiva, de las subvenciones dirigidas a, Pymes de la

Comunidad Autónoma de Castilla y León, para la realización de proyectos innovadores en cooperación basadas en las TIC para el año 2015.

Para la solicitud, gestión, tramitación y resolución de estas subvenciones se estará a lo establecido en la ORDEN EYE/260/2015, de 25 de marzo, por la que se establecen las bases reguladoras de las subvenciones, dirigidas a Pymes de la Comunidad Autónoma de Castilla y León, para la realización de proyectos innovadores en cooperación basados en las TIC.

Segundo.- Financiación.

  1. Las ayudas establecidas en la presente convocatoria se concederán por una cuantía total de 122.457,62 euros, con cargo a la aplicación 08.02.467B01.77098.0 del presupuesto de la Consejería de Economía y Empleo para el ejercicio 2015.

  2. Los créditos asignados a esta convocatoria podrán ser modificados, previa la oportuna tramitación, dentro de la vigencia de la misma. Los créditos presupuestarios adicionales por un importe máximo de 100.000,00 €, se destinarán exclusivamente a la resolución de las solicitudes presentadas en el plazo de presentación previsto en el apartado décimo, sin que ello implique nuevo plazo de presentación, ni el inicio de nuevo cómputo de plazo para resolver.

    Se hace constar que la efectividad de la cuantía adicional queda condicionada a la declaración de disponibilidad del crédito, previa aprobación de la modificación presupuestaria que proceda, en un momento anterior a la resolución de la concesión de la subvención.

  3. Las subvenciones reguladas por esta convocatoria quedan sujetas al Impuesto de la Renta de las Personas Físicas o Impuesto de Sociedades, según corresponda.

  4. Las subvenciones otorgadas con arreglo a la presente orden, serán incompatibles con cualesquiera otras ayudas públicas de la misma naturaleza.

    Tercero.- Régimen Jurídico.

  5. La presente convocatoria se ajustará a lo establecido en:

    1. La Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.

    2. El Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba su Reglamento.

    3. La Ley 5/2008, de 25 de septiembre, de subvenciones de la Comunidad de Castilla y León.

    4. La Ley 2/2006, de 3 de mayo, de la Hacienda y del Sector Público de la Comunidad de Castilla y León, en la Ley 11/2014, de 22 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Comunidad de Castilla y León para 2015 y demás normativa de general y pertinente aplicación.

    5. La ORDEN EYE/260/2015, de 25 de marzo, por la que se establecen las bases reguladoras de las subvenciones, dirigidas a Pymes de la Comunidad Autónoma de Castilla y León, para la realización de proyectos innovadores en cooperación basados en las TIC.

  6. De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 5 del Decreto 80/2005, de 27 de octubre se hace constar que el régimen de ayudas de la Comisión Europea con relación a cada una de las actuaciones de las medidas objeto de la presente convocatoria es el establecido en los artículos 17, 28 y 29 del REGLAMENTO (UE) N.º 651/2014 DE LA COMISIÓN de 17 de junio de 2014 por el que se declaran determinadas categorías de ayudas compatibles con el mercado interior en aplicación de los artículos 107 y 108 del Tratado (Reglamento General de Exención por Categorías).

    Cuarto.- Objeto.

    El objeto de estas subvenciones es la realización de proyectos desarrollados y compartidos por grupos de Pymes independientes, entre las que una de ellas actuará como líder del proyecto, que están vinculadas por necesidades tecnológicas comunes y que tratan colaborativamente de superarlas, mediante la incorporación y potenciación de soluciones tecnológicas innovadoras de negocio electrónico, seguridad, productivas o de potenciación de la cadena de valor.

    Quinto.- Beneficiarios.

  7. Podrá ser beneficiario de las subvenciones reguladas en esta convocatoria cualquier persona, física o jurídica, pública o privada, que cumpla las condiciones para ser considerada como Pyme, conforme lo indicado en la Base 2.ª, de la ORDEN EYE/260/2015, de 25 de marzo, que cuente con algún centro de...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR