ORDEN EDU/936/2016, de 11 de noviembre, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones destinadas al desarrollo de proyectos del programa Aula Empresa Castilla y León, financiados por el Ministerio de Educación, Cultura y Deporte y cofinanciados por el Fondo Social Europeo, en centros docentes de la Comunidad de Castilla y León que impartan ciclos formativos de formación profesional en régimen de concierto.

SecciónII - Disposiciones Generales
EmisorConsejeria de Educacion
Rango de LeyOrden

La inversión en educación, formación y formación profesional para la adquisición de capacidades y un aprendizaje permanente, constituye uno de los objetivos temáticos a apoyar por los Fondos Estructurales y de Inversión Europeos que contribuyen a la estrategia de la Unión Europea para un crecimiento inteligente, sostenible e integrador, tal y como se contempla en el artículo 9.10 del Reglamento (UE) N.º 1303/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo de 17 de diciembre de 2013. En concreto en el Anexo XI, al regular el objetivo temático n.º 10 « Invertir en la educación, la formación, incluida la formación profesional, para el desarrollo de las capacidades y el aprendizaje permanente », se establece como prioridad de inversión del Fondo Social Europeo la « mejora de la pertinencia para el mercado de trabajo de los sistemas de educación y formación, facilitando la transición de la educación al empleo y reforzando los sistemas de educación y formación profesional, así como su calidad, también a través de mecanismos de anticipación de las necesidades en materia de competencias, la adaptación de los programas de estudios y la creación y el desarrollo de sistemas de aprendizaje en un entorno laboral, incluidos los sistemas de formación dual y los programas de prácticas ».

El Programa Operativo de Empleo, Formación y Educación del Fondo Social Europeo para el período 2014-2020, establece como prioridad de inversión la mejora de la adecuación al mercado de trabajo de los sistemas de educación y formación, facilitando la transición de la educación al empleo y reforzando los sistemas de enseñanza y formación profesional, así como su calidad, también a través de mecanismos de anticipación de las necesidades en materia de competencias, la adaptación de los programas de estudios y la creación y el desarrollo de sistemas de aprendizaje en un entorno laboral. Dentro de esta prioridad de inversión se ha programado el objetivo específico 10.4.1 para « aumentar la participación en la formación profesional de grado medio y superior y mejorar la calidad de la formación profesional », dentro del cual se recogen las operaciones de «C alidad ». Dentro de esas operaciones de calidad el programa Aula Empresa Castilla y León refuerza la colaboración de los centros educativos con las empresas, promociona el autoempleo y el emprendimiento y facilita el desarrollo de proyectos de innovación para el alumnado de formación profesional.

En consonancia con los objetivos estructurales mencionados, la Junta de Castilla y León aprobó el Plan General de Formación Profesional 2016-2020 de Castilla y León,

incluyendo la realización de convocatorias de ayudas a centros sostenidos con fondos públicos que imparten formación profesional inicial como una de las acciones a desarrollar dentro del Programa Operativo 15 « Programa Aula-Empresa », dentro de la Línea 4 « Conectados con el empleo. La transición desde el centro de formación a la empresa ».

Con esta finalidad mediante Orden EDU/926/2015, de 26 de octubre, se establecieron las bases reguladoras para la concesión de subvenciones destinadas al desarrollo de proyecto del programa Aula Empresa Castilla y León, financiados por el Ministerio de Educación, Cultura y Deporte y cofinanciados por el Fondo Social Europeo, en centros docentes de la Comunidad de Castilla y León que impartan ciclos formativos de Formación Profesional en régimen de concierto.

La experiencia en la gestión de las ayudas hasta ahora convocadas y la necesidad de separar del programa Aula-Empresa Castilla y León la línea de Formación Profesional Dual para su potenciación, hacen preciso modificar las actuales bases reguladoras.

Igualmente, la entrada en vigor de la nueva Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, supone la obligación de que los centros docentes se relacionen a través de medios electrónicos con las Administraciones Públicas para la realización de cualquier trámite de un procedimiento administrativo, de conformidad con el artículo 14.2 de la citada ley.

Por otro lado, el artículo 17.3.b) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, tras la modificación efectuada por el artículo 30 de la Ley 15/2014, de 16 de septiembre, de racionalización del Sector Público y otras medidas de reforma administrativa, introduce como uno de los contenidos mínimos de la norma reguladora de las bases de concesión de las subvenciones la indicación del diario oficial en el que se publicará el extracto de la convocatoria, por conducto de la BDNS, una vez que se haya presentado ante ésta el texto de la convocatoria y la información requerida para su publicación.

