ORDEN EYE/171/2015, de 3 de marzo, por la que se aprueba la convocatoria de concesión de subvenciones para mejorar la competitividad empresarial a través del apoyo a las Agrupaciones Empresariales Innovadoras (AAEEII) de la Comunidad de Castilla y León.

SecciónIV - Otras Disposiciones y Acuerdos
EmisorConsejeria de Hacienda
Rango de LeyOrden

Esta línea de subvención, tiene por objeto la mejora de la competitividad de las empresas integradas en una Agrupación Empresarial Innovadora (AEI) o clúster.

Se definen estas Agrupaciones Empresariales Innovadoras (AAEEII) como las «estructuras o grupos organizados, constituidos por partes independientes (como empresas innovadoras de nueva creación y pequeñas, medianas y grandes empresas, así como organizaciones de difusión de investigación y conocimientos, organizaciones sin ánimo de lucro y otros agentes económicos relacionados) cuyo objetivo es estimular la actividad innovadora mediante el fomento del uso compartido de instalaciones y el intercambio de conocimientos teóricos y prácticos, así como mediante la contribución efectiva a la transferencia de conocimientos, la creación de redes, la difusión de información y la colaboración entre las empresas y otras organizaciones de la agrupación».

La AEI, en este sentido, se entiende como una fórmula para impulsar y extender más rápidamente las prácticas de innovación a colectivos de empresas que reúnan las condiciones y tengan la voluntad de emprender proyectos avanzados de carácter colaborativo.

En Castilla y León, una vez publicado el Decreto 51/2010 por el que se crea y regula el Registro de AAEEII de la región, en el año 2014 se estableció la primera convocatoria de ayudas económicas en forma de subvención a este tipo de Agrupaciones.

El apoyo a las AAEEII forma parte de la estrategia europea de promoción de la competitividad de las pequeñas y medianas empresas, a través de la orientación de las ayudas estatales a la innovación, en cuanto contribuyen a paliar deficiencias de mercado, relacionadas con problemas de coordinación y cooperación, que impiden el desarrollo de agrupaciones o limiten las posibilidades de estrechar relaciones entre sí.

A nivel estatal, la nueva Estrategia Española de Ciencia y Tecnología y de Innovación 2013-2020 contempla la necesidad de impulsar y fortalecer el papel de los clúster como instrumentos con capacidad para fomentar la colaboración entre Universidades y Centros de I+D y el tejido empresarial como medida de mejora de la competitividad.

Esta política de apoyo de la Junta de Castilla y León se alinea, además, con las acciones de fomento y consolidación de este tipo de Agrupaciones que desde el Ministerio de Industria, Energía y Turismo, se están siguiendo a nivel nacional. Así como con las

que las distintas Comunidades Autónomas, y especialmente las más desarrolladas industrialmente, vienen aplicando para el impulso y desarrollo de clúster y AAEEII en sus respectivos territorios. Desde el año 2007 el Ministerio de Industria, Energía y Turismo convoca anualmente una línea de subvenciones para el apoyo a las AAEEII.

En Castilla y León, desde el Gobierno Regional se ha apostado decididamente por impulsar este tipo de Agrupaciones, y así se reflejó expresamente en la Estrategia Regional de Investigación Científica, Desarrollo Tecnológico e Innovación 2007-2013, cuya vigencia expiró, y que ha sido sustituida por la Estrategia Regional de Investigación e Innovación para la Especialización Inteligente de Castilla y León (RIS3) 2014-2020, aprobada el 16 de abril de 2014, en la que se establece que las Agrupaciones tipo clúster son una herramienta importante por su capacidad de desarrollar proyectos colaborativos e innovadores de alto valor añadido. Objetivo destacado de esta Estrategia es reforzar la vinculación entre investigación, innovación y educación, facilitando la transferencia de conocimiento entre los centros de generación de conocimiento y las empresas de cara a mejorar la competitividad regional y lograr una mayor diversificación del tejido productivo.

Paralelamente, el III Acuerdo Marco para la Competitividad e Innovación Industrial de Castilla y León, suscrito por el Gobierno Regional con los Agentes Económicos y Sociales para el período 2014-2020, aprobado el 4 de abril de 2014, ha establecido en el primer Eje del Acuerdo denominado «Dimensión del tejido industrial» la siguiente acción: «Propiciar la búsqueda de intereses comunes entre las empresas que puedan dar lugar a alianzas estratégicas, facilitando los proyectos colaborativos en materia de innovación y comercialización entre las empresas que forman parte de cada Agrupación Empresarial Innovadora y los proyectos intercluster».

En un primer momento, dicho apoyo regional, se ha plasmado en el Decreto 51/2010, de 18 de noviembre, por el que se crea y regula el Registro de Agrupaciones Empresariales Innovadoras en Castilla y León, a través del cual, se quiere incentivar la realización de proyectos de colaboración entre empresas y agentes de innovación y conocimiento, así como entre los diferentes clúster-AAEEII regionales, que facilitarán el aprovechamiento de sinergias entre empresas y entornos investigadores presentes en diferentes cadenas de valor del tejido empresarial de Castilla y León.

