ORDEN EDU/897/2017, de 11 de octubre, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de ayudas complementarias destinadas a estudiantes universitarios de la Comunidad de Castilla y León que hayan resultado beneficiarios de las becas del programa Erasmus+, de movilidad con fines de estudio.

SecciónII - Disposiciones Generales
EmisorConsejeria de Agricultura y Ganaderia
Rango de LeyOrden

El artículo 73 del Estatuto de Autonomía de Castilla y León establece, como competencia de desarrollo legislativo y ejecución a cargo de esta Comunidad, la de la enseñanza en toda su extensión, niveles y grados, modalidades y especialidades, de acuerdo con lo dispuesto en la normativa estatal.

En este marco, fue aprobada la Ley 3/2003, de 28 de marzo, de Universidades de Castilla y León, cuya disposición adicional sexta, «Espacio Europeo de Enseñanza Superior», establece, en su apartado 2, que «La Junta de Castilla y León, con la participación del Consejo de Universidades, fomentará la movilidad de los estudiantes en el espacio europeo de enseñanza superior a través de programas propios de becas y ayudas y créditos al estudio o, en su caso, complementando los programas de becas y ayudas de la Unión Europea».

La Ley 13/2005, de 27 de diciembre, de Medidas Financieras, establece, con esta finalidad, en su artículo 46 bis, que la Administración de la Comunidad concederá subvenciones para fomentar la movilidad internacional de los estudiantes de educación superior de Castilla y León que podrán complementar las que reciban con el mismo fin de las propias Universidades o de otras entidades nacionales o internacionales, en cuyo caso se podrán conceder, previa convocatoria, a todos aquellos estudiantes que reúnan los requisitos que establezca su normativa reguladora.

En desarrollo de estas previsiones, la Orden EDU/662/2009, de 23 de marzo, por la que se establecen las bases reguladoras de las ayudas complementarias de las becas del programa europeo Erasmus de movilidad con fines de estudio destinadas a los estudiantes universitarios de Castilla y León, diseñó un sistema para la concesión directa de estas ayudas, que posibilitó el cumplimiento de los objetivos previstos en la normativa citada durante los años 2010 y 2011, concediendo más de 3.400 ayudas.

La publicación y entrada en vigor del Reglamento (UE) n.º 1288/2013, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 11 de diciembre, por el que se crea el Programa Erasmus+ de educación, formación, juventud y deporte de la Unión para el período 2014-2020, que aúna varios programas dispersos hasta la fecha, aconseja revisar los fundamentos y principios contenidos en la Orden EDU/662/2009, mediante la formulación de nuevas bases reguladoras que permitan a la consejería competente en materia de educación seguir impulsando la movilidad del alumnado universitario castellano leonés en instituciones de educación superior, con la finalidad de ofrecer más y mejores oportunidades para ampliar las habilidades y competencias de estos estudiantes.

En su virtud, de conformidad con lo establecido en los artículos 9.2 y 17 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, y en los artículos 6 y 7.1 de la Ley 5/2008, de 25 de septiembre, de Subvenciones de la Comunidad de Castilla y León, y en ejercicio de las atribuciones conferidas por la Ley 3/2001, de 3 de julio, del Gobierno y la Administración de la Comunidad de Castilla y León,

DISPONGO

Artículo 1 Objeto.

La presente orden tiene por objeto establecer las bases reguladoras para la concesión directa de ayudas complementarias destinadas a los estudiantes universitarios de la Comunidad de Castilla y León que hayan resultado beneficiarios de las becas del Programa Erasmus+, de movilidad con fines de estudio, al amparo de lo previsto en el artículo 22.2.b) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.

Artículo 2 Beneficiarios.

Podrán ser beneficiarios de estas ayudas los alumnos de las universidades de Castilla y León que, cursando estudios oficiales de educación superior de grado, máster o doctorado, sean beneficiarios de una beca Erasmus+, de movilidad de estudiantes en instituciones de educación superior, con las que las universidades de Castilla y León tengan firmados los correspondientes acuerdos interinstitucionales, con fines de estudio.

Artículo 3 Entidades...

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