Todas las modificaciones que en atención a lo anteriormente indicado se precisan en la Orden EDU/926/2015, de 26 de octubre, aconsejan su derogación, y la aprobación, en su sustitución, de una nueva norma que establezca las bases reguladoras de concesión de este tipo de subvenciones, si bien es necesario establecer a través de la disposición transitoria su pervivencia respecto de los actos de desarrollo y ejecución que de ella se deriven.

En consecuencia, de conformidad con lo establecido en la Ley 38/2003, de 17 de septiembre, y en la Ley 5/2008, de 25 de septiembre, de Subvenciones de la Comunidad de Castilla y León, y en ejercicio de las atribuciones conferidas por la Ley 3/2001, de 3 de julio, del Gobierno y de la Administración de la Comunidad de Castilla y León, previo dictamen del Consejo Escolar de Castilla y León

DISPONGO

Artículo 1 Objeto y finalidad.
  1. La presente orden tiene por objeto establecer las bases reguladoras para la concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, destinadas al desarrollo de proyectos del programa Aula Empresa Castilla y León, financiados por el Ministerio de Educación, Cultura y Deporte y cofinanciados por el Fondo Social Europeo,

    en centros docentes de la Comunidad de Castilla y León que impartan ciclos formativos de

    formación profesional en régimen de concierto.

  2. La finalidad de estas subvenciones es mejorar la calidad de la formación profesional, contribuir a la mejora de la adecuación y coherencia entre el sistema educativo y el mercado laboral favoreciendo y fomentando la colaboración entre empresas y centros educativos, así como la puesta en práctica de nuevos medios didácticos y recursos educativos que favorezcan el aprendizaje del alumnado y promuevan su empleabilidad.

Artículo 2 Beneficiarios.
  1. Podrán ser beneficiarios de estas subvenciones los centros docentes de la Comunidad de Castilla y León que impartan ciclos formativos de formación profesional básica, de grado medio o de grado superior en régimen de concierto.

  2. No podrán obtener la condición de beneficiario aquellos en quienes concurra alguna de las circunstancias previstas en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.

  3. Los beneficiarios deberán aceptar su inclusión en la lista de operaciones, de carácter público, en los términos establecidos por el artículo 115.2 del Reglamento (UE) N.º 1303/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo de 17 de diciembre de 2013, a fin de garantizar la transparencia sobre las ayudas procedentes de los Fondos Estructurales y de Inversión Europeos".

  4. En el caso de proyectos conjuntos, los centros docentes participantes tendrán la consideración de beneficiarios, como miembros asociados del centro docente coordinador, comprometiéndose a efectuar la totalidad o parte de las actividades subvencionadas en nombre y por cuenta del solicitante, con arreglo a lo dispuesto por el artículo 11.3 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre.

Artículo 3 Proyectos subvencionables.
  1. Podrán ser subvencionables los proyectos que desarrollen una de las siguientes líneas del programa Aula Empresa Castilla y León, con las características que se indican:

    1. Aprendiendo a emprender: Proyectos no curriculares que impulsen en el alumnado la autonomía e iniciativa personal, aplicando un conjunto de valores y actitudes personales interrelacionadas como la responsabilidad, la perseverancia, el autoconocimiento y la autoestima, la creatividad, la autocrítica, el control y la inteligencia emocional, la capacidad de elegir, de calcular y asumir riesgos, afrontar problemas y aprender de los errores.

      Los conocimientos, capacidades y actitudes esenciales que se promuevan estarán enfocados al fomento de la iniciativa empresarial y se ajustarán a las previsiones del apartado séptimo «Sentido de la iniciativa y espíritu de empresa» de la Recomendación del Parlamento Europeo y del Consejo, de 18 de diciembre de 2006, sobre las competencias clave para el aprendizaje permanente.

    2. Hacer visible el centro en las empresas: Proyectos que difundan el potencial de los centros de formación profesional entre las empresas de su entorno. Los proyectos podrán fomentar la implantación de nuevos modelos de relación

      multidisciplinar e intersectorial que contribuyan a aumentar la presencia de los centros docentes en el ámbito productivo y que permitan optimizar y compartir los recursos existentes, tanto materiales como pedagógicos.

      También incluye...

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