Posteriormente, como se ha citado anteriormente, el 4 de junio de 2014, se publicó en el «Boletín Oficial de Castilla y León» la Orden EYE/412/2014 de 22 de mayo, por la que se establecen las bases reguladoras y el régimen de subvenciones para mejorar la competitividad de las AAEEII de la Comunidad de Castilla y León, disposición que suponía el primer paso en el apoyo financiero a estas Agrupaciones.

Como continuación, en 2015, con esta nueva disposición se establece la Orden de Convocatoria para la concesión de subvenciones a AAEEII, donde se consolida este apoyo regional a dichas Agrupaciones.

Hay que destacar que esta orden tiene como objetivo fundamental el impulso y fomento de proyectos que, por una parte, estén de acuerdo con el patrón de especialización regional definido en la RIS3 y por otra, que incidan y se materialicen a través de las Tecnologías Facilitadoras Esenciales (TFE/KET) definidas en esa misma estrategia.

Por otra parte, el Decreto 33/2011, de 7 de julio, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Economía y Empleo, indica en su artículo 6, que corresponde a la Dirección General de Industria e Innovación Tecnológica las competencias para el

estudio, promoción y apoyo al sector industrial. Asimismo el artículo 3.2 del Decreto 51/2010 atribuye la competencia del Registro de AAEEII a la Dirección General de Industria e Innovación Tecnológica.

Por todo ello, el Órgano competente para la tramitación de esta línea de subvención será la Dirección General de Industria e Innovación Tecnológica.

Por otro lado, el artículo 17 de la Ley 38/2003 de 17 de noviembre, General de Subvenciones, establece la obligatoriedad de dictar las oportunas bases reguladoras de la concesión de subvenciones y, de otra parte, exige que, con carácter general, el procedimiento de concesión sea de concurrencia competitiva y que se explicite el presupuesto disponible en las convocatorias de apoyo financiero.

Estas ayudas se otorgan de conformidad con el Reglamento (CE) n.º 1407/2013 de la Comisión de 18 de diciembre de 2013 relativo a la aplicación de los artículos 107 y 108 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea a las ayudas de mínimis («Diario Oficial de la Unión Europea» de 24 de diciembre de 2013).

En su virtud, y de conformidad con las atribuciones conferidas por el artículo 26 de la Ley 3/2001, de 3 de julio, del Gobierno y de la Administración de la Comunidad de Castilla y León, y del artículo 7.1 de la Ley 5/2008, de 25 de septiembre, de Subvenciones de la Comunidad de Castilla y León.

DISPONGO

Primero.- Convocatoria.

La presente orden tiene por finalidad aprobar la convocatoria para la concesión, en régimen de concurrencia competitiva, de las subvenciones dirigidas a financiar la ejecución de proyectos cooperativos innovadores realizados por las AAEEII inscritas en el Registro de AAEEII de la Comunidad de Castilla y León para el año 2015.

Segundo.- Financiación.

  1. - Las subvenciones establecidas en la presente convocatoria se concederán por una cuantía total de 140.000 euros, con cargo a la aplicación 08.02.467B01.7802N del presupuesto de la Consejería de Economía y Empleo para el ejercicio 2015.

  2. - Los créditos asignados a esta convocatoria podrán ser modificados, previa la oportuna tramitación, dentro de la vigencia de la misma, por un importe máximo de 100.000 euros, siendo destinados exclusivamente a la resolución de las solicitudes presentadas en el plazo de presentación previsto en el apartado décimo, sin que ello implique nuevo plazo de presentación ni el inicio de nuevo cómputo de plazo para resolver.

    Se hace constar que la efectividad de la cuantía adicional queda condicionada a la declaración de disponibilidad del crédito, previa aprobación de la modificación presupuestaria que proceda, en un momento anterior a la resolución de la concesión de la subvención.

  3. - Las subvenciones reguladas por esta convocatoria quedan sujetas al Impuesto de la Renta de las Personas Físicas o Impuesto de Sociedades, según corresponda.

  4. - Las subvenciones otorgadas con arreglo a la presente orden serán incompatibles con cualesquiera otras ayudas públicas de la misma naturaleza.

    Tercero.- Régimen jurídico.

  5. - La presente convocatoria se ajustará a lo establecido:

    1. En la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.

    2. En el Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba su reglamento.

    3. En la Ley 5/2008, de 25 de septiembre, de subvenciones de la Comunidad de Castilla y León.

    4. La legislación reguladora de la Hacienda de la Comunidad de Castilla y León y demás normativa de general y pertinente aplicación.

    5. En la Orden EYE/412/2014, de 22 de mayo, por la que se establecen las bases reguladoras y el régimen de subvenciones para mejorar la competitividad empresarial a través del apoyo a las Agrupaciones Empresariales Innovadoras (AAEEII) de la Comunidad de Castilla, y en la de ORDEN EYE/116/2015, de 16 de febrero, por la que se modifica la Orden EYE/412/2014, de 22 de mayo.

    Cuarto.- Objeto.

    El objeto de la...

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