ORDEN EDU/803/2016, de 16 de septiembre, por la que se convoca la selección de proyectos de formación profesional dual del programa Aula-Empresa Castilla y León, cofinanciado por el Fondo Social Europeo, a iniciar por centros docentes públicos de la Comunidad de Castilla y León en el curso académico 2016/2017.

SecciónIV - Otras Disposiciones y Acuerdos
EmisorConsejeria de Educacion
Rango de LeyOrden

El artículo 9 del Reglamento (UE) n.º 1303/2013 del Parlamento europeo y del Consejo, de 17 de diciembre de 2013, relativo a los Fondos Estructurales y de Inversión Europeos, establece como objetivo temático n.º 10 «invertir en educación, formación y formación profesional para la adquisición de capacidades y un aprendizaje permanente» .

Así mismo, el artículo 3.1.c)iv del Reglamento (UE) n.º 1304/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 17 de diciembre de 2013, relativo al Fondo Social Europeo, establece como prioridad de inversión del objetivo temático n.º 10 «la mejora de la adecuación al mercado de trabajo de los sistemas de educación y formación, facilitando la transición de la educación al empleo y reforzando los sistemas de enseñanza y formación profesional, así como su calidad, también a través de mecanismos de anticipación de las necesidades en materia de competencias, la adaptación de los programas de estudios y la creación y el desarrollo de sistemas de aprendizaje en un entorno laboral, incluidos los sistemas de formación dual y los programas de prácticas».

El Programa Operativo del Fondo Social Europeo de Castilla y León para el período 2014-2020, contribuye al cumplimiento de la citada prioridad de inversión y contempla, dentro del conjunto de actuaciones a desarrollar, el programa Aula-Empresa Castilla y León como elemento fundamental para la consecución de los objetivos específicos fijados.

Los contenidos de los proyectos del programa Aula-Empresa Castilla y León son, así mismo, consecuentes con los objetivos estratégicos establecidos en el Comunicado de los Ministros Europeos de Educación y Formación Profesionales, los interlocutores sociales europeos y la Comisión Europea, en su reunión celebrada en Brujas el 7 de diciembre de 2010 para revisar las prioridades y el planteamiento estratégico del proceso de Copenhague para 2011-2020, especialmente con los números 2 «Fomentar la excelencia, la calidad y la adecuación de la educación y formación profesional inicial» y 5 «Incentivar la innovación, la creatividad y el espíritu empresarial, así como la utilización de las tecnologías de la información y de las comunicaciones».

En consonancia con los objetivos estructurales mencionados, la Junta de Castilla y León aprobó el Plan General de Formación Profesional 2016-2020 de Castilla y León, incluyendo la presente convocatoria para la selección de proyectos como una de las acciones a desarrollar dentro del Programa Operativo 15 «Programa Aula-Empresa» , dentro de la Línea 4 «Conectados con el empleo. La transición desde el centro de

formación a la empresa» . Así mismo, esta acción obedece al objetivo específico del Programa Operativo 16 « FP Dual. Aprendizaje basado en el trabajo» .

A través de la presente convocatoria se efectúa una selección de proyectos de formación profesional dual, desarrollados por centros docentes públicos, en el marco del programa Aula-Empresa Castilla y León, el cual establece un espacio de encuentro y trabajo conjunto para la formación del alumnado, cuya finalidad es mejorar la calidad de la formación profesional y la empleabilidad a través de una mayor vinculación de los centros docentes con las empresas, entidades empresariales, instituciones y profesionales autónomos del entorno productivo. Así mismo, se pretende incrementar la vinculación y corresponsabilidad del tejido empresarial con la formación profesional, potenciar la innovación, la transferencia de conocimiento y la especialización en materia de formación profesional.

En consecuencia, y en virtud de las atribuciones conferidas por la Ley 3/2001, de 3 de julio, del Gobierno y de la Administración de la Comunidad de Castilla y León,

RESUELVO

Primero.- Objeto y finalidad.

  1. La presente orden tiene por objeto convocar la selección de proyectos de formación profesional dual, a iniciar por centros docentes públicos de la Comunidad de Castilla y León en el curso académico 2016/2017, en el marco del programa Aula-Empresa Castilla y León, cofinanciado por el Fondo Social Europeo.

  2. La finalidad de esta convocatoria es mejorar la calidad de la formación profesional a través del impulso de proyectos de formación profesional dual que fomenten la colaboración entre empresas y centros educativos.

    Segundo.- Solicitantes.

    Podrán participar como solicitantes los centros docentes públicos de la Comunidad de Castilla y León, cuya titularidad corresponda a la Consejería de Educación, que vayan a impartir ciclos formativos de formación profesional básica, de grado medio o de grado superior, en el curso académico 2016/2017.

    Tercero.- Proyectos seleccionables.

