ORDEN EMP/105/2017, de 24 de enero, por la que se convoca proceso de selección, formación y habilitación de personal asesor y evaluador para procedimientos de reconocimiento de las competencias profesionales, en determinadas unidades de competencia de la familia profesional de Servicios Socioculturales y a la Comunidad.

SecciónIV - Otras Disposiciones y Acuerdos
EmisorConsejería de Empleo
Rango de LeyOrden

El Real Decreto 1224/2009, de 17 de julio, de reconocimiento de las competencias profesionales adquiridas por experiencia laboral, prevé que las tareas de asesoramiento y/o evaluación se desempeñen por personas habilitadas por las administraciones competentes. Para obtener la habilitación en el ejercicio de dichas funciones, según establece el artículo 25.1 del citado Real Decreto, se deben reunir una serie de requisitos de experiencia, dentro de determinados colectivos, y superar un curso de formación específica. Este curso de formación específica se planifica, gestiona y supervisa por las administraciones responsables del procedimiento de evaluación y acreditación, tal y como prevén los artículos 22.1.e) y 25.1.b) del mismo texto, que a su vez serán las competentes para habilitar a las personas evaluadoras y asesoras de dicho procedimiento.

Por otra parte, tal y como se regula en la Orden HAC/1605/2011, de 29 de diciembre, que desarrolla la gestión del procedimiento de evaluación y acreditación de competencias profesionales adquiridas por experiencia laboral en Castilla y León, así como la estructura organizativa responsable, con carácter previo y siempre que sea necesario, las Consejerías con competencias en materia de empleo y formación profesional efectuarán la convocatoria del proceso de selección y formación de personal asesor y/o evaluador, a los efectos de obtención de la habilitación necesaria para ejercer como tal, según lo dispuesto en los artículos 22.3 y 25.1 del Real Decreto 1224/2009, de 17 de julio, citado.

Por todo lo anterior, y en virtud de las competencias conferidas por la Ley 3/2001, de 21 de julio, del Gobierno y de la Administración de la Comunidad de Castilla y León,

RESUELVO

Primero.- Objeto y régimen jurídico.

  1. El objeto de la presente orden es convocar la selección, formación y habilitación de personal asesor y evaluador para procedimientos de reconocimiento de las competencias profesionales en las unidades de competencia recogidas en el Anexo I, en el territorio de la Comunidad de Castilla y León.

  2. La presente convocatoria se rige por lo establecido en:

    1. La Ley Orgánica 5/2002, de 19 de junio, de las cualificaciones y de la formación profesional.

    2. El Real Decreto 34/2008, de 18 de enero, por el que se regulan los certificados de profesionalidad.

    3. El Real Decreto 1224/2009, de 17 de julio, de reconocimiento de las competencias profesionales adquiridas por experiencia laboral.

    4. La Orden HAC/1605/2011, de 29 de diciembre, que desarrolla la gestión del procedimiento de evaluación y acreditación de competencias profesionales adquiridas por experiencia laboral en Castilla y León, así como la estructura organizativa responsable.

    5. Demás normativa de general aplicación.

    Segundo.- Perfil profesional y plazas convocadas.

    Los perfiles profesionales y el número máximo de plazas para el presente proceso son los que se establecen, para cada cualificación profesional, en el Anexo I de la presente orden, sin perjuicio de lo establecido en el apartado octavo.

    A la vista del número de solicitudes presentadas, las necesidades previstas u otras situaciones del procedimiento, por resolución de la Gerente del Servicio Público de Empleo de Castilla y León, se podrá ampliar el número de plazas convocadas.

    Tercero.- Requisitos.

  3. Podrán participar en el presente proceso las personas que acrediten una experiencia relacionada con las unidades de competencia convocadas de al menos cuatro años en alguno de los siguientes colectivos:

    1. Profesorado perteneciente a los Cuerpos de Catedráticos, Profesores de Enseñanza Secundaria, o Técnicos de Formación Profesional con atribuciones en la familia profesional correspondiente, en virtud de la relación de las distintas unidades de competencia con los módulos profesionales que dicho profesorado pueda impartir de acuerdo con su especialidad docente.

    2. Formadores especializados en las unidades de competencia, conforme certificado expedido, a petición del interesado, por el Servicio Público de Empleo de Castilla y León, la Dirección General de Formación Profesional o la Dirección General del Instituto de la Juventud. Deberá acreditarse experiencia docente de cuatro años, de forma continuada o como resultado de la suma de los diferentes períodos de dedicación docente, en el plazo de los últimos 10 años y en la especialidad formativa correspondiente a las unidades de competencia de los títulos o certificados de profesionalidad que se acrediten, a través de la documentación que acredite su experiencia docente.

    3. Profesional experto en las unidades de competencia que se determinará en virtud del desempeño de cualquiera de las ocupaciones para las que capacita la cualificación profesional y se acreditará en virtud de la documentación que se aporte.

  4. No podrán concurrir al presente proceso quienes formen parte de cualquiera de los órganos responsables de la gestión del mismo.

    Cuarto.- Solicitudes.

  5. Las solicitudes de participación en el presente proceso de selección, formación y habilitación, se presentarán conforme al modelo disponible en la Sede Electrónica de la Administración de la Comunidad de Castilla y León (https://www.tramitacastillayleon.jcyl.es)

    y en la página web de la Junta de Castilla y León (https://www.jcyl.es), acompañada de la documentación que se indica en el punto 4 de este apartado.

    Podrá solicitarse la participación simultánea para plazas de asesores y evaluadores.

  6. Las solicitudes se presentarán en el plazo de un mes computado desde el día siguiente al de la publicación de la presente convocatoria en el «Boletín Oficial de Castilla y León».

  7. Las solicitudes podrán presentarse, en el registro del Servicio Público de Empleo de Castilla y León...

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