ORDEN EEI/996/2019, de 18 de octubre, por la que se resuelve la concesión de programas formativos para personas licenciadas y/o diplomadas universitarias y/o graduadas con el título de Técnico Superior en Prevención de Riesgos Laborales o asimilado, licenciados y/o diplomados en Medicina del Trabajo o en Enfermería del Trabajo y Técnicos Superiores en Prevención de Riesgos Profesionales de Grado Superior de Formación Profesional de la Comunidad de Castilla y León.

SecciónIV - Otras Disposiciones y Acuerdos
EmisorConsejeria de Educacion
Rango de LeyOrden

Por Orden de 27 de junio de 2019, de la Consejería de Empleo, se convocan en régimen de concurrencia competitiva, cinco programas formativos destinados a la formación en materias de prevención de riesgos laborales de personas licenciadas y/o diplomadas universitarias y/o graduadas con el título de Técnico Superior en Prevención de Riesgos Laborales o asimilado, licenciados y/o diplomados en Medicina del Trabajo o en Enfermería del Trabajo y Técnicos Superiores en Prevención de Riesgos Profesionales de Grado Superior de Formación Profesional de la Comunidad de Castilla y León, para su realización durante los años 2019 y 2020.

Examinadas las solicitudes presentadas, de conformidad con lo dispuesto en la Orden EMP/403/2019, de 16 de abril, por la que se establecen las bases reguladoras para su concesión, previo informe vinculante de la Comisión de Valoración y oído el Consejo Regional de Seguridad y Salud Laboral de Castilla y León,

RESUELVO

Primero.- Conceder los programas formativos a las personas que se relacionan en el Anexo a la presente orden, teniendo en cuenta que el importe asciende a 9.000 € para el año 2019 y a 66.000 € para el año 2020, con cargo a la aplicación 0806 G/241C02/7802S.

Segundo.- La cuantía mensual de cada programa formativo es de 1.600,00 euros por un período máximo de nueve meses contados desde la fecha de incorporación del beneficiario y estarán incluidos los gastos de seguridad social, así como las cantidades a retener en concepto de I.R.P.F.

Tercero.- Se comunicará la concesión del programa formativo a los interesados para que la acepten en el plazo improrrogable de diez días naturales, según establece la Base 12.ª de la orden de bases reguladora. La falta de aceptación de la concesión supondrá que el interesado renuncia a la misma.

Cuarto.- Los beneficiarios de los programas formativos 1.a) y 1.b), establecida para técnicos superiores en prevención de riesgos profesionales de grado superior de formación profesional, deberán incorporarse, respectivamente, a las Áreas de Seguridad y Salud Laboral de las Oficinas Territoriales de Trabajo de Zamora y Segovia, el día 1 de diciembre de 2019, salvo que se acredite causa justificada.

Los beneficiarios de los programas formativos 2.a), 2.b) y 2.c) establecidas para personas licenciadas y/o diplomadas universitarias y/o graduadas con el título de técnico superior en prevención de riesgos laborales o asimilado, así como para licenciados y/o diplomados en medicina del...

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