  3. Para poder ser seleccionables, los proyectos deberán cumplir los siguientes requisitos:

    1. Cumplir las prescripciones establecidas por el Real Decreto 1529/2012, de 8 de noviembre, por el que se desarrolla el contrato para la formación y el aprendizaje y se establecen las bases de la formación profesional dual.

      En el caso de proyectos correspondientes a ciclos de formación profesional básica, se aplicará lo dispuesto en la disposición adicional séptima del Real Decreto 127/2014, de 28 de febrero, por el que se regulan aspectos específicos de la Formación Profesional Básica de las enseñanzas de formación profesional del sistema educativo, se aprueban catorce títulos profesionales básicos, se fijan sus currículos básicos y se modifica el Real Decreto 1850/2009, de 4 de diciembre,

      sobre expedición de títulos académicos y profesionales correspondientes a las enseñanzas establecidas en la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación.

    2. Iniciar el desarrollo del programa formativo en el curso académico 2016/2017.

    3. La suma del tiempo de estancia de cada alumno o alumna en el centro docente y en la empresa, o conjunto de empresas, no será superior a ocho horas diarias ni a cuarenta horas semanales.

    4. Desarrollar las actividades dentro del territorio de la Comunidad de Castilla y León, salvo que la propia naturaleza de las actividades u otras causas de interés docente aconsejen llevarlas a cabo fuera de aquél. En todo caso, las actuaciones se llevarán a cabo dentro del territorio de la Unión Europea.

    5. No encontrarse formalizados mediante convenio de colaboración en vigor.

  4. Los proyectos de formación profesional dual deberán contemplar los siguientes aspectos:

    1. Análisis de las competencias profesionales correspondientes a las cualificaciones y unidades de competencia incluidas en el título que se van a adquirir en el puesto o puestos de trabajo de la empresa o institución.

      Para el desarrollo del análisis de las competencias profesionales se deberá contemplar el contexto profesional en el que se desarrolla la actividad, los medios de producción, los productos e información utilizada o generada, así como los parámetros de la formación y los espacios e instalaciones disponibles para el desarrollo y de las competencias profesionales en situaciones reales de trabajo.

    2. Concreción del programa formativo atendiendo a las características de los puestos de aprendiz en la empresa.

      El programa formativo deberá incluir los resultados de aprendizaje cuya adquisición debe ser completada en un entorno real de trabajo, y los criterios de evaluación relacionados, los contenidos y las orientaciones metodológicas, así como los contenidos asociados a cada una de las realizaciones y capacidades a desarrollar.

    3. Diseño y/o desarrollo de un programa de formación complementaria para mejorar el ajuste de la formación que el alumno recibe en el centro educativo a las necesidades de cualificación de la empresa.

      Selección de la metodología y elaboración de los instrumentos de evaluación de las competencias profesionales correspondientes a los módulos cursados en el marco del proyecto de formación profesional dual.

      En el diseño de los instrumentos de evaluación se tomarán como referente las guías de evidencia disponibles en la página web http://www.educacion.gob.es/educa/incual/ice_Acreditacion.html para cada una de las Unidades de Competencia de las Cualificaciones Profesionales que incluyen los diferentes títulos.

  5. Podrán formar parte del proyecto de formación profesional dual las empresas que, en el momento de firmar el convenio de colaboración por el que se formaliza dicho proyecto, reúnan los siguientes requisitos:

    1. Estar al corriente de sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social.

    2. Contar con un trabajador capacitado para realizar las tareas de tutor de empresa.

    3. Desarrollar actividades productivas directamente relacionadas con las unidades de competencia correspondientes, al menos, a dos módulos profesionales del título de formación profesional objeto del proyecto.

    4. Contar con recursos materiales y humanos suficientes que aseguren su capacidad para participar en el proceso formativo del alumnado en la empresa.

    5. Comprometerse a aplicar al alumnado la normativa sobre prevención de riesgos laborales que corresponda a la actividad desarrollada por la empresa colaboradora.

    6. En su caso, comprometerse a asegurar el cumplimiento de la normativa vigente sobre el desarrollo de actividades formativas con menores de edad.

    Cuarto.- Cuantía y dotación presupuestaria.

  6. El crédito destinado para la financiación de los proyectos seleccionados será de TRESCIENTOS MIL EUROS (300.000 €) con cargo a la aplicación presupuestaria 07.07.322A02.22900.0 de los Presupuestos Generales de la Comunidad de Castilla y León para el año 2016.

    Si las disponibilidades presupuestarias en el año 2016 lo permitieran, el crédito correspondiente a esta convocatoria podrá ser ampliado mediante la modificación de la presente orden y la realización de los oportunos trámites de fiscalización.

  7. La asignación económica a los centros docentes tendrá una cuantía máxima de hasta 10.000 euros por proyecto. El importe individualizado que recibirá cada centro docente estará determinado proporcionalmente, a la puntuación obtenida por el proyecto presentado y al número de alumnos y alumnas participantes en los...

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