ORDEN EMP/764/2018, de 21 de junio, por la que se dispone el nombramiento de miembros de la Comisión de Convenios Colectivos de Castilla y León.

SecciónVI - Anuncios
Rango de LeyOrden

Por Decreto 14/2014, de 3 de abril (B.O.C. y L. de 7 de abril) se regula el Consejo Regional de Trabajo de Castilla y León y los Consejos Provinciales de Trabajo y se crea la Comisión de Convenios Colectivos de Castilla y León.

El artículo 9 del Decreto 14/2014, de 3 de abril, regula la composición de la Comisión de Convenios Colectivos de Castilla y León. La misma estará integrada por un Presidente y seis vocales, de los cuales dos serán en representación de la Administración General de la Comunidad Autónoma de Castilla y León, dos en representación de las organizaciones sindicales más representativas, y dos en representación de las organizaciones empresariales más representativas; todos ellos, al igual que sus suplentes, deberán ser en su caso designados y/o nombrados por el titular de la Consejería competente en la ejecución de la legislación laboral en materia de relaciones laborales.

La duración de las funciones de los miembros representativos de la Comisión será de cuatro años, con posibilidad de reelección por idénticos períodos. En los casos de extinción anticipada del mandato las organizaciones podrán proponer el nombramiento de un nuevo representante, durante el tiempo que reste para la expiración del mandato.

Por Orden EYE/455/2014, de 3 de junio, se designó y nombró a los miembros de la Comisión de Convenios Colectivos de Castilla y León. Posteriormente, por Orden EMP/513/2016, de 7 de junio, se disponía el nombramiento de nuevos miembros de la Comisión de Convenios Colectivos de Castilla y León.

Por tanto, en la actualidad es necesario proceder a la designación y nombramiento de nuevos miembros de este órgano colegiado, a consecuencia de la reelección y/o cese de los miembros representativos de la Comisión.

En virtud de las propuestas formuladas,

DISPONGO

Primero.- Cesar a D. Miguel Meléndez Morchón como sustituto de una de las vocalías de la Administración General de la Comunidad Autónoma de Castilla y León.

Segundo.- Designar y nombrar como vocales de la Comisión de Convenios Colectivos de Castilla y León en representación de la Administración General de la Comunidad de Castilla y...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR