ORDEN EMP/198/2016, de 7 de marzo, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones públicas dirigidas al establecimiento de la organización preventiva de personas emprendedoras en Castilla y León.

SecciónII - Disposiciones Generales
EmisorConsejería de Empleo
Rango de LeyOrden

La Ley 5/2013, de 19 de junio, de Estímulo a la Creación de Emprendedores en Castilla y León recoge como su objeto la promoción y consolidación de empresas en Castilla y León a través de personas emprendedoras. Para ello se prevé el desarrollo por parte de la Administración de medidas entre las que se encuentran medidas de apoyo que faciliten en desarrollo de la actividad de los emprendedores de la región. Estas medidas podrán ser de varios tipos: Entre ellas medidas de apoyo a la financiación a través de fórmulas como las ayudas públicas.

Por otro lado, la Ley 31/1995, de 8 de noviembre de Prevención de Riesgos Laborales, supuso un punto de partida en el nuevo tratamiento que había que dar a la prevención de riesgos laborales, incidiendo en la importancia de toda iniciativa tendente a mejorar las condiciones de trabajo.

A su vez V Acuerdo de Prevención de Riesgos Laborales de Castilla y León incluido en la II Estrategia Integrada de Empleo, Formación Profesional, Prevención de Riesgos Laborales e Igualdad y Conciliación en el Empleo 2016-2020, tiene como objetivos generales es lograr una siniestralidad cero y una máxima coordinación de todas las figuras preventivas.

La presente subvención se encuentra prevista en el Plan Estratégico de Subvenciones de la Consejería de Empleo para el período 2016-2018, aprobado por Orden de la Consejería de Empleo de 30 de octubre de 2015.

Las subvenciones reguladas en esta orden estarán sometidas al régimen de ayuda de minimis, establecido en el Reglamento (UE) n.º 1407/2013, de la Comisión, de fecha 18 de diciembre («D.O.C.E.» L. 352, de 24 de diciembre de 2013), o el que lo sustituya.

La presente orden se ajusta a la establecido en la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, en el Real Decreto 887/2006, de 21 de julio y en la Ley 5/2008, de 25 de septiembre, de Subvenciones de la Comunidad de Castilla y León.

En su virtud, oído el Consejo Regional de Seguridad y Salud Laboral de Castilla y León y de conformidad con las atribuciones conferidas por la Ley 3/2009, de 3 de julio, del Gobierno y la Administración de la Comunidad de Castilla y León

DISPONGO

Artículo único Aprobación de las bases reguladoras.

Se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones públicas dirigidas a financiar el establecimiento de la organización preventiva de las personas emprendedoras en Castilla y León, las cuales se incorporan como Anexo a la presente Disposición.

DISPOSICIÓN TRANSITORIA

Los procedimientos iniciados por convocatorias publicadas antes de la entrada en vigor de esta orden continuarán rigiéndose por la normativa vigente en el momento de su iniciación.

DISPOSICIÓN DEROGATORIA

Queda derogada la Orden EYE/1047/2013, de 17 de diciembre por la que se establecen las bases reguladoras para para la concesión de subvenciones públicas dirigidas a financiar el establecimiento de la organización preventiva de las personas emprendedoras en Castilla y León.

DISPOSICIÓN FINAL

La presente orden entrará en vigor el día de su publicación en el «Boletín Oficial de Castilla y León».

Valladolid, 7 de marzo de 2016.

La Consejera de Empleo, Fdo.: R osa V aldeón s antiago

ANEXO

BASES REGULADORAS DE SUBVENCIONES PÚBLICAS DIRIGIDAS A FINANCIAR EL ESTABLECIMIENTO DE LA ORGANIZACIÓN PREVENTIVA DE LAS PERSONAS EMPRENDEDORAS EN CASTILLA Y LEÓN, LAS CUALES SE INCORPORAN COMO

ANEXO A LA PRESENTE DISPOSICIÓN
CAPÍTULO I Disposiciones Generales

Base 1.ª- Objeto.

El objeto de las subvenciones será contribuir a la financiación del coste que se derive del establecimiento de la organización preventiva a través de un servicio de prevención, por parte de las personas emprendedoras en Castilla y León.

Base 2.ª- Beneficiarios. Requisitos y Obligaciones.

  1. - Podrán tener la condición de beneficiario aquellas personas físicas o jurídicas, privadas y con ánimo de lucro que cuenten con los siguientes requisitos:

    1. Que tenga la condición de persona emprendedora de acuerdo con la definición que se recoge en el artículo 2 de la Ley 5/2013, de 19 de junio, de estímulo a la creación de empresas en Castilla y León: Personas que se encuentran realizando o vayan a realizar los trámites necesarios para poder realizar una actividad económica a través de cualquier forma admitida en derecho o aquellos que hayan iniciado su actividad en los dos años siguientes a la fecha de declaración censal de alta en el censo de empresarios.

      Conforme a esta definición y a los efectos de la presente línea de subvenciones, para poder ser beneficiario la declaración censal del alta no podrá ser anterior a dos años respecto de la fecha de publicación de la correspondiente Orden de convocatoria.

    2. Que desarrollen o vayan a desarrollar su actividad en Castilla y León, para lo cual se requiere que tengan centro de trabajo en la región o, en el caso de autónomos, instalaciones para la realización de su actividad.

    3. Deberán acreditar el cumplimiento de obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social previamente a la propuesta de resolución y antes de producirse la propuesta de pago, de conformidad con el Decreto 27/2008, de 3 de abril.

    4. No deben encontrarse incursos en ninguna de las prohibiciones previstas en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.

    5. De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 3 del Decreto 75/2008, de 30 de octubre, deberán acreditar el cumplimiento de la normativa sobre integración laboral de personas con discapacidad o la no sujeción a la misma o en su caso la exención de dicha obligación en los términos previstos en el Real Decreto 364/2005, de 8 de abril.

    6. Que el número de trabajadores (en caso de tener) sea inferior a 50 en todo el territorio nacional (tomando como referencia el mes natural inmediatamente anterior a la fecha de registro de la solicitud de subvención). Si...

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