ORDEN EDU/788/2016, de 12 de septiembre, por la que se resuelve la convocatoria pública para nombrar, por el sistema de libre designación, el cargo de Director del Centro Integrado de Formación Profesional 'Camino de la Miranda' de Palencia.

SecciónIII - Autoridades y Personal
Rango de LeyOrden

La Ley Orgánica 5/2002, de 19 de junio, de las Cualificaciones y de la Formación Profesional, en su artículo 11.5 establece que la dirección de los Centros Integrados de Formación Profesional de titularidad de las Administraciones educativas, será nombrada mediante el procedimiento de libre designación por la Administración competente, entre funcionarios públicos docentes conforme a los principios de mérito, capacidad y publicidad, previa consulta a los órganos colegiados del centro.

Por Orden EDU/635/2016, de 6 de julio («B.O.C. y L.» n.º 135/2016, de 14 de julio), se anunció la convocatoria pública para nombrar, por el sistema de libre designación, el cargo de director del Centro Integrado de Formación Profesional «Camino de la Miranda» de Palencia.

Vista la documentación obrante en el expediente, el informe del titular de la Dirección Provincial de Educación de Palencia a la que figura adscrito el centro público cuyo cargo ha sido convocado y previa consulta a los órganos colegiados del centro, en uso de las atribuciones que me confiere el artículo 26 de la Ley 3/2001, de 3 de julio, del Gobierno y de la Administración de la Comunidad de Castilla y León y de lo dispuesto en los artículos 48 y 51 de la Ley 7/2005, de 24 de mayo, de la Función Pública de Castilla y León,

RESUELVO

Primero.- Nombramiento.

Nombrar para el cargo de director del Centro Integrado de Formación Profesional «Camino de la Miranda» de Palencia a don Óscar Luis Durántez del Amo.

Segundo.- Motivación.

Don Óscar Luis Durántez del Amo reúne, entre quienes han optado a la plaza ofertada, los méritos más adecuados para desarrollar de manera eficiente las actividades inherentes al cargo convocado.

Tercero.- Cese y toma de posesión.

El funcionario nombrado deberá cesar en su anterior destino y tomar posesión del cargo en el plazo establecido en el artículo 58 del Decreto 67/1999, de 15 de abril, por el que se aprueba el Reglamento general de ingreso del personal y de provisión de puestos de trabajo de los funcionarios al servicio de la Administración de la Comunidad de Castilla y León.

Contra la presente orden, que...

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